RESOLUCIÓN 1 2016 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

APRUEBA REGLAMENTO INTERNO - COMISIÓN TÉCNICO AMBIENTAL - TRANSFORMACIÓN JARDÍN ZOOLÓGICO EDUARDO LADISLAO HOLMBERG - FUNCIONES - MIEMBROS - FUNCIONAMIENTO - MODIFICACIONES- VOTACIÓN - INCOMPATIBILIDADES  Y CONFLICTO DE INTERESES -  EMBLEMA DE CIUDAD VERDE - NUEVO CENTRO DE CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y EDUCACIÓN AMBIENTAL

Publicación:

12/07/2016

Sanción:

22/04/2016

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros 2.628 y

5.460, los Decretos Nros. 359/15 y 37/16, la Resolución Conjunta N° RESFC-

2/APRA/2014, el Expediente N° 2016-08592167-DGTALMMIYT y,

CONSIDERANDO:

Que corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según lo establece el

artículo 27 de su Constitución, la implementación de políticas de gestión de protección

del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y

cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana;

Que el mismo artículo 27 establece que la Ciudad: "...Instrumenta un proceso de

ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueve:...4. La

preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y parquizadas,

parques naturales y zonas de reserva ecológica, y la preservación de su diversidad

biológica";

Que mediante Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de

Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a través de la mencionada ley se determinó que la Agencia de Protección

Ambiental, tiene entre sus funciones y facultades la de proponer políticas y diseñar

planes, programas y proyectos tendientes a mejorar y preservar la calidad ambiental

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a las directivas que imparta el

Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios, contemplándose al

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología como continuador del entonces

Ministerio de Desarrollo Económico;

Que por Decreto N° 359/15 se designó al Sr. Andrés Freire como Ministro de

Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autóoma de

Buenos Aires;

Que por Decreto N° 37/16 se designó al Dr. Juan Bautista Filgueira Risso, como

Presidente de la Agencia de Protección Ambiental dependiente del Ministerio de

Ambiente y Espacio Público;

Que la Ciudad viene desarrollando políticas ambientales modernas probadas

internacionalmente y en este esquema, el zoológico debe convertirse en el emblema

de esos valores, convirtiéndolo en el Centro de Conservación de Biodiversidad

Argentina, en el que puedan multiplicarse los componentes educativos y las

condiciones para la investigación, en especial de las especies autóctonas;

Que por medio de la Resolución Conjunta N° RESFC 2/APRA/2014, se creó la

Comisión Técnico Ambiental para la transformación del Jardín Zoológico de la Ciudad

de Buenos Aires "Eduardo Ladislao Holmberg", a fin de que sea considerado un

emblema de Ciudad Verde y un Nuevo Centro de Conservación de la Biodiversidad y

Educación Ambiental;

Que habiéndose conformado la referida Comisión, según el Anexo I de la Resolución

antedicha, por el titular del entonces Ministerio de Desarrollo Económico, el Presidente

de la Agencia de Protección Ambiental y tres (3) miembros no estatales corresponde

proceder al dictado de su Reglamento Interno a fin de regular su funcionamiento

institucional;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas, por la Ley N° 5.460 y sus decretos

reglamentarios

EL MINISTRO DE MODERNIZACION, INNOVACION Y TECNOLOGIA Y

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento Interno de la Comisión Técnico Ambiental

creada por el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° RESFC 2/APRA/2014, que

como Anexo I IF- 09898445-DGTALMMIYT/16, forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las direcciones

Generales Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación

y Tecnología, y de la Agencia de Protección Ambiental. Comuníquese a la Comisión

Técnico Ambiental para la transformación del Jardín Zoológico de la Ciudad de

Buenos "Eduardo Ladislao Homberg". Cumplido, archívese. Freire - Filgueira Risso


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 Resolución 1-APRA...-16 aprueba Reglamento Interno de la Comisión Técnico Ambiental creada por artículo 1°  Resolución Conjunta N° RESFC 2-APRA-2014</p>