ORDENANZA 45263 1991
Síntesis:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADHIERE A LA LEY NACIONAL 23.877 DE RÉGIMEN DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA EN LA PRODUCCIÓN - ADHESIÓN - CONSEJO CONSULTIVO - INTEGRACIÓN - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)
Publicación:
25/10/1991
Sanción:
27/09/1991
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
16/10/1991
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Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024
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de la Ciudad de Buenos Aires
Sanciona con Fuerza de
ORDENANZA:
Artículo 1° - La Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional N° 23.877, de Régimen de Innovación Tecnológica en la Producción, de acuerdo a lo establecido en los artículos 18 al 22 de la referida ley.
Art. 2° - A los efectos indicados en los artículos 21 y 22 de la Ley Nacional N° 23.877, será autoridad de aplicación la Dirección Área de Tecnología de la Subsecretaría de Producción.
Art. 3° - Dentro de los noventa días de la promulgación de la presente ordenanza, el Departamento Ejecutivo procederá a su Reglamentación, debiendo preverse en la misma la constitución del Consejo Consultivo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 21 y concordantes, de la Ley Nacional N° 23.877.
Art. 4° - En el Consejo Consultivo a constituirse según lo previsto en el artículo 3°, deberá preverse la inclusión de tres miembros representativos del Honorable Concejo Deliberante.
Art. 5° - Comuníquese, etcétera.