DECRETO 756 1999
Síntesis:
INSTITUYESE A LA SECRETARIA DE INDUSTRIA COMERCIO TURISMO Y TRABAJO COMO AUTORIDAD DE APLICACIÓN - LEY 23.877 DE PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA INNOVACIÓN TECNOLOGICA
Publicación:
14/05/1999
Sanción:
20/04/1999
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ley Nacional N° 23.877 de Promoción y Fomento de la Innovación Tecnológica; la Ordenanza N° 45.263/91 (B.M. N°19.146), el Decreto N° 777/MCBA/93 (B.M. N° 19.573) y el Expediente N° 101.656/98, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 45.263/91 en el artículo 2° instituyó como autoridad de aplicación, a la Dirección Area de Tecnología de la Subsecretaria de Producción, dependiente de la Secretaria de Producción y Servicios;
Que mediante el Decreto N° 4/95 (B.M. N° 19.951) que aprobó la estructura organizativa de la Secretaria de Producción y Servicios se dispuso que la Direccion de Industria actuase como autoridad de aplicación de la Ley N° 23.877;
Que por el Decreto N° 12/96 (BOCBA N° 1), se produjo una reestructuración de los primeros niveles del Organo Ejecutivo del G.C.B.A., y al disponer la creación de la Subsecretaria de Industria, Comercio y Turismo, se incluyó a las Direcciones Generales de Industria, Comercio y Turismo en la estructura orgánica de aquella subsecretaría;
Que por el Decreto N° 1.443/98 (BOCBA N° 503) se aprobó la estructura organizativa y objetivos de la Secretaría de Industria, Comercio, Turismo y Empleo y, entre sus competencias se le atribuyó las que le correspondian a la ex Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo;
Que por el Decreto N° 119/99 (BOCBA N° 621) se sustituyó la designación de la Secretaría de Industria, Comercio, Turismo y Empleo, por la de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo;
Que en virtud de lo antes expuesto se hace necesario adecuar los requerimientos operativos que tal modificación impone;
Que es conveniente asegurar la continuidad y el desarrollo de las actividades de innovación tecnologica como mecanismo apto para la promoción del crecimiento económico y del desarrollo social;
Que se debe contribuir a mejorar la calidad de las actividades de innovación tecnológica a través de la evaluación y seguimiento de éstas, de su contralor, así como del uso de los recursos públicos que a aquellas se destine;
Que a los fines de dar continuidad a la operatoria e implementación de la Ordenanza N° 45.263 y del Decreto N° 777/MCBA/93 y en el marco del Decreto N° 119/99, resulta necesario establecer el Organo al que corresponderá la competencia determinada en la mencionada Ordenanza;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104, inc. 9° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1° Institúyese a la Secretaría de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo como autoridad de aplicación de la Ley N° 23.877 de Promoción y Fomento de la Innovación Tecnológica.
Art. 2° Autorízase al señor Secretario de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo a delegar en el señor Subsecretario de Industria, Comercio y Tecnología las facultades atribuidas en el Art. 1°.
Art. 3° El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretario de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo y de Hacienda y Finanzas.
Art. 4° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo y a la Secretaría de Hacienda y Finanzas.
DE LA RUA
Rafael Y. Kohanoff
Eduardo Alfredo Delle Ville
DECRETO N° 756