RESOLUCIÓN 174 2016 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
ACLARACIÓN - APRUEBA EL INFORME SOBRE LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL TRATAMIENTO DE LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO PARA LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE SUBTE - LÍNEAS DE SUBTERRÁNEO - AUMENTO - PASAJES - INCREMENTO - TARIFAS - SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES - AÑO 2016 - ABONOS - PASES - PRECIO - VALORES - COSTO DEL VIAJE - PASAJEROS FRECUENTES - TARIFA SOCIAL
Publicación:
14/07/2016
Sanción:
07/07/2016
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO:
El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, las Leyes N° 6 y sus modificatorias, N° 210
y N° 4472, el Decreto N° 300/2016 el Acta de Directorio N° 632 del 6 de julio de 2016,
el Expediente N° 2077/EURSPCABA/2016, y
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó el Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería
jurídica, autarquía independencia funcional y legitimación procesal;
Que, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios
públicos, cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o
descentralizada o por terceros para la defensa y protección del los derechos de los
usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la
observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2° inc. a) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra el transporte público de pasajeros;
Que, a partir del 1° de enero de 2013 entró en vigencia la Ley N° 4472 por la cual la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires asumió el servicio de subte cuyas competencias
fueran transferidas por el Estado Nacional;
Que, mediante el Decreto N° 300/2016 el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires dispuso el llamado a Audiencia Pública para el "Tratamiento de la
modificación del cuadro tarifario para la explotación del servicio de subte";
Que, la Audiencia Pública fue celebrada los días 15 de junio de 2016 en el Teatro Gral.
San Martín, sito en Avda Corrientes 1530 de esta Ciudad;
Que, la Audiencia Pública se llevó a cado en el marco de lo previsto por la Ley N° 6 y
sus modificatorias, y en la misma sus expositores expresaron su postura respecto de
la modificación de la tarifa del servicio;
Que, en su reunión ordinaria del 6 de julio de 2016 el Directorio aprobó el informe
referido a la Audiencia Pública;
Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
Artículo 1°.- Apruébese el informe sobre al Audiencia Pública celebrada el día 15 de
junio de 2016 para el "Tratamiento de la modificación del cuadro tarifario para la
explotación del servicio de subte" que como Anexo forma parte de la presente.
Artículo 2°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Gerencias de Usuarios, de Proyectos y de Control y a la Asesoría
Legal. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack - Lauría
ANEXOS