DECRETO 300 2016

Síntesis:

CONVOCATORIA -  CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL TRATAMIENTO DE LA TARIFA TÉCNICA Y DE LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO PARA LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO SUBTE -   COSTO - VIAJES - CANTIDAD - FRECUENCIA - MENSUAL -   SUBTERRÁNEOS - ABONO - PASE - PREMETRO - ESTUDIANTIL - JUBILADOS - PENSIONADOS  - MAESTRO - ESCOLAR PRIMARIO - DISCAPACITADOS - 15 DE JUNIO DE 2016 -  SEDE DEL CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTÍN SALA C -  SITO EN LA CALLE SARMIENTO  1551 - INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES - DIFUSIÓN 

Publicación:

11/05/2016

Sanción:

10/05/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 6, 210 (textos consolidados según Ley N° 5.454), el Decreto N°

243/16, y el Expediente Electrónico N° 9.370.965-MGEYA-DGTALMDUYT/16, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 243/16 se convocó a Audiencia Pública para el día 6 de mayo

de 2016, a las 12.00 horas, en la sede del Centro Cultural General San Martín "Sala

D", sito en la calle Sarmiento N° 1551 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para

el tratamiento de la modificación del cuadro tarifario para la explotación del Servicio

Subte propuesta en el Anexo I del mismo;

Que en el proceso caratulado "Vera, Gustavo Javier c/ GCBA y otros s/ Amparo", en

trámite por ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 4, con

fecha 3 de mayo de 2016, se resolvió hacer lugar al recurso de reposición formulado

por la actora suspendiendo así la Audiencia Pública convocada para el día 6 de mayo

de 2016, conforme Decreto N° 243/16;

Que, asimismo, el Juzgado interviniente ordenó fijar una nueva fecha para la

celebración de la Audiencia Pública, a fin de dar tratamiento previo a la tarifa técnica y,

con posterioridad, a la tarifa al usuario del Servicio Público de SUBTE;

Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario fijar una nueva fecha para la

celebración de la Audiencia Pública referida;

Que ha tomado intervención el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitando la convocatoria a Audiencia Pública,

para el tratamiento de la modificación tarifaria referida;

Que en el artículo 13° de la Ley N° 210 se establece que la convocatoria y el

procedimiento de la Audiencia se llevarán a cabo según el trámite dispuesto por la Ley

N° 6 salvo en lo referido a la presidencia de la misma que quedará a cargo del

Presidente del Ente o de quien legalmente lo reemplace;

Que el artículo 8° de la Ley N° 6 establece que el Poder Ejecutivo convoca a

Audiencia Pública mediante el dictado de un Decreto;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires tomó la intervención que le

compete en los términos de la Ley N° 1.218.

Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como las atribuidas por el

Artículo 8° de la Ley N° 6,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Convócase a Audiencia Pública para el día 15 de junio de 2016, a las

12.00 horas, en la sede del Centro Cultural General San Martín "Sala C", sito en la

calle Sarmiento N° 1551 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el tratamiento

de la tarifa técnica y de la modificación del cuadro tarifario para la explotación del

Servicio Subte, propuesta en el Anexo I (identificado como IF 2016-12485714-

DGTALMDUYT) que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- La presente convocatoria se dirige a toda persona física o jurídica que

pueda invocar un derecho subjetivo, interés legítimo, simple, difuso o de incidencia

colectiva, relacionado con la temática objeto de la audiencia y al público en general.

Podrán asistir en carácter de participantes quienes posean domicilio en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y se inscriban previamente en el registro habilitado al

efecto.

Artículo 3°.- Establécese que el organismo de implementación encargado de organizar

la Audiencia Pública es la Dirección General de Servicios Desconcentrados,

dependiente de la Secretaría de Descentralización, de la Jefatura de Gabinete de

Ministros, sita en Avenida de Mayo N° 591, Piso 1°, de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, la que debe disponer la apertura del Registro de Participantes.

Artículo 4°.- La inscripción de participantes y vista del expediente comienza el día 17

de mayo y finaliza el día 9 de junio de 2016. Los interesados podrán registrarse en la

Dirección General de Servicios Desconcentrados, dependiente de la Secretaría de

Descentralización, de la Jefatura de Gabinete de Ministros sita en el domicilio

mencionado en el artículo 3°, de lunes a viernes en el horario de 11.00 a 16.00 hs., o a

través de internet a la dirección de correo electrónico

audienciaspublicas@buenosaires.gob.ar, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 47 de la Ley N° 6.

Artículo 5°.- La difusión de la Audiencia Pública será realizada de conformidad a lo

establecido en el artículo 44° de la Ley N° 6.

Artículo 6°.- Desígnase como Presidente de la Audiencia Pública al Presidente del

Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, o quien legalmente lo reemplace.

Artículo 7°.- La Coordinación de la Audiencia Pública estará a cargo de funcionarios de

la Secretaría de Descentralización, debiendo concurrir a la misma representantes de

SBASE, quienes aportarán la información técnica que fuere requerida.

Artículo 8°.- Los gastos que insuma la realización de la Audiencia Pública que tramita

por el presente, serán afrontados con fondos provenientes de la partida presupuestaria

correspondiente.

Artículo 9°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo

Urbano y Transporte, de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 10.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a

la Secretaría de Descentralización de la Jefatura de Gabinete de Ministros, quien

comunicará al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, quien procederá a

notificar a SBASE. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Mura -

Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4880

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Resolución 2852-SBASE-16 aprueba el nuevo cuadro tarifario para la explotación del Servicio Subte, que se tratara en Audiencia Pública llamada por Decreto 300-16.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 174-ERSP-16 aprueba el informe sobre al Audiencia Pública celebrada el día 15 de junio de 2016, convocada por Decreto 300-16.</p>