DECRETO 391 2016
Síntesis:
AUTORIZACIÓN A LA DIRECCIÓN GENERAL ESCRIBANÍA GENERAL - DECLARATORIA DE DOMINIO DE EXCEDENTE DE MENSURA - FACULTAD REGIONAL BUENOS AIRES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL - UTN - PREDIO CAMPUS UNIVERSITARIO - PARQUE ALMIRANTE BROWN - CALLES MOZART SARAZA AV SANTIAGO DE COMPOSTELA AV ASTURIAS AV CASTAÑARES Y LA PROLONGACIÓN VIRTUAL DE LA CALLE WHITE - LEY 1027 - TRANSFERENCIA A TÍTULO GRATUITO - ESCRITURACIÓN - PLANO 8-C-2012 - CAMPUS UNIVERSITARIO
Publicación:
15/07/2016
Sanción:
13/07/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 1.027, el Expediente Electrónico N° 1.550.191/DGTAD/13, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, la Facultad Regional Buenos Aires de la
Universidad Tecnológica Nacional, requiere la escrituración del predio sito en el
Parque Almirante Brown de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado
"Campus Universitario", entre las calles Mozart, Saraza, Av. Santiago de Compostela,
Av. Asturias, Av. Castañares y la prolongación virtual de la calle White en su deslinde
con el Distrito de Zonificación R2a1, que fuera transferido a título gratuito a su favor
con cargo a uso educativo mediante la Ley N° 1.027;
Que, a fin de obtener la correspondiente escritura traslativa de dominio, la citada
Facultad presentó una nueva mensura, que fue registrada por la Dirección General
Registro de Obras y Catastro del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, como
plano de catastro 8/C/2012 cuyos datos son Circunscripción 1, Sección 64, Manzana
99P, Parcelas 4 y 2b, con una superficie de 79.825.45 m2;
Que la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica informó
que la parcela 4 y una parte de la parcela 2b corresponden al dominio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por sentencias de expropiaciones que oportunamente
ordenaran la transferencia de dominio a favor de la entonces Municipalidad de la
Ciudad de Buenos Aires (conforme Decreto Ley N° 11.400) por encontrarse ambas
parcelas afectadas al Parque Almirante Brown;
Que asimismo resulta que la actual parcela 2b se encuentra compuesta por una
superficie cubierta por título inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble como
parte de una mayor fracción en la matrícula carpeta 1-79937; y otra superficie
excedente de 11.225,25 metros cuadrados no cubierta por título identificada conforme
plano 8/C/2012 como polígono 25-9-11-6-10-12-13-14-15-16-17-18-19-20-21-22-23-
24-25;
Que a fin de lograr la inscripción de la parcela 2b en su totalidad a nombre de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Dirección General Escribanía General
manifestó la necesidad de protocolizar el plano 8/C/2012, otorgando título formal al
excedente de mensura referido, en forma previa a la transferencia de la parcela 4, de
conformidad a lo establecido en el artículo 1893 del Código Civil y Comercial de la
Nación, con sustento legal en el artículo 236 inc. a del mismo cuerpo legal;
Que, en tal inteligencia, resulta necesario autorizar a la Dirección General Escribanía
General de la Secretaría Legal y Técnica, a regularizar la situación dominial del
mencionado excedente de mensura de la parcela 2b, inscribiéndolo a nombre de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad a la normativa precedentemente
citada;
Que la Dirección General Registro de Obras y Catastro del Ministerio de Desarrollo
Urbano y Transporte ha intervenido en orden a su competencia específica;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado debida
intervención conforme la Ley N° 1.218.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría
Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a instrumentar
la declaratoria de dominio a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto
del excedente de mensura identificado conforme plano 8/C/2012, como polígono 25-9-
11-6-10-12-13-14-15-16-17-18-19-20-21-22-23-24-25 que consta de una superficie de
11.225,25 metros cuadrados y forma parte de la Circunscripción 1, Sección 64,
Manzana 99P, Parcela 2b, mediante escritura pública y/o documento administrativo e
inscribirlo en el Registro de la Propiedad Inmueble.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización,
Innovación y Tecnología, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro del Ministerio de
Desarrollo Urbano y Transporte, a la Dirección General Administración de Bienes del
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, y para su conocimiento y
demás efectos remítase a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría
Legal y Técnica. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Miguel