DECRETO 395 2016

Síntesis:

DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE - CONSEJO MUNICIPAL DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO - EDUARDO ENRIQUE RICCIUTI - ACUMAR - INTEGRANTES

Publicación:

18/07/2016

Sanción:

14/07/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley Nacional N° 26.168, las Leyes N° 2.217, N° 5.460 y su modificatoria, el Decreto

N° 363/15 y sus modificatorios, la Resolución ACUMAR N° 24/2016, el Expediente N°

15.927.957/MGEYA-CUMAR/2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la designación del representante del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Consejo Municipal de la

Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo;

Que mediante la Ley Nacional N° 26.168, se creó la Autoridad de Cuenca Matanza

Riachuelo (ACUMAR) dependiente del Ministerio de Ambiente y Desarrollo

Sustentable del Poder Ejecutivo Nacional;

Que mediante la Ley 2.217 la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a los

términos de la Ley Nacional N° 26.168;

Que el artículo 3° la Ley Nacional N° 26.168, contempla la creación en el ámbito de la

Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) un Consejo Municipal integrado

por un representante de cada Municipio de las jurisdicciones comprendidas, cuyo

objeto será el de cooperar, asistir y asesorar al ente;

Que en sentido concordante, el artículo 21° del Anexo I de la Resolución ACUMAR N°

24/16, establece que: "El Consejo Municipal de la ACUMAR depende del Consejo

Directivo, estará integrado por un (1) representante de cada uno de los municipios

citados en el artículo 1° de la ley N° 26.168";

Que asimismo, en su 23°, dispone que: "El Consejo Municipal ejercerá funciones

consultivas, de cooperación, asistencia y asesoramiento de los restantes órganos de la

ACUMAR en cuestiones inherentes a la cuenca hidrográfica en su conjunto o en una

subregión de la misma, para lo cual podrán convocarse reuniones extraordinarias

plenarias o regionales sin que sus decisiones tengan carácter vinculante para la

ACUMAR";

Que mediante Ley N° 5.460, y su modificatoria N° 5.503, se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la cual contempla entre los

Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Gobierno;

Que en su artículo 26°, el inciso 1), establece que resulta de competencia del

Ministerio de Gobierno, "Coordinar y proponer las relaciones del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el Estado Nacional, los Estados Provinciales y

los Municipios";

Que en sentido concordante, el artículo 26° inciso 4) establece que corresponde al

Ministerio de Gobierno "Coordinar con los distintos Ministerios, Secretarías y Entes

específicos competentes, las políticas de los organismos interjurisdiccionales en los

que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sea parte";

Que, por su parte, por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la

estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que de acuerdo a la normativa precitada, se encuentran dentro de la estructura del

Ministerio de Gobierno los Organismos Fuera de Nivel Unidad de Proyectos

Especiales (UPE) Cuenca Matanza-Riachuelo (CUMAR) y Unidad de Proyectos

Especiales (UPE) Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA);

Que la UPECUMAR tiene entre sus responsabilidades primarias la de articular y

coordinar las iniciativas, proyectos, actividades y/o acciones que tengan incidencia

directa o indirecta en la Cuenca Matanza Riachuelo que cada área del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires realice en el marco de sus competencias;

Que asimismo, tiene la responsabilidad de fomentar y fortalecer el vínculo con el

Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y los municipios de esa provincia que

integran la Cuenca Matanza Riachuelo, en coordinación con la UPEAMBA;

Que la UPEAMBA es la responsable de la articulación y coordinación

interjurisdiccional en temas del "Área Metropolitana de Buenos Aires" (AMBA) y de

mantener relaciones con los intendentes de esos municipios y funcionarios del Poder

Ejecutivo Provincial con competencia en temas referidos al AMBA;

Que el Ministerio de Gobierno, a través de la UPECUMAR, ha propuesto la

designación como representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires ante el Consejo Municipal de la ACUMAR, al Arq. Eduardo Enrique Ricciuti, DNI

N° 14.140.771, CUIL N° 20-14140771-7, quien reviste actualmente el cargo de Titular

de Unidad de Proyectos Especiales Área Metropolitana de Buenos Aires del Ministerio

de Gobierno;

Que en consecuencia procede dictar la norma legal pertinente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Desígnase al Arq. Eduardo Enrique Ricciuti, DNI N° 14.140.771, CUIL N°

20-14140771-7, como representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires ante el Consejo Municipal de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por

el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Unidad de Proyectos Especiales Área Metropolitana de Buenos

Aires y a la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza Riachuelo, notifíquese a

la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo y, para su conocimiento y demás efectos,

remítase al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Screnci Silva - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 395-16 designa representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo Municipal de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo, creado por Art. 3 de la Ley 26168.</p>