DECRETO 395 2016
Síntesis:
DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE - CONSEJO MUNICIPAL DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO - EDUARDO ENRIQUE RICCIUTI - ACUMAR - INTEGRANTES
Publicación:
18/07/2016
Sanción:
14/07/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley Nacional N° 26.168, las Leyes N° 2.217, N° 5.460 y su modificatoria, el Decreto
N° 363/15 y sus modificatorios, la Resolución ACUMAR N° 24/2016, el Expediente N°
15.927.957/MGEYA-CUMAR/2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la designación del representante del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Consejo Municipal de la
Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo;
Que mediante la Ley Nacional N° 26.168, se creó la Autoridad de Cuenca Matanza
Riachuelo (ACUMAR) dependiente del Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sustentable del Poder Ejecutivo Nacional;
Que mediante la Ley 2.217 la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a los
términos de la Ley Nacional N° 26.168;
Que el artículo 3° la Ley Nacional N° 26.168, contempla la creación en el ámbito de la
Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) un Consejo Municipal integrado
por un representante de cada Municipio de las jurisdicciones comprendidas, cuyo
objeto será el de cooperar, asistir y asesorar al ente;
Que en sentido concordante, el artículo 21° del Anexo I de la Resolución ACUMAR N°
24/16, establece que: "El Consejo Municipal de la ACUMAR depende del Consejo
Directivo, estará integrado por un (1) representante de cada uno de los municipios
citados en el artículo 1° de la ley N° 26.168";
Que asimismo, en su 23°, dispone que: "El Consejo Municipal ejercerá funciones
consultivas, de cooperación, asistencia y asesoramiento de los restantes órganos de la
ACUMAR en cuestiones inherentes a la cuenca hidrográfica en su conjunto o en una
subregión de la misma, para lo cual podrán convocarse reuniones extraordinarias
plenarias o regionales sin que sus decisiones tengan carácter vinculante para la
ACUMAR";
Que mediante Ley N° 5.460, y su modificatoria N° 5.503, se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la cual contempla entre los
Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Gobierno;
Que en su artículo 26°, el inciso 1), establece que resulta de competencia del
Ministerio de Gobierno, "Coordinar y proponer las relaciones del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el Estado Nacional, los Estados Provinciales y
los Municipios";
Que en sentido concordante, el artículo 26° inciso 4) establece que corresponde al
Ministerio de Gobierno "Coordinar con los distintos Ministerios, Secretarías y Entes
específicos competentes, las políticas de los organismos interjurisdiccionales en los
que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sea parte";
Que, por su parte, por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que de acuerdo a la normativa precitada, se encuentran dentro de la estructura del
Ministerio de Gobierno los Organismos Fuera de Nivel Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) Cuenca Matanza-Riachuelo (CUMAR) y Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA);
Que la UPECUMAR tiene entre sus responsabilidades primarias la de articular y
coordinar las iniciativas, proyectos, actividades y/o acciones que tengan incidencia
directa o indirecta en la Cuenca Matanza Riachuelo que cada área del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires realice en el marco de sus competencias;
Que asimismo, tiene la responsabilidad de fomentar y fortalecer el vínculo con el
Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y los municipios de esa provincia que
integran la Cuenca Matanza Riachuelo, en coordinación con la UPEAMBA;
Que la UPEAMBA es la responsable de la articulación y coordinación
interjurisdiccional en temas del "Área Metropolitana de Buenos Aires" (AMBA) y de
mantener relaciones con los intendentes de esos municipios y funcionarios del Poder
Ejecutivo Provincial con competencia en temas referidos al AMBA;
Que el Ministerio de Gobierno, a través de la UPECUMAR, ha propuesto la
designación como representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires ante el Consejo Municipal de la ACUMAR, al Arq. Eduardo Enrique Ricciuti, DNI
N° 14.140.771, CUIL N° 20-14140771-7, quien reviste actualmente el cargo de Titular
de Unidad de Proyectos Especiales Área Metropolitana de Buenos Aires del Ministerio
de Gobierno;
Que en consecuencia procede dictar la norma legal pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnase al Arq. Eduardo Enrique Ricciuti, DNI N° 14.140.771, CUIL N°
20-14140771-7, como representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires ante el Consejo Municipal de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Unidad de Proyectos Especiales Área Metropolitana de Buenos
Aires y a la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza Riachuelo, notifíquese a
la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo y, para su conocimiento y demás efectos,
remítase al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Screnci Silva - Miguel