DISPOSICIÓN 111 2016 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO DISPOSICIÓN N° 31-DGC-03 - APRUEBA NORMAS DE CONTABILIDAD PARA EL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - APLICACIÓN - FEDERACIÓN ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONÓMICAS - RECOMENDACIONES TÉCNICAS - SECTOR PÚBLICO - SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA -SIGAF
Publicación:
19/07/2016
Sanción:
23/06/2016
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA
VISTO
La Disposición N° 31-DGC-2003 y,
CONSIDERANDO:
Que por la referida norma se aprobó el marco conceptual de las Normas Contables
para todo el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que se torna necesario establecer criterios homogéneos que permitan armonizar los
principios y requisitos de la información y las normas específicas de la administración
gubernamental con el marco general de la teoría contable.
Que en concordancia con ello la Federación Argentina de Consejos Profesionales de
Ciencias Económicas ha emitido las Recomendaciones Técnicas para el Sector
Público
Que permanentemente se realizan adecuaciones y desarrollos del Sistema Integrado
de Gestión y Administración Financiera (Sigaf), en pos de una constante mejora en la
gestión administrativo-financiera y la incorporación de todas las actividades
relacionadas con el accionar del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que en tal sentido y a efectos de actualizar y proceder a la conceptualización y
adecuación de aspectos aplicables en el Sector Público; adoptando criterios de
evaluación y exposición a fin de mejorar las condiciones de la información, se procede
a dejar sin efecto la norma mencionada dictando la presente que la reemplaza y
completa;.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias
Artículo 1°- Déjase sin efecto la Disposición N°31-DGC-2003.
Artículo 2°- Apruébanse "Las Normas de Contabilidad para el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires" que se incorporan como Anexo IF-16039296-
2016-DGCG e integran en un todo la presente Disposición.
Artículo 3°- La normativa que se aprueba será de aplicación para todo el Sector
Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°- Comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, remítase a
todas las Secretarías, Subsecretarías, Organismos
Descentralizados, Direcciones Generales Técnico Legal de cada Secretaría y
Unidades de Organización. Cumplido, archívese en el Departamento Técnico,
Normativo de la Gerencia Operativa Legal y de Control de la Dirección General de
Contaduría. Gabelli
ANEXOS