DISPOSICIÓN 31 2003 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA
Síntesis:
APRUEBA EL MARCO CONCEPTUAL DE LAS NORMAS CONTABLES PARA TODO EL ÁMBITO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA - ESTADOS CONTABLES - CONTABILIDAD.
Publicación:
05/03/2003
Sanción:
09/01/2003
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA
Visto lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley N° 70 de Gestión Administración Financiera y Control del Sector Público:
CONSIDERANDO:
Que en base al artículo 113 de la mencionada Ley, la Contaduría General es el Órgano rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental, y
Que a la fecha no existe un marco conceptual sistemáticamente definido para la elaboración de las Normas Contables de aplicación en todo el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la permanente labor por alcanzar la máxima eficiencia es una tarea que esta Dirección se ha fijado como meta;
Que de acuerdo a la Disposición N° 136/DGC/02 se ha formado una Comisión de Estudio de las Normas Internacionales de Contabilidad para todo el Sector Público, dentro del ámbito de la Dirección General de Contaduría;
Que a los efectos de adecuar los procedimientos a las normas impartidas, que los mismos se constituyan en herramientas agilizadoras del logro de las acciones propuestas y en uso de las facultades otorgadas por el artículo 114 de la mencionada Ley,
Por ello,
Artículo 1° - Apruébase el marco conceptual de las Normas Contables para todo el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que integra la presente.
Artículo 2° - Establecer que las definiciones contenidas en dicho marco constituirán la base de las disposiciones sobre Normas Contables que se dicten a partir de la fecha.
Artículo 3° - Las mismas serán de aplicación progresiva para la Administración Central y los Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad.
Artículo 4° - Las empresas del Sector Público, en donde la Ciudad constituya voluntad mayoritaria, se regirán:
a) Para la ejecución presupuestaria por las presentes Normas.
b) Para la contabilidad de explotación por las Normas Contables Profesionales aplicables a los entes privados.
Artículo 5° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a todas las Secretarías, Subsecretarías, Organismos Descentralizados, Direcciones Generales Técnico Legal de cada Secretaría y Unidades de Organización. Cumplido, archívese en la Dirección Técnica Legal y de Control de la Dirección General de Contaduría. Harbin