DECRETO 114 2003
Síntesis:
REGLAMENTA LA LEY 881 - APRUEBA LOS TEXTOS DEL CONTRATO DE COMODATO Y DEL PERMISO PRECARIO DE USO DEL INMUEBLE SITO EN LA AV. VIEYTES 1743 A SUSCRIBIRSE CON LA COOPERATIVA DE TRABAJO VIEYTES LIMITADA (AUTOS GHELCO S.A. S/ QUIEBRA) - BIENES DE UTILIDAD PÚBLICA - OCUPACIÓN TEMPORARIA DE BIENES
Publicación:
21/02/2003
Sanción:
17/02/2003
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ley N° 881 y el Decreto N° 1.266/GCBA/2002; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 881 declara de utilidad pública y sujeto a ocupación temporaria por el plazo de 2 años, al inmueble ubicado en la Av. Vieytes 1743 de esta ciudad, en los términos del Art. 30 de la Ley N° 238;
Que, asimismo se declaran de utilidad pública y sujetos a expropiación los bienes intangibles, incluidas marcas y patentes y los bienes muebles existentes en el citado inmueble, hasta el monto de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) en moneda constante, conforme el índice de precios al consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (I.N.D.E.C.);
Que, el predio y sus bienes muebles serán destinados al funcionamiento de la Cooperativa de Trabajo Vieytes Ltda., constituida por los trabajadores;
Que, ha sido decretada la quiebra de la empresa Ghelco S.A. por el juez competente;
Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 881, esto es, ceder en comodato a la Cooperativa de Trabajadores Vieytes Ltda. tanto los bienes intangibles, incluidos marcas y patentes, como los bienes muebles existentes en el predio citado; corresponde arbitrar las medidas conducentes a efectos de proceder previamente a la expropiación de los mismos conforme al procedimiento establecido por la Ley N° 238;
Que corresponde otorgar un permiso de uso precario a la Cooperativa Vieytes Limitada respecto del inmueble referido en el artículo 1° de la Ley N° 881;
Que, conforme lo manifestado precedentemente y a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 8° de la Ley N° 881 es necesario reglamentar la citada Ley a fin de iniciar el proceso expropiatorio correspondiente;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, y en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Apruébase la reglamentación de la Ley N° 881 en los términos establecidos en el presente Decreto.
Artículo 2° - Instrúyase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires para que, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el Decreto N° 698/GCBA/96, se presente, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 4, Secretaría N° 7 en la causa Ghelco S.A. s/ Quiebra, a fin de poner en su conocimiento los términos de la Ley N° 881 e intentar el avenimiento con el propietario/a del inmueble y de los bienes muebles mencionados en los artículos 1° y 3° de la citada Ley; o en su defecto, con quien legalmente correspondiere.
Para el caso de que no se llegara al avenimiento previsto en los artículos 11 y 32 de la Ley N° 238, la Procuración General debe iniciar el proceso judicial de expropiación ante los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los términos del Título V de la Ley N° 238, a fin de proceder a la ocupación temporaria del inmueble sito en la Avenida Vieytes 1743 de esta Ciudad y a la expropiación de los bienes muebles detallados en el Anexo I de la Ley N° 881.
Autorízase a la Procuración General a solicitar la ocupación y la posesión inmediata, según el caso, de los bienes contenidos en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 881, en los términos de los artículos 14, inciso c) y 32 de la Ley N° 238.
Artículo 3° - Instrúyase al Banco de la Ciudad de Buenos Aires para que, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley N° 238, proceda a tasar los bienes sujetos a ocupación temporaria y a expropiación, en los términos de los artículos 9° y 31 de la referida Ley, en el plazo perentorio de diez (10) días corridos desde el dictado del presente Decreto. Dicha tasación debe ser remitida a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Secretaría de Desarrollo Económico a fin de que se proceda a su notificación, en los términos del artículo 11 de la Ley N° 238.
Artículo 4° - Establécese que la Secretaría de Desarrollo Económico es la autoridad de aplicación de la presente reglamentación, encontrándose autorizada a ocupar el bien inmueble citado en el artículo 2° del presente y a tomar posesión de los bienes muebles expropiados.
Artículo 5° - Apruébase el texto del Contrato de Comodato a ser suscripto con la Cooperativa de Trabajo Vieytes Limitada en los términos del artículo 6° de la Ley N° 881, respecto de los bienes muebles expropiados, el que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 6° - Apruébase el texto del Permiso Precario de Uso a ser suscripto con la Cooperativa de Trabajo Vieytes Limitada, respecto del bien inmueble sujeto a ocupación temporaria según el artículo 1° de la Ley N° 881, el que como Anexo II forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 7° - Delégase en la Secretaría de Desarrollo Económico la firma del contrato de comodato y del permiso precario de uso cuyos textos se aprueban en los artículos 5° y 6° del presente Decreto.
Artículo 8° - Los gastos que demande el cumplimiento de la Ley N° 881 deben ser imputados a la partida 650000010006595190 0099 del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el año 2003.
Artículo 9° - El presente Decreto es refrendado por los Secretarios de Desarrollo Económico y de Hacienda y Finanzas y por el Señor Jefe de Gabinete.
Artículo 10 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretaría de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. IBARRA - Hecker - Pesce - Fernández
ANEXOS
ANEXO
ANEXO I
CONTRATO DE COMODATO
En la Ciudad de Buenos Aires, a los ...... días del mes de ................ de ....., por una parte, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de ahora el COMODANTE, representado en este acto por el Sr. Secretario de Desarrollo Económico, Lic. Eduardo Hecker, con Documento Nacional de Identidad N° 12.601.207, ficha censal N° 390.385 y domicilio en la calle Sarmiento 630 piso 16 de la Ciudad de Buenos Aires, con facultades suficientes para este acto, en virtud de lo dispuesto por el Decreto .................... (B.O.C.B.A. N° ................... ), y por la otra, el Señor ...................... con Documento Nacional de Identidad N° ................ , con domicilio en la calle ..................... en representación de la Cooperativa de Trabajo Vieytes Limitada, cuya personería acredita con .........., en adelante el COMODATARIO, convienen en celebrar el presente contrato de COMODATO que habrá de regirse por las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El COMODANTE entrega al COMODATARIO y éste acepta a título de COMODATO, los bienes muebles que se detallan en el Anexo adjunto al presente en el estado que se encuentran.
SEGUNDA: Los bienes muebles objeto del presente contrato de comodato, son de propiedad exclusiva del COMODANTE, con todos los derechos y atribuciones que, normativamente consagrados, le corresponden por su calidad de propietario. En todos los supuestos de convocatoria o contienda judicial de cualquier naturaleza, el COMODATARIO no podrá hacer figurar los muebles recibidos en virtud del presente contrato, como integrando el activo de su patrimonio social o particular.
TERCERA: El plazo de duración del presente contrato de comodato será de DOS (2) AÑOS contados a partir de la fecha de inicio de la ocupación temporaria del inmueble sito en la Avenida Vieytes 1743 de esta Ciudad, por lo que su vencimiento operará de pleno derecho el día ....... de ......................... de ..............., sin necesidad de intimación, notificación ni interpelación previas; debiendo el COMODATARIO restituir los bienes cedidos a satisfacción del COMODANTE. Se pacta la mora automática. El plazo de vigencia del presente contrato podrá ser prorrogado únicamente por decisión expresa del COMODANTE.
CUARTA: Sin perjuicio de lo estipulado en la cláusula anterior, si por cualquier circunstancia el COMODANTE tuviere necesidad urgente de hacer uso de los referidos bienes muebles o si, a su juicio, existiere peligro de deterioro grave o destrucción del mismo; o si el COMODATARIO autorizare a un tercero a que se sirva del bien sin consentimiento previo y por escrito del COMODANTE, éste podrá exigir la devolución inmediata de los bienes y la reparación de los daños y perjuicios causados, si correspondiere.
QUINTA: El COMODATARIO, debe utilizar los bienes muebles cedidos en comodato por el presente únicamente para la continuación de la explotación de la planta fabril en la que desarrollaba sus actividades la fallida empresa Ghelco S.A. según lo dispone el artículo 6° de la Ley N° 881. La violación de ésta cláusula por parte del COMODATARIO, habilita al COMODANTE a exigir la restitución inmediata de los bienes muebles objetos del presente contrato, y la reparación de los daños y perjuicios causados.
SEXTA: El COMODATARIO está obligado a poner toda diligencia en la conservación de los bienes muebles cedidos en comodato, siendo responsable de todo deterioro que éste sufra por su culpa o la de terceros, o por caso fortuito o fuerza mayor.
SÉPTIMA: El COMODATARIO debe permitir, en cada oportunidad en la que le sea requerido por el personal autorizado del COMODANTE, el libre acceso al inmueble sito en la Avenida Vieytes 1743 de esta Ciudad, a los efectos de realizar las inspecciones necesarias, a fin de comprobar el estado de los bienes muebles cedidos en comodato y el cumplimiento de lo establecido en la cláusula quinta del presente contrato.
OCTAVA: El COMODATARIO se obliga a evitar todo acto o hecho susceptible de afectar la situación jurídica del COMODANTE respecto a su calidad de titular del dominio de los bienes comodatados, o de generar cualquier responsabilidad a su persona, así como en relación a todo siniestro que sufran los bienes comodatados y/o los trabajadores que pertenecen al COMODATARIO y/o terceros, como consecuencia del uso o tenencia de los mismos. En caso de que ocurriera cualquiera de los hechos o actos descriptos en el párrafo anterior, el COMODATARIO debe avisar al COMODANTE dentro de las cuarenta y ocho horas de acontecidos los mismos. A todos estos efectos, se considerará único responsable al COMODATARIO. Asimismo el COMODATARIO se obliga a contratar los seguros necesarios a fin de cubrir cualquier evento dañoso que pudiera ocasionársele a los bienes comodatados y/o a los trabajadores integrantes del COMODATARIO y/o a terceros, por el uso o tenencia de los bienes comodatados. En todos los casos en los cuales el COMODATARIO no cumpla con las obligaciones prescriptas en ésta cláusula, el COMODANTE tendrá derecho a resolver el presente contrato de comodato por responsabilidad del COMODATARIO, con más los daños y perjuicios que tal incumplimiento provocare.
NOVENA: En el supuesto caso de que el COMODATARIO no restituya los bienes muebles en la fecha precitada en la Cláusula Tercera, el comodante queda autorizado para hacer homologar el presente acuerdo judicialmente y pedir ante el mismo juzgado la restitución de los bienes muebles cedidos en comodato, por medio del procedimiento de ejecución de sentencia, el que las partes en este acto acuerdan.
DÉCIMA: Las partes en el presente aceptan, de común acuerdo, la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con expresa renuncia a cualquier otro fuero y jurisdicción, constituyendo domicilio en los lugares indicados en el encabezamiento; y renunciando el comodatario a recusar sin causa al magistrado interviniente. Se deja constancia que las notificaciones judiciales al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben realizarse en la calle Uruguay 440, piso 2°, oficina 27.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio indicados.
ANEXO
MÁQUINAS Y ACCESORIOS FÁBRICA
SECTOR CHOCOLATE
- Amasadora de chocolate marca HERMANN SOHN tipo KK 2500, N° 63.430, de 2.500 kg/hora de capacidad; con balanza de 200 kg, premezclador y cinta de descarga con banda metálica de 300 mm de ancho por 10.000 mm de largo. Tablero de comando con display. Motor principal de 30 kw. Potencia eléctrica total 58 cv. Desarmada.
- Molino refinador de chocolate de 5 cilindros marca HERMANN SOHN, tipo SFG 1000, N° 66751; capacidad 800 kg/hora; ancho útil 1.000 mm; diam. de cilindros 400 mm; accionado por motor de 50 kw. En condiciones normales.
- Molino refinador de chocolate de 5 cilindros marca NAGEMA, N° 13355342, capacidad 900 kg/hora; ancho útil 1.400 mm; diam. de cilindros 400 mm; accionado por motor de 75 kw.
- Mezcladora centrifugadora, semiconca, de 1.000 kg de capacidad, con recipiente tipo cilíndrico vertical de chapa de acero con camisa calefaccionadora; diam. 1.300 mm y altura 1.500 mm. accionada por motor Genalex N° 149.794 de 20 cv.
- Mezcladora centrifugadora, semiconca, de 1.000 kg de capacidad, con recipiente tipo cilíndrico vertical de chapa de acero con camisa calefaccionadora; diam. 1.300 mm y altura 1.500 mm. accionada por motor Electromac N° 121.612 de 20 cv.
- Mezcladora centrifugadora, semiconca, de 1.000 kg de capacidad, con recipiente tipo cilíndrico vertical de chapa de acero con camisa calefaccionadora; diam. 1.300 mm y altura 1.500 mm. accionada por motor Cattozo de 20 cv.
- Mezcladora centrifugadora, semiconca, de 1.000 kg de capacidad, con recipiente tipo cilíndrico vertical de chapa de acero con camisa calefaccionadora; diam. 1.300 mm y altura 1.500 mm. accionada por motor Cattozo de 20 cv.
- Bomba portátil para trasvase de chocolate marca SOLLICH, modelo SSDH N° 0730, accionada por motor de 3,2 kw.
- Conca seca para chocolate marca NAGEMA, N° 36.184, de 3.000 kg de capacidad, dos velocidades, accionada por motor principal de 75 kw, motor del centrifugador de 15 kw y calefactor; tablero de comando automático y registrador de temperatura.
- Bomba para trasvase de chocolate marca NAGEMA, modelo SP 6, N° 13.355.351, con camisa calefaccionadora, accionada por motor de 4 kw.
- Conca de vacío para chocolate marca TRUSIOMA-NAGEMA, N° 13.355.344 de 3.000 kg de capacidad, dos velocidades, accionada por motor de 55 kw; tablero de comando; con equipo de vacío accionado por motor de 8 kw.
- Bomba para trasvase de chocolate marca BAUERMEISTER, modelo MP 33, N° 103.620, con camisa calefaccionadora, accionada por motor de 1,8 kw.
- Refinadora a martillos para pastas grasas marca LLOVERAS-INTER, tipo cilíndrico horizontal, N° 5.087, de 500 kg de capacidad; diam. 1.200 mm, ancho 800 mm, con camisa calefaccio-nadora. Accionada por motor de 20 cv. Con bomba de trasvase accionada por motor de 1,5 cv. Tablero de comando. En funcionamiento.
- Refinadora a martillos para pastas grasas marca LLOVERAS-INTER, tipo cilíndrico horizontal, de 500 kg de capacidad; diam. 1.200 mm., ancho 800 mm, con camisa calefaccionadora. Accionada por motor de 20 cv. Con bomba de trasvase accionada por motor de 1,5 cv. Tablero de comando. N° 71-313.808-A. Desarmada.
- Tanque termo marca LLOVERAS-ÍNTER, tipo AR 1.000 N° 5.090, tipo cilíndrico-vertical, diam. 1.200 mm. altura 1.400 mm, capac. 1.000 kg, c/camisa calefaccionadora y agitador acc. p/ motor de 1,5 cv.
- Mezcladora de paletas de 200 kg de capacidad, batea semi-cilíndrica con camisa calefaccionadora de 600 mm de ancho y 1.000 mm de largo, accionada por motor de 3 cv.
- Tanque termo tipo cilíndrico-vertical, diam. 1.500 mm, altura 1.800 mm, capacidad 3.000 kg, con camisa calefaccionadora y agitador accionado por motor de 7,5 cv. Desarmado.
- Tanque termo tipo cilíndrico-vertical, diam. 1.500 mm. altura 1.800 mm, capacidad 3.000 kg, con camisa calefaccionadora y agitador accionado por motor de 7,5 cv. Desarmado.
- Tanque termo tipo cilíndrico-vertical, diam. 1.500 mm, altura 1.800 mm, capacidad 3.000 kg, con camisa calefaccionadora y agitador accionado por motor de 5,5 cv.
- Tanque termo tipo cilíndrico-vertical, diam. 1.800 mm, altura 1.700 mm, capacidad 3.000 kg con camisa calefaccionadora y agitador accionado por motor de 3 cv. Sin resistencia de calefacción.
- Tanque termo tipo cilíndrico-vertical, diam. 1.800 mm, altura 1.700 mm, capacidad 3.000 kg con camisa calefaccionadora y agitador accionado por motor de 3 cv.
- Templadora para chocolate marca LST NAGEMA, modelo TS 14/2, N° 060/65, de 1.400 kg/hora de capacidad, con controles automáticos de temperatura y de producto, equipada con calefactor NAGEMA, modelo TRD, N° 040-65,con dos bombas KSE 25 y bomba de trasvase NAGEMA SP 3 N° 350-65, accionada por motor de 2,2 kw. Sin sistema calefacción.
- Templadora para chocolate marca LST NAGEMA, modelo TS 14/2, N° 090/65, de 1.400 kg/hora de capacidad, con controles automáticos de temperatura y de producto; equipada con calefactor NAGEMA modelo TRD, N° 050-65 con dos bombas KSE 25 y bomba de trasvase NAGEMA SP 3, N° 140-65, accionada por motor de 2,2 kw.
- Templadora para chocolate marca LST NAGEMA, modelo LTS 6/22 N° 13.359.000 de 650 kg/hora de capacidad, con controles automáticos de temperatura y de producto; equipada con calefactor NAGEMA, con dos bombas KSE 25 y bomba de trasvase NAGEMA SP 1 N° 13.355.351 accionada por motor de 1,1 kw. Fuera de servicio.
- Envasadora marca MAINAR, modelo MAT DPC, N° 1.166, de 1.500 kg/hora de capacidad; velocidad 35 golpes/minuto; con cabezal clipeador doble y cuchilla cortadora, accionada por motor de 0,75 cv; equipada con cinta transportadora de salida con banda de tela y goma de 320 mm de ancho y 1.500 mm de largo.
- Tanque derretidor de grasa construido en chapa de hierro, de 1.400 mm x 1.000 mm x 750 mm, con serpentina calefacciona-dora de vapor.
- Tanque derretidor de grasa construido en chapa de hierro, de 1.400 mm x 1.000 mm x 750 mm, con serpentina calefacciona-dora de vapor.
- Tanque derretidor de grasa construido en chapa de hierro, de 1.400 mm x 1.000 mm x 750 mm, con serpentina calefacciona-dora de vapor.
- Amasadora de chocolate marca BUHLER N° 250.629, de 800 kg de capacidad por batch; de eje horizontal; accionada por motor de 18,5 kw, con balanza de 1.000 kg de capacidad y cinta transportadora de descarga con banda metálica de 400 mm de ancho por 12.000 mm de largo, motor de 1,5 kw. Desarmada.
- Tanque termo tipo cilíndrico-vertical, marca SOLLICH, diam. 1.500 mm, altura 1.800 mm, capacidad 3.000 kg, con camisa calefacciona-dora y agitador. Potencia de accionamiento total 14,5 kw.
- Tanque termo tipo cilíndrico-vertical, marca SOLLiCH, diam. 1.500 mm, altura 1.800 mm, capacidad 3.000 kg, con camisa calefacciona-dora y agitador. Potencia de accionamiento total 14,5 kw.
- 2 Bombas para trasvase de chocolate marca NAGEMA, modelo SP 3, con camisa calefaccionadora, accionada por motor de 4 kw.
- Bomba para trasvase de chocolate marca NAGEMA, modelo SP 2, con camisa calefaccionadora, accionada por motor de 4 kw.
- Envasadora marca MAINAR, modelo Maina Clip, N° 1.167, de 1.500 kg/hora de capacidad; velocidad 35 golpes/minuto; con cabezal clipeador doble y cuchilla cortadora; accionada por motor de 0,75 cv.
- Máquina envasadora automática marca TECMAR, modelo 4C-250; tobogán direccionador; sistema de alineación y sistema de troquelado; con instalación.
- Línea automática de envasado, enfriado y etiquetado en Pouch y Choub, con reordenamiento de envasadoras Mainar, Tec Mar, túnel, envolvedora y etiquetadora; nuevo sistema de transporte con sincronismo automático.
- Cargador para chocolatería ELDAN.
lEnvolvedora automática para empaque en túnel de termocontraíble, marca IMPE, con cinta transportadora de tablillas de PVC de 250 mm de ancho por 1.400 mm de largo, accionada por motor de 0,5 cv; con sistema empujador neumático; sistema desenrollador de film de polietileno superior e inferior, con accionamiento por 2 motores de 0,25 kw.
- Túnel de calentamiento para empaque sistema termocontraíble marca IMPE, con cinta transportadora de alambre tejido, de 500 mm de ancho por 1.950 mm de largo, accionada por motor de 0,5 cv. Sistema de calefacción por resistencias eléctricas. Rampa de rodillos a salida de túnel de 500 mm de ancho y 1.000 mm de largo, con enfriador.
- Impresora ZEBRA modelo 105 S.
- Encintadora-cerradora de cajas marca SALGOS, modelo CF, N° B 4.748; con mesa de rodillos de 630 mm de ancho por 900 mm de largo y 2 cintas traccionadoras accionadas por motor de 0,25 cv; 2 transportadoras de rodillos, para entrada y salida, de 400 mm x 1.000 mm.
- Etiquetadora marca ETIMAQ, modelo M 160 BD, N° C 1.122, con cabezal fechador neumático.
- Dos dispensadoras de etiquetas.
- Etiquetadora dispensadora E2 PLY 33.
- Etiquetadora marca MR-ETIKETIERTCHNIK modelo MR 323, tipo TL 1.319 BS 4.222 BO, serie 10.345/93, con doble cinta transportadora de 180 mm de ancho total y 1.300 mm de largo; sistema de detección electrónica para aplicación de etiqueta; potencia de accionamiento total 700 VA.
- Cerradora semiautomática de latas de 5 kg marca EMi, accionamiento neumático, motor Corradi N° 927.367, de 4 cv.
SECTOR MOLIENDA
- Molino para cacao marca NAGEMA, modelo 642, N° 99.434; capacidad 600 kg/hora; con sistema de enfriamiento con glicol y aire; tornillo elevador de salida con conducto encamisado de diam. 500 mm, altura 3.000 mm; dos ciclones separadores de diam. 600 mm y altura 1.250 mm, con sistema vibrador; tornillo de descarga de polvos de diam. 250 mm y largo 1.800 mm, conducto vertical enfriador de aire de retorno de diam. 500 mm y altura 3.000 mm; tablero y centro de control de motores; motor de accionamiento 30 kw.
- Molino para cacao marca NAGEMA, modelo 641 A, N° 94.456; capacidad 550 kg/hora; con sistema de enfriamiento con glicol y aire; tornillo elevador de salida con conducto encamisado de diam. 500 mm, altura 3.000 mm; dos ciclones separadores de diam. 600 mm y altura 1.250 mm, con sistema vibrador; tornillo de descarga de polvos de diam. 250 mm y largo 1.800 mm; conducto vertical enfriador de aire de retorno de diam. 500 mm y altura 3.000 mm; tablero y centro de control de motores; motor de accionamiento 30 kw.
- Equipo de enfriamiento por glicol, para molinos de cacao, compuesto por equipo compresor enfriador a 15 grados centígrados; 70 m. de caño de distribución de diam. 1, encamisado en poliuretano expandido; torre condensadora evaporativa; válvulas de control y demás accesorios.
- Molino a martillos móviles, accionado por motor Siemens de 20 cv; con turbina de extracción de polvo, ciclón de diam. 900 mm, altura 1.100 mm y filtro de 4 mangas.
- Molino a martillos móviles, accionado por motor Siemens de 25 cv; con turbina de extracción de polvo, ciclón de diam. 900 mm, altura 1.100 mm y filtro de 4 mangas.
- Molino a martillos accionado por motor de 7,5 cv.
- Molino a martillos accionado por motor de 10 cv.
SECTOR CROCANTE Y FILETEADO
- Tostadora marca HERMANN SOHN, tipo 250, N° 66.035, capacidad 100 kg por batch; esfera tostadora de diam. 900 mm; tolva de carga tronco-piramidal de 750 mm x 950 mm x 600 mm; conducto alimentación de aire, diam. 150 mm, largo 3.500 mm; boca de carga tipo tronco-cónica de diam. 1.200 mm, altura 800 mm; horno generador de gases calientes tipo cilíndrico-vertical de diam.
- 700 mm, altura 1.100 mm, con quemadores a gas natural; ciclón de enfriamiento de diam. 800 mm, altura 1.800 mm, ciclón de gases de escape de diam. 600 mm, altura 1.300 mm; conductos de aire caliente y gases de escape. Recipiente enfriador bajo esfera de diam. 1.400 mm, altura 300 mm, con base de malla metálica. Tablero de comando. Accionada por dos motores de 3 cv cada uno.
- Cámara secadora para frutos secos fileteados de 1.150 mm x 1.200 mm x 2.100 mm; con turbina accionada por motor de 7,5 kw; sistema calefaccionador de 3 placas radiantes alimentadas a vapor; tablero de comando. Equipado c/3 carritos tolva de acero inoxidable diam. 900 mm y altura 500 mm.
- Paila de cobre marca ALIMAQ, con cabezal volcable, para elaboración de almendrado; diam. 820 mm, altura 800 mm; capacidad 75 kg por batch; calentamiento por mechero de gas natural; campana de extracción con ventilador accionado por motor de 2 cv.
- Trozadora de tabletas crocantes accionada por motor de 3,5 cv.
- Molino triturador a rodillos dentados de diam. 150 mm y ancho 250 mm, accionado por motor de 5 cv.
- Molino refinador con dos rodillos de diam. 140 mm y largo 540 mm, accionado por motor de 2,2 kw.
- Mezcladora de paletas con cuba semicilíndrica de acero inoxidable, de diam. 640 mm y largo 1.200 mm; con sistema de adición de esencias por inyección de aire; accionada por motor Corradi N° 879.165 de 5,5 cv.
- Granulada marca ALIMAQ, N° 2 Serie 34, accionada por motor de 3 cv.
- Zaranda vibradora-clasificadora de grano, marca ALIMAQ, modelo ZA, N° 4 Serie 29, con dos tamices de acero inoxidable de 450 mm x 1.000 mm, accionada por motor de 2 cv y sistema vibrador.
- Máquina fileteadora marca HERMANN SOHN, N° 66.759, capacidad 150 kg/h, con tolva y tamiz vibratorio de alimentación; cuerpo fileteador de diam. 520 mm y altura 250 mm; accionada por motor de 1,5 kw.
- Máquina fileteadora marca BAUERMEISTER, tipo MHO 22, N° 103.770, capacidad 150 kg/hora, con tolva y tamiz vibratorio de alimentación; cuerpo fíleteador de diam. 520 mm y altura 250 mm; accionada por motor de 1,5 kw.
- Soldadora de bolsas de polietileno tipo vertical, ancho de cierre 510 mm, para bolsas de hasta 700 mm de altura.
SECTOR POLVOS
- Mezcladora de polvos tipo doble zeta, capacidad 200 kg por batch, batea semicilíndrica de acero inoxidable de 650 mm x 1.200 mm, accionada por motor Electromac N° 127.291 de 2 cv.
- Mezcladora de polvos de 500 kg de capacidad por batch, batea semicilíndrica de 900 mm x 1.900 mm; accionada por motor de 7,5 cv y caja reductora; con tolva de descarga troncopiramidal de 1.900 mm x 900 mm x 1.200 mm con tornillo de descarga de 2.500 mm de largo y 200 mm de diam., accionado por motor de 2 cv y caja reductora; con compuerta automática de descarga y dosifícador de esencias; todo el conjunto montado sobre plataforma metálica elevada de 3.630 mm x 3.640 mm.
- Mezcladora de polvos marca NAUTAMIX, tipo tronco-cónica vertical, de acero inoxidable, diam. 1.500 mm y altura 2.400 mm, accionada por motor de 3 cv, N° 221.861, con camisa calefaccionadora y dos bocas de descarga.
- Sistema automático de envasado de polvos en latas y baldes, c/envasadora TECMAR TF-P, autocargador de polvos, balanza de control y corte, mesa vibratoria; c/instalación y puesta en marcha.
- Cerradora semiautomática de latas de 5 kg marca SUBRY velocidad 35 unidades por minuto, con equipo enfriador de mordazas de cerrado de bolsas. Automatizada con PLC.
SECTOR ENVASADO
- Cerradora y selladura de bolsas al vacío marca BELARRA, tipo C 600 GAS, N° 13.06.031.29.92, con equipo de vacío Belvac N° 12100242992, de 250 m3/hora.
- Envasadora volumétrica de líquidos marca DAUMAQ, modelo HD1000, N° 223, capacidad 3.300 litros/hora, con doble cabezal de acero inoxidable.
- Cerradora de bolsas manual marca HERMEPLAS, con pinza de 300 mm.
PEPYPAN
- Mezcladora amasadora de paletas c/batea semicilíndrica de 680 x 1.100 mm, camisa calefaccionadora y descarga inferior; capacidad 400 kg; accionada por motor Corradi N° 185.436, de 3 cv.
- Mezcladora amasadora de paletas marca METALÚRGICA MASSOLIN, tipo TMC, N° 85, serie 519, con batea de acero inoxidable semicilíndrica de 650 mm x 1.100 mm, camisa calefaccionadora; capacidad 400 kg; accionada por motor de 3 cv.
- Mezcladora amasadora de paletas marca METALÚRGICA MASSOLIN, tipo TMC, N° 85, serie 520, con batea de acero inoxidable semicilíndrica de 650 mm x 1.100 mm, camisa calefaccionadora; capacidad 400 kg; accionada por motor de 3 cv.
- Paila cocinada de acero inoxidable con camisa calefaccionadora por vapor, diam. 1.250 mm, altura 1.000 mm; volcable, montada sobre columnas metálicas; con agitador de eje vertical; accionada por motor de 2 cv.
- Prensa vertical con cajón de acero inoxidable de 490 mm x 500 mm x 600 mm, montada sobre columnas metálicas; equipo hidráulico con pistón y bomba, accionado por motor de 3 cv.
- Peladora de maní, de cuatro cuerpos, cada uno con tolva de alimentación automática; capacidad 480 kg/hora; accionada por cuatro motores de 1 cv.
SECTOR CONSERVA
- Mezcladora amasadora de paletas marca METALÚRGICA MASSOLIN, tipo TMC, N° 85-850, serie 518, con batea de acero inoxidable semicilíndrica de 1.100 mm x 1.100 mm, camisa calefaccionadora; capacidad 1.000 kg; accionada por motor de 3 cv.
- Equipo concentrador por vacío, para cocción de conservas, marca METALÚRGICA MASSOLIN, tipo BSE, N° 85-110, serie 82, tipo M, de 650 kg de capacidad; construido en acero inoxidable, con camisa calefaccionadora inferior y agitador, diam. 1.000 mm, altura 1.800 mm; tolva de descarga caIefaccionada tipo tronco-cónica de diam. 1.200 mm, altura 1.100 mm; equipo de vacío y tablero de comando. Todo el conjunto montado sobre plataforma metálica elevada de 2.400 mm x 2.600 mm.
- Automatización de descarga de conservas, con 3 válvulas mariposa de 2.5, tres actuadores neumáticos Mecair doble efecto con bobina de 12 volts y accesorios.
- Paila mezcladora de acero inoxidable con camisa calefaccionadora por vapor, marca LUIS BORELLI, N° 197, capacidad 300 kg; diam. 1.260 mm, altura 600 mm; con descarga inferior. Sistema de agitador con contrarrotación, agregado año 1994, accionado por motor de 2 cv.
- Paila mezcladora de acero inoxidable con camisa calefaccionadora por vapor, capacidad 300 kg; diam. 1.260 mm, altura 600 mm; con descarga inferior. Sistema de agitador con contrarrotación, agregado año 1994, accionado por motor de 2 cv.
- Llenadora volumétrica automática p/latas 1 kg, tipo calesita de 6 picos, accionada por motor de 2 cv.
- Cerradora automática de tapas para latas de 1/2 y 1 kg, marca ORENGIA con cinta transportadora de latas, de 120 mm de ancho y 1.800 mm de largo; accionada por motor de 2 cv.
- Máquina formadora de guindas artificiales, capacidad 270 kg/hora, con cabezal formador y bomba a tornillo de acero inoxidable; accionada por dos motores de 2 cv cada uno.
- Máquina formadora de guindas artificiales, capacidad 270 kg/hora, con cabezal formador y bomba a tornillo de acero inoxidable; accionada por dos motores de 2 cv cada uno.
- Máquina formadora de guindas artificiales, capacidad 270 kg/hora, con cabezal formador y bomba a tornillo de acero inoxidable; accionada por dos motores de 2 cv cada uno.
- Máquina formadora de guindas artificiales, capacidad 270 kg/hora, con cabezal formador y bomba a tornillo de acero inoxidable; accionada por dos motores de 2 cv cada uno.
- Cerradora semiautomática de latas de 5 kg marca CANCO CONTINENTAL, accionada por motor Marelli, N° 125.486, de 2 cv.
- Máquina cubeteadora de fruta modelo GS 260, N° 26.153, accionada por motor de 0,5 cv.
- Cerradora de tapas axial marca CENA, modelo AX, serie D, N° 030, accionada por motor de 0,25 cv.
- Batería de seis tanques en chapa de hierro de diam. 1.000 mm y altura 1.200 mm, para esterilización por agua caliente; con serpentina calefaccionadora por vapor y enfriamiento por agua; cada uno con canasto contenedor; monorriel para movimiento de canastos de 8.000 mm de largo con aparejo autopropulsado marca CAMPOS de 1.000 kg. de capacidad; tres bases soportes para canastos.
- Carro con recipiente giratorio de acero inoxidable para recolección de guindas artificiales; batea de diam. 640 mm y altura 350 mm, con seis canastos tipo gajo de fondo perforado, accionamiento con motor de 0,5 cv y reductor.
- Carro con recipiente giratorio de acero inoxidable para recolección de guindas artificiales; batea de diam. 840 mm y altura 350 mm, con seis canastos tipo gajo de fondo perforado; accionamiento con motor de 0,5 cv y reductor.
- Carro con recipiente giratorio de acero inoxidable para recolección de guindas artificiales; batea de diam. 840 mm y altura 350 mm, con seis canastos tipo gajo de fondo perforado, accionamiento con motor de 0,5 cv y reductor.
- Carro con recipiente giratorio de acero inoxidable para recolección de guindas artificiales; batea de diam. 840 mm y altura 350 mm, con seis canastos tipo gajo de fondo perforado; accionamiento con motor de 0,5 cv y reductor.
- Batea de maduración de guindas artificiales construida en acero inoxidable de 2.500 mm x 580 mm x 300 mm, montada sobre patas soporte, con seis compartimentos.
- Batea de maduración de guindas artificiales construida en acero inoxidable de 2.500 mm x 580 mm x 300 mm, montada sobre patas soporte, con seis compartimentos.
- Batea de maduración de guindas artificiales construida en acero inoxidable de 1.300 mm x 580 mm x 300 mm, montada sobre patas soporte, con tres compartimentos.
- Batea de maduración de guindas artificiales construida en acero inoxidable de 1.300 mm x 580 mm x 300 mm, montada sobre patas soporte, con tres compartimentos.
- Tanque de acero inoxidable para depósito de glucosa de diam. 1.000 mm, altura 2.000 mm, sobre patas soporte.
- Tanque de acero inoxidable para depósito de glucosa de diam. 1.000 mm, altura 2.000 mm, sobre patas soporte.
- Tanque transportable de acero inoxidable tipo tronco-cónico vertical, diam. 450 mm, altura 600 mm.
- Tanque transportable de acero inoxidable tipo tronco-cónico vertical, diam. 450 mm, altura 600 mm.
- Tanque transportable de acero inoxidable tipo tronco-cónico vertical, diam. 450 mm, altura 600 mm.
- Carro para transporte de conservas, construido en acero inoxidable de 1.160 mm x 720 mm x 650 mm, con camisa y resistencias calefactoras.
- Autoelevador electro-neumático de 500 kg de capacidad; altura de elevación 3.000 mm; plataforma de 600 mm x 600 mm.
SECTOR RALLADO
- Trozadora de barras de chocolate con cabezal accionado por motor de 3 cv.
- Trozadora de barras de chocolate con cabezal accionado por motor de 3 cv.
- Molino triturador para chocolate con 2 rodillos de diam. 150 x ancho 350 mm, acc. por motor de 3 cv.
- Zaranda vibradora-clasificadora con dos tamices de acero inoxidable de 900 mm x 900 mm, accionada por motor de 0,5 cv y sistema vibrador.
MÁQUINAS TALLER
- Caldera SALCOR, 8 kg / p. de trab., tipo SK modelo CH 2.
- Agujereada de banco cono-polea con mandril de 13 mm, accionada por motor de 0,75 cv.
- 1 Equipo de frío fuera de servicio s/motor compresor.
- Agujereada de banco cono-polea marca CH, mandril de 22 mm, accionada por motor de 0,75 cv.
- Grupo electrónico SCANIA alternador Hilanchir, 251 kw, tipo 6 FCE 37/400, N° 13.416.
- Soldadora eléctrica marca MIR MAX, de 230 amp.
- Piedra de amolar sobre pedestal con motor de 1 cv.
- Soldadora de punto marca SOLDELEC, N° 185, de 25 kw.
- Soldadora SAB de 300 amp.
- Serrucho mecánico con sierra de 300 mm de largo.
- Prensa pórtico hidráulica manual, de 7.000 kg; ancho pórtico 500 mm. Desarmada.
- Bomba hidro-lavadora marca HUBERMANSA, tipo 40 A 2KL, con sistema arenador, cepillo de limpieza y cabezal destapacañerías.
- Compresor de aire marca Fryam, monocilíndrico, 1 etapa, con motor de 1 cv, y tanque pulmón de diam. 400 mm y long. 1.000 mm.
MÁQUINAS PATIO
- Autoelevador eléctrico marca HYSTER, modelo N4TF, N° MA-2815 S, de 4.000 lbs de capacidad, con cargador de baterías.
- Autoelevador eléctrico marca YALE, modelo Warehouser, N° S-189.188, de 5.000 lbs de capacidad.
- Autoelevador marca YALE con motor de 6 cilindros naftero, N° AH-110.011, de 4.000 lbs de capacidad.
- Enfardadora-compactadora marca CAPIAL, modelo ERI 320.
CITHELCO
- Fabricadora de helado marca MEPHSA, modelo Majestic, con equipo enfriador accionado por motor de 1 cv.
- Bañadora de chocolate para alfajores marca METALÚRGICA FEL-MAR, modelo Minibañadora A 400, N° 001, con tonel de enfriamiento de 5.000 mm de largo, 450 mm de ancho y 250 mm de altura, y equipo refrigerante.
RODADOS
- Pick up FIAT 147, dominio RNN 676, con cúpulas.
ÚTILES DE FABRICA
- Báscula de pie de 500 kg de capacidad, con cabezal electrónico marca MORETTI, N° 8.768.
- Abrochadora de cajas neumática marca MICHELFER.
- 13 mesas de trabajo, tapa acero inoxidable, patas metálicas.
- Cinta transportadora marca Michelotti, modelo C4T, N° 2.739, banda de tela y goma, ancho 300 mm, largo 4.000 mm.
- Veintiún carros transporte chocolate acero inoxidable, c/descarga inferior, de 1.000 x 600 x 600 mm.
- Treinta y un carros metálicos portabandejas, de 1.300 mm x 900 mm x 1.900 mm de alto.
- Cinta transportadora marca Michelotti, banda de tela y goma, ancho 500 mm, largo 10.000 mm; polipasto de 500 kg.
- Cinta transportadora marca Michelotti, modelo CE, N° 2.094, banda de tela y goma, ancho 300 mm, largo 6.500 mm.
- Cinta transportadora marca Michelotti, modelo C80, N° 5.041, banda de tela y goma, ancho 300 mm, largo 8.000 mm.
- Cinta transportadora marca Michelotti, banda de tela y goma, ancho 300 mm, largo 9.000 mm.
- Mesa de rodillos metálicos, largo 3.000 mm, ancho 650 mm.
- Seis zorras hidráulicas con horquilla.
- Cuatro carros 4 ruedas, basculantes, 1200 mm x 700 mm.
- Escalera extensible de dos hojas.
- Zorra hidráulica marca STARC LAV mod. ZH20.
- Zorra hidráulica marca STARC LAV mod. ZH20.
- Zorra hidráulica marca STARC LAV mod. ZH20.
- 95 Pallets de madera dura.
- 2 Matafuegos CO2 de 3,5 kg.
- Tres matafuegos ABC-5, con chapa.
INSTRUMENTAL LABORATORIO
- Centrífuga para cuatro tubos de 50 ml marca ROUTINE, modelo RMM 44, N° 921.026.
- Equipo extractor de grasas, con manto calefactor marca COPREVA de seis bocas.
- PoIarímetro marca ATAGO, modelo Polax-D, serie 91-5308.
- Agitador magnético marca FAC, modelo AMC 20.
- Fotocolorímetro digital marca CRUDO CAAMAY0, mod. Crudo Jr. NAN II, N°271, rango 67 a 58 mu.
- Zaranda vibradora con tamiz de diam. 200 mm, con motor Motormech de 0,25 cv. Renovada a nuevo en 1998.
- Pehachímetro digital marca LUFTMAN, modelo Digimeter IV, N° 119,115. Baño termostático NAN II, modelo Crudo Tem, con bomba de recirculación.
- Viscosímetro marca BROOKFIELD, modelo HAT, N° 85.729, con sus correspondientes spindles; 8 velocidades; 7 rotores con 56 rangos de 0 a 16.000.000 cps, con adaptador de muestras y camisa de termoestatización modelo SSA.
- Balanza infrarroja, para determinación de humedad en sólidos, marca AUGUST GRONERT, modelo Ultra X, rango 0-50.
- Estufa de laboratorio marca FAETA, rango 0-240 °C; medidas externas 650 mm x 370 mm x 500 mm. Renovada a nuevo en 1998.
- Horno secador marca Química Quirúrgica, modelo UX 030.
- Estufa para cultivo marca COPREVA, de acero inoxidable, con regulador electrónico de temperatura; rango 20-70 °C; medidas exteriores 800 mm x 500 mm x 700 mm.
- Estufa para cultivo marca COPREVA, de acero inoxidable, con regulador electrónico de temperatura, rango 20-70 °C; medidas exteriores 800 mm x 500 mm x 700 mm.
- Baño termostático para 60 tubos, 2 gradillas, marca Copreva de acero inoxidable, temp. mx 100 °C.
- Mesa para flujo de aire laminar marca CASIBA, modelo HL, tipo 2/30, N° 1.096.
- Estufa de secado marca COPREVA, de acero inoxidable, con termorregulador bimetálico; rango 0-180 °C, medidas exteriores 700 mm x 500 mm x 600 mm.
- Autoclave marca VZ, de diam. 500 mm, altura 1,000 mm, de 0 a 3 atm.
- Estufa para cultivo marca COPREVA, de acero inoxidable, con regulador bimetálico de temperatura y termómetro incorporado; medidas 600 mm x 400 mm x 400 mm.
- Equipo BLC para digestión y destilación, con regulador electrónico, resistencias y piedras de porcelana; 4 balones de 500 cc, 4 trampas y 4 Erlenmeyer.
- Ridgelimeter Set para medir dureza de Geles.
- Digestor de proteínas marca BLC.
- Balanza infrarrojo Sartorius, det. humedad * 30 gr.
- Tablero de distribución general IESA tipo D N° 243, 380 v, 3.100 amp.
MUEBLES Y ÚTILES
OFICINAS ADMINISTRATIVAS
26 Escritorios de madera 2 cajones.
21 Sillas madera.
5 Sillas metal y cuerina.
2 Mesa madera.
1 Armario madera 2.800 x 350 x 800 mm.
4 Armarios madera 1.400 x 400 x 1.900 mm.
2 Armarios madera 900 x 350 x 1.400 mm.
1 Armario madera 1.600 x 400 x 1.500 mm.
1 Armario metálico 1.200 x 350 x 2.000 mm.
4 Armarios metálicos dos puertas, 2.000 x 500 x 2.200 mm.
4 Armarios metálicos dos puertas, 1 500 x 500 x 1.800 mm.
4 Ficheros metálico cuatro cajones.
14 Ficheros madera cuatro cajones.
1 Fichero madera 3 cajones.
Caja fuerte de 600 x 600 x 1.600 mm.
Caja fuerte de 600 x 800 x 1.500 mm.
Caja fuerte de 650 x 700 x 1.700 mm,
Caja fuerte de 1.200 x 700 x 1.800 mm, marca UNKA.
RECEPCIÓN
8 Butacas tapizado cuerina.
1 Mesa ratona tapa mármol.
2 Sillones de un cuerpo.
1 Sillón de dos cuerpos.
CITHELCO
1 Mesa tapa madera.
1 Mesa tapa mármol.
1 Armario metálico dos puertas, 2.000 x 500 x 2.200 mm.
1 Armario metálico dos puertas, 1.500 x 500 x 1.800 mm.
27 Sillas pupitre.
1 Escritorio madera y fórmica.
1 Mesa PC.
1 Armario madera 1.200 x 500 x 900 mm.
1 Armario madera 1.400 x 400 x 1.900 mm.
1 Armario madera 900 x 350 x 1.400 mm.
1 Armario madera 1.500 x 500 x 900 mm.
1 Armario metálico 1.200 x 350 x 2.000 mm.
1 Conservadora de helados 10 bocas marca FRARE, de 1.800 mm x 550 mm x 900 mm.
1 Conservadora de helados 6 bocas marca FRARE, de 900 mm x 550 mm x 900 mm.
1 Conservadora de helados (freezer), de 600 x 600 x 900 mm.
1 Freezer exhibidor marca IBERNA, de 500 x 700 x 1.500 mm.
FÁBRICA
1 Tablero de dibujo basculante.
1 Heladera 2 puertas SACCOL.
2 Guardarropas metálicos 6 puertas.
1 Impresora de etiquetas marca ZEBRA.
1 Butaca alta 5 ruedas.
1 Archivo metálico reforzado, 3 cajones.
4 Estanterías 920 x 2.400 x 450 mm, de 6 hileras reforzadas.
Laboratorios
1 Escritorio de madera 3 cajones.
1 Escritorio metal tapa fórmica.
1 Fichero metálico cuatro cajones.
1 Heladera con freezer TIVOLI.
1 Freezer marca FRARE.
Muebles mesada tapa inoxidable, revestimientos fórmica, ancho 600 mm, alto 900, largos totates 22.000 mm.
Muebles mesada tapa y revestimiento fórmica, ancho 600 x alto 900 x largos totales 35.000 mm.
Varios
10 Monitores.
10 Unidades de control de Procesamiento (CPU).
4 Impresoras Enron.
9 Teléfonos.
2 Fax.
ANEXO II
PERMISO DE USO PRECARIO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los .............. días del mes de ............... del año .........., entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante denominado EL GOBIERNO, representado en este acto por el Señor Secretario de Desarrollo Económico, Lic. Eduardo Hecker, de conformidad con la delegación otorgada mediante Decreto N° ........ -GCBA- ............ con domicilio en la calle Sarmiento 630 piso 16, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte; y por la otra, la Cooperativa de Trabajo Vieytes Limitada, representado en este acto por su Presidente, ............. , con Documento Nacional de Identidad N° .................. , con domicilio en la Avenida Vieytes 1743, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante denominado como EL PERMISIONARIO, se celebra el presente Permiso de Uso Precario, el que estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Por el presente EL GOBIERNO, otorga, a EL PERMISIONARIO, un permiso de uso precario sobre el inmueble sito en la Av. Vieytes 1743 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Art. 104, Inc. 24 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
SEGUNDA: Las partes acuerdan que el inmueble objeto del presente, debe ser destinado únicamente para la continuación de la actividad productiva de la fallida empresa Ghelco S.A. según lo dispone el artículo 6° de la Ley N° 881.
TERCERA: El Permiso de Uso Precario que se otorga por el presente es de carácter precario, personal, intransferible y gratuito.
CUARTA: El Permiso de Uso Precario se otorga por el término de dos (2) años contados a partir de la fecha de inicio de la ocupación temporaria del inmueble citado en la cláusula primera del presente por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sin perjuicio de ello, EL GOBIERNO podrá decretar su caducidad en el momento que lo estime necesario, por razones de interés público, oportunidad, mérito o conveniencia.
QUINTA: Cuando EL GOBIERNO disponga la rescisión unilateral, debe comunicárselo a EL PERMISIONARIO con una anticipación no menor a diez (10) días hábiles, otorgando desde el momento en que esta se produce, un plazo de treinta (30) días corridos, para desocupar el inmueble, bajo apercibimiento de proceder a la desocupación administrativa.
SEXTA: EL PERMISIONARIO asume la responsabilidad por cualquier hecho, circunstancia o suceso que lesionen derechos de terceros y/o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como consecuencia del uso del bien.
SÉPTIMA: La Secretaría de Desarrollo Económico tiene a su cargo el contralor del correcto cumplimiento de las obligaciones a cargo de EL PERMISIONARIO para lo cual éste se compromete a facilitar el acceso a las instalaciones siempre que le sea requerido y a poner a su disposición la información y/o documentación que le solicite el GOBIERNO a dicho efecto.
OCTAVA: EL PERMISIONARIO tiene expresamente prohibida la cesión parcial o total, venta, arriendo, locación, sublocación, o cualquier tipo de transferencia, del predio por este acto permisionado, bajo apercibimiento de que EL GOBIERNO decrete la inmediata caducidad del Permiso.
NOVENA: EL PERMISIONARIO se compromete a abonar los servicios de gas, agua, electricidad y teléfono y todo otro servicio que utilice, en virtud de la ocupación y explotación del predio objeto del presente Permiso.
DÉCIMA: EL PERMISIONARIO debe mantener el espacio permisionado y superficies circundantes en perfecto estado de conservación e higiene, debiendo efectuar por su cuenta y cargo las refacciones y reposiciones que fueren necesarias.
DÉCIMO PRIMERA: El incumplimiento por parte de EL PERMISIONARIO del destino establecido en la cláusula segunda o de cualquiera de las obligaciones a su cargo, le dará derecho a EL GOBIERNO a disponer la caducidad del Permiso otorgado, sin generar para EL PERMISIONARIO derecho a indemnización alguno.
DÉCIMO SEGUNDA: Toda cuestión que se suscitare y no estuviere contemplada en el presente Convenio podrá ser resuelta de común acuerdo entre las partes. Estas se someterán para dirimir cualquier diferencia no resuelta de común acuerdo a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio en los lugares indicados en el encabezamiento. Se deja constancia que las notificaciones judiciales al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben realizarse en Uruguay 440 piso 2° oficina 27, conforme lo establecido por el Decreto N° 3.758/85 y Oficio N° 868 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y Decreto N° 294/GCBA/97.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ....... días del mes de ............. de ............., se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.