DECRETO 400 2016

Síntesis:

APRUEBA PRESUPUESTO - EMPRESA SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SE -  PLAN DE ACCION - OFERTA DE TRANSPORTE - PLAN MEJORA DE FRECUENCIA - CONTINUIDAD Y SEGURIDAD - SERVICIO  PUBLICO - LEY 4472 - INVERSIONES DE EMERGENCIA - ESQUEMA AHORRO - INVERSIÓN - FINANCIAMIENTO - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO - SBASE - EJERCICIO 2016

Publicación:

21/07/2016

Sanción:

18/07/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 70 (texto consolidado Ley N° 5454) y su modificatoria, y 5495, los

Decretos Nros. 1000/99, 140/15 y 363/15 y sus modificatorios, y el Expediente

Electrónico N° 10.778.287-MGEYADGOGPP/16, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 70 se aprobó el Sistema de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires, estableciéndose la

organización y funcionamiento de sus órganos;

Que por el artículo 73 de la citada Ley se estableció que los directorios o máxima

autoridad responsable de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del

Estado aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo remiten a la

Oficina de Presupuesto;

Que asimismo los artículos 75 y 76 de dicha ley disponen que la Oficina de

Presupuesto analiza los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades,

prepara un informe y posteriormente los mismos son sometidos a la aprobación del

Poder Ejecutivo de acuerdo con las modalidades y los plazos que establezca la

reglamentación;

Que, por su parte, de conformidad con la normativa citada, corresponde al Poder

Ejecutivo aprobar, en su caso, con los ajustes que considere convenientes, los

presupuestos de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del Estado;

Que el artículo 39 del Decreto N° 1000/99, reglamentario del artículo 76 de la Ley N°

70 establece que para la aprobación de los presupuestos, dentro del plazo señalado

en la Ley, la Oficina de Gestión Pública debe preparar el informe de los proyectos

recibidos, así como las estimaciones presupuestarias de oficio;

Que, mediante el Decreto N° 140/15, se aprobó el cronograma para la formulación de

los presupuestos de las Empresas Públicas, Sociedades del Estado y todas aquellas

otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participación

mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias para el

ejercicio 2016, de conformidad con el Anexo II integrante del citado Decreto;

Que, en concordancia con lo expresado previamente, por el expediente mencionado

en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2016 formulado por

Subterráneos de Buenos Aires S.E., empresa con participación accionaria mayoritaria

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y organismo fuera de nivel en

la órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, conforme Decreto N° 363/15

y sus modificatorios;

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 75 de la Ley N° 70, la Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la Subsecretaria de Gestión y

Administración Económica del Ministerio de Hacienda, elaboró el informe pertinente

aconsejando la aprobación del presupuesto 2016 de la empresa Subterráneos de

Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE).

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase el Presupuesto para el ejercicio 2016 de la Empresa

Subterráneos de Buenos Aires S.E, organismo fuera de nivel en la órbita del Ministerio

de Desarrollo Urbano y Transporte, de conformidad con lo detallado en los Anexos I

(IF-2016-11922436-DGTALMDUYT) y II (IF-2016-11922735- DGTALMDUYT), que a

todos sus efectos forman parte integrante del presente decreto.

Artículo 2°.- Estímase en la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y

CINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NUEVE

($ 2.365.339.309) los ingresos corrientes y fijase en la suma de PESOS DOS MIL

DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIILONES ($ 2.297.000.000) los gastos corrientes,

de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II (IF-2016-11922735-

DGTALMDUYT).

Artículo 3°.- Fíjase en la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO

MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL ($ 2.728.767.000) los recursos de

capital, y en PESOS DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES

CIENTO SEIS MIL TRESCIENTOS NUEVE ($ 2.797.106.309) los gastos de capital, de

acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II (IF-2016-11922735-

DGTALMDUYT).

Artículo 4°.- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo

Urbano y Transporte, Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para

su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano y

Transporte. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4927

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art.1 del Decreto 400-16, aprueba el Presupuesto para el ejercicio 2016 de la Empresa Subterráneos de Buenos Aires SE, en el marco del Presupuesto General, ejercicio 2016, aprobado por Ley 5.495.</p>