DECRETO 407 2016

Síntesis:

INCORPORACIÓN DE POLÍGONO -  LEY 3057 - PROPUESTA DE EMPRESA - ALVEAR PALACE HOTEL SOCIEDAD ANÓNIMA E INMOBILIARIA  - PLAYA DE ESTACIONAMIENTO VECINAL ALVEAR PALACE HOTEL SAI - RÉGIMEN NACIONAL DE INICIATIVA PRIVADA - PROYECTO - CONSTRUCCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UNA PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRÁNEA - SISTEMA DE ESTACIONAMIENTOS VECINALES - BARRIO DE PUERTO MADERO - PLANO - DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO

Publicación:

27/07/2016

Sanción:

22/07/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 3.057, 2.635 y 2.095 (texto consolidado Ley N° 5.454), el Decreto

Nacional N° 966/PEN/05, el Decreto N° 389/09, las Resoluciones Nros. 193-

MDEGC/11, 140-SSINV/14, el Expediente Nro. 13211145-MGEYA-DGGI/14, y,

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto, tramita a la propuesta presentada en

fecha 12 de septiembre de 2014 por la empresa "Alvear Palace Hotel Sociedad

Anónima e Inmobiliaria" denominada "Playa de Estacionamiento Vecinal Alvear Palace

Hotel S.A.I," en el marco de lo dispuesto por los artículos 2 y 3 del Anexo I del Decreto

N° 966/PEN/05 que estableció el "Régimen Nacional de Iniciativa Privada";

Que mediante la Ley N° 2.635, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus entes

autárquicos y descentralizados adhirieron a los términos del Decreto N° 966/PEN/05,

designando al entonces Ministerio de Desarrollo Económico como autoridad de

aplicación del mencionado Régimen en el ámbito del Poder Ejecutivo y facultándolo

para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias;

Que por Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en cuyo Artículo 2° se establece entre los Ministerios del

Poder Ejecutivo al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;

Que mediante el Decreto N° 363/15, se aprobó la estructura organizativa dependiente

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificando así, la

estructura orgánico funcional del ex Ministerio de Desarrollo Económico, actual

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;

Que dicho Régimen constituye un instrumento idóneo para promover la participación e

inversión del sector privado en forma conjunta con el sector público para la realización

de emprendimientos considerados de interés público;

Que la Ley N° 2.095, en su artículo 33, prevé que "la licitación es con iniciativa privada

cuando surge de la presentación de iniciativas por parte de personas físicas o

jurídicas", las que deben ser "novedosas u originales o implicar una innovación

tecnológica o científica y contener los lineamientos que permitan su identificación y

compresión, así como la aptitud suficiente para demostrar la viabilidad jurídica, técnica

y económica del proyecto";

Que el artículo 2° del Anexo I del Decreto N° 966/PEN/05 establece que las

presentaciones de proyectos bajo el Régimen de Iniciativa Privada deben contener

como mínimo los siguientes requisitos de admisibilidad: a) Identificación del proyecto y

su naturaleza; b) Las bases de su factibilidad económica y técnica; c) Monto estimado

de la inversión; d) Los antecedentes completos del autor de la iniciativa; y, e) La fuente

de recursos y financiamiento, el que deberá ser privado;

Que el artículo 3° del Anexo I del Decreto antes citado establece que "La presentación

de proyectos bajo el Régimen de Iniciativa Privada deberá incluir una Garantía de

Mantenimiento en la forma prevista por la Ley Nacional N° 17.804, (seguro de caución)

o fianza bancaria preestablecido su valor por rangos", de conformidad con una escala

preestablecida;

Que en su carácter de autoridad de aplicación, y a los efectos de instrumentar las

disposiciones complementarias y/o aclaratorias del procedimiento de Iniciativa Privada

y de la secuencia del trámite administrativo para la recepción y evaluación de los

proyectos, el entonces Ministerio de Desarrollo Económico dictó la Resolución N° 193-

MDEGC/11 que, entre otros asuntos, creó la Comisión de Evaluación y Desarrollo de

Iniciativas Privadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y estableció que las

propuestas de iniciativas privadas sean recibidas por la Mesa de Entradas de la

Dirección General de Gestión de Inversiones dependiente de ese Ministerio;

Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 4° del Anexo I de la mencionada

Resolución, la Comisión de Evaluación y Desarrollo de Iniciativas Privadas "se integra

por: (a) el señor Subsecretario de Inversiones, que preside la Comisión (b) el señor

Director General de Gestión de Inversiones, y (c) un representante designado,

aceptación mediante, por el señor Subsecretario de Inversiones, quien debe ser la

máxima autoridad del órgano cuyas competencias se relacionen directamente con la

materia del proyecto presentado";

Que el presente proyecto de iniciativa privada, presentado por por la empresa "Alvear

Palace Hotel Sociedad Anónima e Inmobiliaria" consiste en la construcción y

explotación de una playa de estacionamiento subterránea, mediante el Sistema de

Estacionamientos Vecinales (en adelante SEV) creado por la Ley N° 3.057";

Que por Ley N° 3.057 se creó el SEV, destinado a regular la construcción y gestión de

playas subterráneas de estacionamiento para el uso de vecinos de las zonas en que

las mismas se instalen;

Que el Proyecto, objeto de declaración de interés, participa de los objetivos de la Ley

N° 3.057, toda vez que su finalidad consiste en resolver de manera cómoda, segura y

eficiente los problemas de estacionamiento en el sector de Puerto Madero;

Que a los efectos de la implementación del SEV, el artículo 2° de la ley precitada

permite la disposición del subsuelo de la vía pública de las arterias e intersecciones

que se describen en el Anexo A de la norma en cuestión y la construcción y

explotación, por un plazo de hasta treinta (30) años, de estacionamientos vecinales

mediante el sistema de Concesión de Obra Pública, en distintas intersecciones y

arterias de la Ciudad;

Que el artículo 11 de la Ley N° 3.057 faculta al Poder Ejecutivo para que, en caso de

detectar similares necesidades en otras zonas de la Ciudad, incremente hasta un 30%

la cantidad de playas de estacionamientos;

Que se ha verificado a través de los informes técnicos obrantes en el expediente

citado en el Visto el beneficio de la construcción de una playa de estacionamientos

vecinales en el barrio de Puerto Madero;

Que conforme a ello, resulta conveniente y beneficioso para los vecinos de la Ciudad

incorporar dicha intersección al régimen de la Ley N° 3.057.

Que la Iniciativa en análisis se emplazará sobre la fracción adyacente al Parque

Mujeres Argentinas, transferido al Gobierno de la Ciudad por la Corporación Antiguo

Puerto Madero S.A., mediante donación aceptada por Decreto N° 398/09 y por otro

lado la fracción adyacente al citado parque, con frente a la Avenida de los Italianos,

ambas pertenecientes al dominio público de la Ciudad de Buenos Aires;

Que de acuerdo con la iniciativa presentada, el proyecto "Playa de Estacionamiento

Vecinal Alvear Palace Hotel SAI. ( ... ) Brindará estacionamiento en cantidad suficiente

para abastecer la demanda actual y las necesidades adicionales que puedan producir

la puesta en funcionamiento de los nuevos edificios en construcción y a construirse en

la zona";

Que en la zona en cuestión, el déficit de estacionamientos afecta en forma significativa

a los vecinos y a quienes desarrollan sus actividades laborales en la zona;

Que en virtud del análisis realizado, la Comisión de Evaluación y Desarrollo de

Iniciativas Privadas en su pertinente dictamen estableció: "Artículo. 1°: "Se recomienda

al Sr. Jefe de Gobierno se declare de interés público de la Ciudad Autónoma de

Buenas Aires la Iniciativa Privada presentada par la empresa "Alvear Palace Hotel

Sociedad Anónima e Inmobiliaria" denominada "Playa de Estacionamiento Vecinal

Alvear Palace Hotel SAI."; reconociendo a favor de ésta los derechos de autor de la

citada iniciativa.... ";

Que sin perjuicio de las características precisas del proyecto de referencia, que

oportunamente serán definidas en la instancia administrativa propia del procedimiento

de selección del contratista, la propuesta de iniciativa privada resulta acorde con las

políticas públicas de fomento de este Gobierno;

Que conforme a lo establecido por la Resolución N° 193-MDEGC/11 concierne al

Poder Ejecutivo calificar de interés público los proyectos presentados bajo el "Régimen

Nacional de Iniciativa Privada";

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

que le compete por la Ley N° 1.218.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°: lncorpórase al régimen de la Ley N° 3.057, el Polígono comprendido entre

la Avenida Juana Manso, Manuela Saez, Avenida de los italianos y Marta Lynch

conforme el Plano que como Anexo (IF-2016-17078442-MMIYTGC) forma parte

integrante del presente.

Artículo 2°: Declárase de Interés Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en

el marco del Régimen de Iniciativa Privada establecido por el Decreto N° 966/PEN/05,

el objeto de la propuesta denominada "Playa de Estacionamiento Vecinal Alvear

Palace Hotel S.A.I." presentada por la empresa "Alvear Palace Hotel Sociedad

Anónima e Inmobiliaria".

Artículo 3°: Reconócese a la empresa "Alvear Palace Hotel Sociedad Anónima e

Inmobiliaria" como autor de la iniciativa privada referida en el artículo precedente, los

derechos previstos en los artículos 8 a 11 del Anexo I del Decreto N° 966/PEN/05.

Artículo 4°: El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de

Modernización, Innovación y Tecnología, de Desarrollo Urbano y Transporte, y por el

señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, y, para su notificación y

prosecución de su trámite, remítase al Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Moccia - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4931

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 407-16, incorpora el Polígono comprendido entre la Avenida Juana Manso, Manuela Saez, Avenida de los italianos y Marta Lynch, al régimen de la Ley 3057, en virtud de la facultad establecida en el artículo 11 de la citada ley.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5886 autoriza técnica constructiva para la realización del proyecto presentado por la empresa Alvear Palace Hotel, declarado de interés público por Decreto 407-16.</p>