ORDENANZA 50672 1996
Síntesis:
SUSTITÚYASE EL ARTICULO 2° DE LA ORDENANZA N° 33.701, B.M. N° 15.581, SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DE PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS, DECRETOS Y RESOLUCIONES, INCLUYENDO SUS RESPECTIVOS ANEXOS.
Publicación:
15/08/1996
Sanción:
18/07/1996
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
13/08/1996
Estado:
No vigente
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ordenanza:
Art. 1° - Sustitúyase el Art. 2° de la Ordenanza N° 33.701 (B.M. N° 15.581 AD 250.1) por el siguiente texto:
"Art. 2° - La publicación de Ordenanzas, Decretos y Resoluciones, incluyendo sus respectivos anexos, será obligatoria. El resto del material a publicarse deberá ser autorizado por el Departamento Ejecutivo".
Art. 2° - Comuníquese etc.
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
MODIFICA
Art. 1° Ord. 50672 Mod. Art. 2° Ord. 33701. Normas y anexos de publicación obligatoria.
PROMULGADA POR