ORDENANZA 50672 1996

Síntesis:

SUSTITÚYASE EL ARTICULO 2° DE LA ORDENANZA N° 33.701, B.M. N° 15.581, SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DE PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS, DECRETOS Y RESOLUCIONES, INCLUYENDO SUS RESPECTIVOS ANEXOS.

Publicación:

15/08/1996

Sanción:

18/07/1996

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

13/08/1996

Estado:

No vigente


El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ordenanza:

Art. 1° - Sustitúyase el Art. 2° de la Ordenanza N° 33.701 (B.M. N° 15.581 AD 250.1) por el siguiente texto:

"Art. 2° - La publicación de Ordenanzas, Decretos y Resoluciones, incluyendo sus respectivos anexos, será obligatoria. El resto del material a publicarse deberá ser autorizado por el Departamento Ejecutivo".

Art. 2° - Comuníquese etc.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1° Ord. 50672 Mod. Art. 2° Ord. 33701. Normas y anexos de publicación obligatoria.
PROMULGADA POR