ORDENANZA 50673 1996

Síntesis:

PROYECTO DE ORDENANZA VETADO.PUBLICACIÓN EN EDICIONES DEL BOLETÍN MUNICIPAL, POR UN PLAZO DE 60 DÍAS, LAS ORDENANZAS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ALCANCE GENERAL Y QUE NO HAYAN SIDO PUBLICADOS DESDE EL MES DE ABRIL DE 1989

Publicación:

16/08/1996

Sanción:

18/07/1996

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE


EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES SANCIONA CON
FUERZA DE ORDENANZA

Art. 1° - El Departamento Ejecutivo procederá a publicar en una o más ediciones especiales del Boletín Municipal en el plazo de sesenta (60) días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, todas las Ordenanzas con sus respectivos anexos, sancionadas a contar desde el mes de abril de 1989, que no se hayan publicado como también los decretos y resoluciones no publicados correspondientes a igual período, siempre que se refieran a situaciones generales.

Art. 2° - Comuníquese etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

VETADA POR
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Ordenanza 50673 establece que el Departamento Ejecutivo procederá a publicar en una o más ediciones especiales del Boletín Municipal en el plazo de sesenta (60) días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, todas las Ordenanzas con sus respectivos anexos, sancionadas a contar desde el mes de abril de 1989, que no se hayan publicado como también los decretos y resoluciones no publicados correspondientes a igual período, siempre que se refieran a situaciones generales.</p>