DECRETO 445 2016
Síntesis:
CESAN - MIEMBROS DEL CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL - CLAUDIO MIGUEL LUNA - HERNAN CESAR PETRELLI - HECTOR JORGE RIANO - ALFREDO SUAYA - RATIFICAN - ESTELA MARGARITA DI LEGGE - MARTIN EZEQUIEL GONZALEZ - SELVA LICIA MACHADO MONTEMURRO - ADRIAN GONZALO URRELI - FERNANDO OSVALDO JULIO VERDAGUER - DESIGNAN - MARTA EMMA BELLARDI - MARIA DUJOVNE - ARIEL CARLOS PRADELLI - DANIEL EDGARDO SOSA - MINISTERIO DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
Publicación:
22/08/2016
Sanción:
17/08/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros. 71 (texto consolidado por Ley N° 5.454), 5460 y su modificatoria, los
Decretos Nros. 287/14, 363/15 y sus modificatorios, el EE. N° 38.681.195-MGEYA-
DGALE/15, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose al Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental bajo la órbita del
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que el artículo 2° inc. 4) de la Ley N° 71 establece que el mencionado Consejo estará
integrado, entre otros, por nueve (9) técnicos/as profesionales, con formación
sistemática y antecedentes de excelencia científica, técnica y especialización en temas
urbanos y/o ambientales, designados a propuesta de la Legislatura;
Que a su vez el artículo 4 de la misma norma establece que los técnicos designados
por la Legislatura serán designados por un plazo de dos (2) años;
Que en consecuencia la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
mediante la Resolución N° 293/LCABA/2015 de fecha 3 de diciembre de 2015,
propuso las designaciones de diferentes personas como Consejeros del organismo
mencionado;
Que es dable mencionar que algunos Consejeros, oportunamente designados por
Decreto N° 287/14, han finalizado sus mandatos;
Que, en este orden de ideas, la Subsecretaría de Planeamiento del Ministerio de
Desarrollo Urbano y Transporte, propicia los respectivos ceses, la ratificación de otros
Consejeros en sus cargos y la designación de nuevos integrantes del Consejo Asesor
del Plan Urbano Ambiental;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° .- Césanse, a partir del 11 de julio de 2016, a las personas detalladas en el
Anexo I (IF-2016-18995784-DGTALMDUYT), como Consejeros del Consejo Asesor
del Plan Urbano Ambiental bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Transporte, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en el modo
y condiciones que allí se consigna.
Artículo 2°.- Ratifícanse, a partir del 11 de julio de 2016, a las personas detalladas en
el Anexo II (IF-2016-18995915-DGTALMDUYT), como Consejeros del Consejo Asesor
del Plan Urbano Ambiental bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Transporte, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en el modo
y condiciones que allí se consigna.
Artículo 3°.- Desígnanse, a partir del 11 de julio de 2016, a las personas detalladas en
el Anexo III (IF-2016-18996029-DGTALMDUYT), como Consejeros del Consejo
Asesor del Plan Urbano Ambiental bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Transporte, el que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo, en el modo y
condiciones que allí se consigna.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Urbano y Transporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Ministerio
de Desarrollo Urbano y Transporte, y para su conocimiento y demás efectos, remítase
a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Miguel
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4948