RESOLUCIÓN 107 2016 SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS

Síntesis:

APRUEBA PLANES OPERATIVOS - ORGANISMOS - PLAN DIRECTOR DE EMERGENCIAS - HOSPITALES DR CARLOS DURAND - OFTALMOLÓGICO SANTA LUCIA - PARMENIO PIÑERO - DR IGNACIO PIROVANO - OFTALMOLÓGICO DR PEDRO DE LAGLEYZE - JOSÉ MARÍA RAMOS MEJÍA - DR ENRIQUE TORNÚ - DR COSME ARGERICH - DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI -  SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

12/09/2016

Sanción:

02/09/2016

Organismo:

SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS


VISTO:

Las leyes N° 5460; Decreto 695/09, Decreto 363/15 y modificatorios, la Resolución N°

139/SSEMERG/15, el Expediente N° 12680694-MGEYA-SSEMERG-2016, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5460 en su Artículo 18, inciso 15, impone al Ministerio de Justicia y

Seguridad, entre otras obligaciones, la de implementar un sistema coordinado y único

de emergencias, catástrofes y siniestros,

Que el Decreto 660/11 dispone, entre las responsabilidades de la Subsecretaría de

Emergencias, la de entender en los planes de respuesta ante emergencias dentro de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que el mismo Decreto, de esta manera, estipula que la Subsecretaría de Emergencias

debe generar un programa de mejora continua del sistema coordinado y único de

emergencias.

Que en relación a ello, debe planificar, diseñar e implementar políticas, planes,

procedimientos y metodologías de control y vigilancia de emergencia y comunicarlos a

la ciudadanía.;

Que, mediante el Decreto 695/09, con la finalidad de disponer de herramientas

eficaces para resolver en la práctica los problemas reales que se suscitan frente a

amenazas en la ciudad y en virtud de la existencia de un proyecto integral y

participativo para todas la aéreas involucradas ante una situación de emergencia, se

aprueba el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en la norma mencionada se estipula que la Subsecretaría de Emergencias, es la

autoridad de aplicación del Plan Director de Emergencias,

Que, asimismo, se faculta a la Subsecretaría de emergencias a dictar las normas

complementarias y aclaratorias que sean necesarias para la implementación de dicho

Plan.

Que en el mencionado Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, las áreas integrantes de este Plan desarrollarán los Planes Operativos

correspondientes elevándolos a la autoridad de aplicación para su aprobación y

posterior incorporación definitiva;

Que mediante Resolución N° 139/SSEMERG/15, han sido aprobados e incorporados

los Planes Operativos de Emergencias correspondientes a varios organismos que

forman parte del citado Plan Director, entre ellos la Subsecretaría de Atención

Integrada de Salud del Ministerio de Salud (art. 2);

Que en virtud de la presentación por parte de nosocomios dependientes de la

Dirección General de Hospitales del Ministerio de Salud de la Ciudad; de Planes

Operativos de Emergencias, individualizados, surge la necesidad de receptar los

mismos, aprobarlos e incorporarlos al Plan Director de Emergencias;

Que los hospitales que solicitan la correspondiente aprobación son: "Hospital General

de Agudos Dr. Carlos Durand", "Hospital Oftalmológico Santa Lucia", "Hospital

General de Agudos Parmenio T. Piñero", "Hospital General de Agudos Dr. Ignacio

Pirovano", "Hospital Oftalmológico Dr. Pedro Lagleyze", "Hospital General de Agudos

José Maria Ramos Mejía", "Hospital General de Agudos Dr. Enrique Tornú", "Hospital

de Agudos Dr. Cosme Argerich", "Hospital General de Agudos Donación Francisco

Santojanni";

Que resulta de importancia primordial mantener actualizado el sistema de

emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para promover el ordenamiento

y la cooperación entre las actividades de distintas áreas del Gobierno, con el fin de

generar un modelo de atención de emergencias efectivo e inmediato;

Por ello y en uso de facultades que les son propias,

EL SUBSECRETARIO DE EMERGENCIAS

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Apruébase el Plan Operativo del Hospital General de Agudos Dr. Carlos

Durand, dependiente de la Dirección General de Hospitales del Ministerio de Salud,

integrante del Plan Director que como Anexo I (IF-2016-20365297-SSEMERG) se

adjunta y forma parte de la presente norma.

ARTÍCULO 2: Apruébase el Plan Operativo del Hospital Oftalmológico Santa Lucia,

dependiente de la Dirección General de Hospitales del Ministerio de Salud, integrante

del Plan Director que como Anexo II (IF-2016-20365608-SSEMERG) se adjunta y

forma parte de la presente norma.

ARTICULO 3: Apruébase el Plan Operativo del Hospital General de Agudos Parmenio

T. Piñero, dependiente de la Dirección General de Hospitales del Ministerio de Salud,

integrante del Plan Director que como Anexo III (IF-2016-20365814-SSEMERG) se

adjunta y forma parte de la presente norma.

ARTÍCULO 4: Apruébase el Plan Operativo del Hospital General de Agudos Dr.

Ignacio Pirovano, dependiente de la Dirección General de Hospitales del Ministerio de

Salud, integrante del Plan Director que como Anexo IV (IF-2016-20365910-

SSEMERG) se adjunta y forma parte de la presente norma.

ARTICULO 5: Apruébase el Plan Operativo del Hospital Oftalmológico Dr. Pedro de

Lagleyze, dependiente de la Dirección General de Hospitales del Ministerio de Salud,

integrante del Plan Director que como Anexo V (IF-2016-20366013-SSEMERG) se

adjunta y forma parte de la presente norma.

ARTICULO 6: Apruébase el Plan Operativo del Hospital General de Agudos José

María Ramos Mejía, dependiente de la Dirección General de Hospitales del Ministerio

de Salud, integrante del Plan Director que como Anexo VI (IF-2016-20366110-

SSEMERG) se adjunta y forma parte de la presente norma.

ARTICULO 7: Apruébase el Plan Operativo del Hospital General de Agudos Dr.

Enrique Tornú, dependiente de la Dirección General de Hospitales del Ministerio de

Salud, integrante del Plan Director que como Anexo VII (IF-2016-20366216-

SSEMERG) se adjunta y forma parte de la presente norma.

ARTICULO 8: Apruébase el Plan Operativo del Hospital General de Agudos Dr.

Cosme Argerich, dependiente de la Dirección General de Hospitales del Ministerio de

Salud, integrante del Plan Director que como Anexo VIII (IF-2016-20366351-

SSEMERG) se adjunta y forma parte de la presente norma.

ARTICULO 9: Apruébase el Plan Operativo del Hospital General de Agudos Donación

Francisco Santojanni, dependiente de la Dirección General de Hospitales del Ministerio

de Salud, integrante del Plan Director que como Anexo IX (IF-2016-20366459-

SSEMERG) se adjunta y forma parte de la presente norma.

ARTÍCULO 10: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, y para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítanse copias a los

Hospitales mencionados en los anexos a los fines de que tomen conocimiento de la

mencionada aprobación. Cumplido, archívese. Nicolás


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4963

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Arts. 1 a 9 de la Resolución 107-SSEMERG-16 aprueban Planes Operativos de Hospitales, según lo prevee Art. 2 de la Resolución 139-SSEMERG-15.</p>