DECRETO 477 2016
Síntesis:
MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE GOBIERNO - MODIFICACIÓN - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ORGANIGRAMA - CAMBIA DENOMINACIÓN - SUBSECRETARÍA DE REFORMA POLÍTICA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS - TRANSFIERE - DIRECCIÓN GENERAL ASUNTOS LEGISLATIVOS - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INTERJURISDICCIONALES Y POLÍTICA METROPOLITANA - SUPRIME UPE ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES - SUPRIME UPE SOCIEDAD ADMINISTRADORA DEL PUERTO - SAP - CREACIÓN - UPE - PUERTO DE BUENOS AIRES - RANGO - NIVEL Y ATRIBUCIONES DE SUBSECRETARÍA - TRANSFIERE PATRIMONIO PERSONAL PRESUPUESTO
Publicación:
14/09/2016
Sanción:
09/09/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 y su modificatoria N° 5.503, el Decreto N° 684/09 y modificatorios, el
Decreto
N° 363/15 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N°
20.776.784/MGEYA-MGOBGC /16, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.503, se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose
entre ellos al Ministerio de Gobierno;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que de la experiencia en la gestión de gobierno surge la necesidad de realizar
modificaciones en la estructura organizativa del Ministerio de Gobierno, a fin de
afianzar y fortalecer la integridad en la implementación y desarrollo de los programas
destinados a llevar adelante las políticas públicas;
Que, en este sentido se propicia la modificación de las denominaciones y
responsabilidades primarias de las Subsecretarías de Reforma Política y Asuntos
Interjurisdiccionales las cuales pasaran a denominarse Reforma Política y Asuntos
Legislativos, y Asuntos Interjurisdiccionales y Política Metropolitana respectivamente;
Que de acuerdo a lo expuesto, deviene necesario la transferencia de la Dirección
General Asuntos Legislativos dependiente de la Subsecretaría de Gobierno a la órbita
de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos del Ministerio de
Gobierno;
Que en este marco y a los fines de evitar la dispersión de las funciones
encomendadas y de optimizar los recursos aplicados, se suprime la Unidad de
Proyectos Especiales (UPE) Área Metropolitana de Buenos Aires transfiriendo sus
funciones, personal, patrimonio y presupuesto a la Subsecretaría de Asuntos
Interjurisdiccionales y Política Metropolitana;
Que en el mismo sentido, resulta necesario suprimir la Sociedad Administradora del
Puerto (SAP) como Organismo Fuera de Nivel en la órbita del Ministerio de Gobierno y
crear la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Puerto de Buenos Aires, en el ámbito
del precitado Ministerio, con el objetivo de gestionar, articular y coordinar el proceso de
transferencia del Puerto de Buenos Aires a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en atención a ello, resulta conveniente aprobar la estructura correspondiente al
Ministerio de Gobierno, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus
modificatorios.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 6 de septiembre de 2016, la estructura
organizativa del Ministerio de Gobierno del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus
modificatorios, de acuerdo con los Anexos I (IF-2016-20777845-MGOBGC)
(Organigrama) y II (IF-2016-20778332-MGOBGC) (Responsabilidades Primarias), los
que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Modifícase la denominación y responsabilidades primarias de la
Subsecretaría de Reforma Política del Ministerio de Gobierno, la cual pasará a
denominarse Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos, de acuerdo
con los Anexos I (IF-2016-20777845-MGOBGC) (Organigrama) y II (IF-2016-
20778332-MGOBGC) (Responsabilidades Primarias), los que a todos sus efectos
forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3°.- Modifícase la denominación y responsabilidades primarias de la
Subsecretaría de Asuntos Interjurisdiccionales del Ministerio de Gobierno, la cual
pasará a denominarse Subsecretaría de Asuntos Interjurisdiccionales y Política
Metropolitana, de acuerdo con los Anexos I (IF-2016-20777845-MGOBGC)
(Organigrama) y II (IF-2016-20778332-MGOBGC) (Responsabilidades Primarias), los
que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 4°.- Transfiérase la Dirección General Asuntos Legislativos dependiente de la
Subsecretaría de Gobierno a la órbita de la Subsecretaría de Reforma Política y
Asuntos Legislativos del Ministerio de Gobierno.
Artículo 5°.- Suprímese la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Área Metropolitana
de Buenos Aires, como Organismo Fuera de Nivel, de la órbita del Ministerio de
Gobierno, transfiriendo su personal, patrimonio y presupuesto a la Subsecretaría de
Asuntos Interjurisdiccionales y Política Metropolitana.
Artículo 6°.- Suprímese la Sociedad Administradora del Puerto (SAP), como
Organismo Fuera de Nivel, en la órbita del Ministerio de Gobierno.
Artículo 7°.- Créase la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Puerto de Buenos Aires,
como Organismo Fuera de Nivel en la órbita del Ministerio de Gobierno, con rango,
nivel y atribuciones de Subsecretaría, de acuerdo con los Anexos I (IF-2016-
20777845-MGOBGC) (Organigrama) y II (IF-2016-20778332-MGOBGC)
(Responsabilidades Primarias), los que a todos sus efectos forman parte integrante del
presente Decreto.
Artículo 8°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 9°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Gobierno
y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 10.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las
Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del
Servicio Civil, ambas del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio
de Gobierno. Cumplido archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Mura -
Miguel
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4965