DECRETO 126 2002

Síntesis:

DESIGNA A LA DIPUTADA IRMA GERCH REPRESENTANTE PARITARIA EN LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

07/03/2003

Sanción:

17/10/2002

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Acta de compromiso al llamado a Paritarias en la Legislatura de fecha 27 de diciembre de 2000, la Ley N° 471, la convocatoria de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo mediante Resolución N° 13 de 2001, el acta de fecha 3 de abril de 2001 en la Subsecretaría de Trabajo y Empleo y los Decretos N° 63/VP/01, N° 33/VP/02; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acta del 27 de diciembre de 2000, los presidentes de distintos bloques políticos acordaron con los representantes del personal, convocar a partir del 1° de marzo a la Comisión Negociadora del Convenio del Personal de la Legislatura;

Que mediante Resolución N° 13 de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad N° 1162 del 28 de marzo de 2001, se convoca a la representación de las partes trabajadora y empleadora para la conformación de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del Personal de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, en los términos de la Ley N° 471;

Que mediante nota N° 103/SSTRYE/01 de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo recibida el 27 de marzo de 2001, esta Vicepresidencia Primera se notifica de la convocatoria efectuada por dicho organismo;

Que habiendo comenzado con las reuniones paritarias conforme los temas acordados se produce la renuncia del Diputado Ricardo Busacca, miembro paritario designado por Decreto N° 33/VP/02;

Que ante la presentación de la renuncia mencionada precedentemente, se hace necesario designar un nuevo paritario, en representación de la parte empleadora, siendo tal potestad, conforme surge del Art. 88 del Reglamento, del Vicepresidente Primero;

Que conforme surge del artículo 89 de la Ley N° 471 la Comisión Negociadora deberá ser conformada por cuatro representantes del Estado empleador e igual cantidad en representación de los trabajadores;

Que la mencionada Ley, en su artículo 75, establece que las partes en la negociación colectiva pueden disponer la designación de asesores;

Que el presente se dicta conforme a las facultades establecidas en el artículo 88 del Reglamento de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Desígnase como representantes por la parte empleadora de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos del artículo 74 de la Ley N° 471, a la señora Diputada Irma Gerch.

Artículo 2° - Establécese que la Señora Diputada mencionada en el artículo precedentemente podrá designar hasta cuatro asesores/as, en carácter Ad - Honoren, en los términos del artículo 75 de la Ley N° 471.

Artículo 3° - Establécese que, entre los cuatro asesores/as de la Señora Diputada, uno de ellos cumplirá la labor de coordinador de los restantes a los efectos de optimizar el funcionamiento de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del Personal de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4° - Desígnase como asesora coordinadora de la Diputada Irma Gerch a la Sra. Mariela Riccardo.

Artículo 5° - Instrúyese a la representante paritaria designada precedentemente a que en el término de cinco días a partir del dictado del presente, arbitre los medios necesarios tendientes a proseguir, juntamente con los representantes paritarios de la parte trabajadora y empleadora, las reuniones de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del Personal de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para su conocimientos y demás efectos a la Secretaría Administrativa, y a la Subsecretaría de Trabajo y Empleo de la Ciudad de Buenos Aires y oportunamente, archívese. Caram - Donatelli

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