DECRETO 63 2001

Síntesis:

DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DE LA EMPLEADORA PARA LA CONFORMACIÓN DE COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA L.C.A.B.A.

Publicación:

22/05/2001

Sanción:

16/04/2001

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto el Acta de compromiso al llamado a Paritarias en la Legislatura de fecha 27 de diciembre de 2000, la Ley N° 471, la convocatoria de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo mediante Resolución N° 13 de 2001, el acta de fecha 3 de abril de 2001 en la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acta del 27 de diciembre de 2000, los presidentes de distintos bloques políticos, acordaron con los representantes del personal, convocar a partir del 1° de marzo a la Comisión Negociadora del Convenio del Personal de la Legislatura;

Que mediante Resolución N° 13 de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad N° 1162 del 28 de marzo de 2001, se convoca a la representación de las partes trabajadora y empleadora para la conformación de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del Personal de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, en los términos de la Ley N° 471;

Que mediante nota N° 103-SSTRYE- 2001 de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo recibida el 27 de marzo de 2001, esta Vicepresidencia Primera se notifica de la convocatoria efectuada por dicho organismo;

Que a la audiencia convocada, asistieron el señor Secretario Administrativo y el Dr. Andrés Albor por expresa instrucción de esta Vicepresidencia Primera, manifestando que hasta la fecha no se ha dictado el acto administrativo que designe los miembros paritarios por parte del Poder Legislativo;

Que se ha fijado una nueva audiencia con fecha 17 de abril a las 16 horas;

Que conforme surge del artículo 89 de la Ley N° 471 la Comisión Negociadora deberá ser conformada por cuatro representantes del Estado e igual cantidad en representación de los trabajadores;

Que conforme surge del Art. 88 del Reglamento Interno, es facultad del Vicepresidente Primero ejercer la administración de la casa;

Que en uso de esas facultades corresponde al Vicepresidente Primero designar a los miembros paritarios;

Que la presente se dicta conforme a las facultades establecidas en el artículo 88 del Reglamento Interno y el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO

DE LA LEGISLATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Desígnanse como representantes por la parte empleadora, en los términos del artículo 74 de la Ley N° 471, a los señores Diputados Jorge Enríquez, Enrique Rodríguez, Irene López de Castro y Alberto Fernández.

Artículo 2° Establécese que cada uno de los señores Diputados mencionados precedentemente podrá designar hasta cuatro asesores, en carácter Ad - Honorem, en los términos del artículo 75 de la Ley N° 471.

Artículo 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría Administrativa. Enríquez - Aín

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