DISPOSICIÓN 51 2016 DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DE INVERSIONES
Síntesis:
PRORROGA - 30 DE SETIEMBRE DE 2016 - TÉRMINO PLAZO PRESENTACIÓN DE CANDIDATOS - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL - AMPLÍA LLAMADO A PRESENTACIÓN DE CANDIDATOS - REQUISITOS - DISTRITO TECNOLÓGICO
Publicación:
22/09/2016
Sanción:
15/09/2016
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DE INVERSIONES
VISTO:
las Leyes N° 2.972, N° 5.460 los Decretos 78/GCBA/14, 129/GCBA/13, 184/GCBA/13,
la Resolución Firma Conjunta RESFC-2014-1-MDEGC, los Expedientes electrónicos
N° 7049540/2016/DGGI, N° 17323113/2016/DGGI, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.972, se creó el Distrito Tecnológico de la Ciudad de Buenos Aires,
en el área comprendida por las Avenidas Sáenz, Boedo, Chiclana, Sánchez de Loria y
Brasil, las calles Alberti y Manuel García y la Avenida Amancio Alcorta en ambas
aceras;
Que el referido distrito ha sido diseñado para fomentar que las empresas de origen
TIC (tecnología de la información y la comunicación), puedan radicar su sede dentro
de esa zona de modo de posicionar a la Ciudad como un centro de excelencia para la
producción de software y el desarrollo de tecnologías informáticas y de las
comunicaciones;
Que por el art. 4° de la mencionada normativa se designó al ex Ministerio de
Desarrollo Económico como autoridad de aplicación en la materia que se regula;
Que el art. 25° inc b) de dicha norma prevé la creación de un Programa de
Capacitación de Formación Técnico Profesional que tiene como objetivo abastecer las
diferentes necesidades de calificaciones del Distrito Tecnológico;
Que establece la citada Ley que los Ministerios de Educación y del entonces
Desarrollo Económico en forma conjunta administran y ejecutan el referido programa;
Que el Decreto N° 129/GCBA/13 creó el Programa de Capacitación de Formación
Técnico Profesional en el Distrito Tecnológico en el marco del inciso b) del artículo 25°
de la Ley;
Que el citado Decreto establece que ambos Ministerios, en el ámbito de sus
competencias, dictarán las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que
sean necesarias para la mejor implementación del Programa de Capacitación de
Formación Técnico Profesional en el Distrito Tecnológico;
Que mediante Resolución Firma Conjunta RESFC-2014-1-MDEGC (BOCBA N° 4485
de fecha 22-09-2014), los Ministerios de Desarrollo Económico y Educación,
establecieron el procedimiento para una mejor implementación de dicho programa;
Que en el Anexo I de la citada Resolución se facultó a la Dirección General de Gestión
de Inversiones a realizar el llamado para la presentación de candidatos al Programa,
así como a la designación de los beneficiarios por orden de mérito.
Que por la Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el Artículo 2° de la citada Ley, establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;
Que mediante el Decreto N° 363/15, se aprobó la estructura organizativa dependiente
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificando así, la
estructura orgánico funcional del ex Ministerio de Desarrollo Económico, determinando
que la Dirección General de Gestión de Inversiones depende del actual Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología;
Que asimismo el Decreto N° 141/16 modifica parcialmente la estructura orgánico
funcional del actual Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;
Que mediante Disposición DI-2016-24-DGGI se porcedió al llamamiento a la
presentación de candidatos al Programa, incorporando en forma suplementaria con los
criterios de prioridad económica, establecidos en el art. 1° de dicha Disposición.
Que en atención a posibilitar el posible acceso a un mayor número de postulantes
beneficiaros de esta edición del programa, corresponde ampliar el plazo de inscripción
hasta el 30 de septiembre de 2016 inclusive.
Por ello, por sus facultades otorgadas;
Artículo 1°.- Prorrogase el término del plazo de presentación de candidatos al presente
Programa de Capacitación de Formación Técnico Profesional hasta el 30 de
septiembre del corriente año 2016.
Artículo 2°.- Amplíese el llamamiento a la presentación de candidatos, los que deberán
acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en el art. 3°
ANEXO I del Decreto 129-GCBA-2013.
Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, para su conocimiento y demás efectos. Rebruj