RESOLUCIÓN 552 2016 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
CONFIRMA LA RESOLUCIÓN 532-AGC-16 - PRORROGA DE PLAZOS - RESOLUCIÓN 421-AGC-16 - REQUISITOS - REALIZACIÓN DE EVENTOS MASIVOS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
Publicación:
27/09/2016
Sanción:
20/09/2016
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO:
La Ley N° 2624 (texto consolidado por Ley N° 5454), las Resoluciones N° 421-AGC/16
y N° 532-AGC/16, los Expedientes Electrónicos N° 18130059-MGEYAAGC/16 y N°
18233073-MGEYA-AGC/2016 y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 2624 a esta Agencia
Gubernamental de Control, mediante la Resolución N° 421-AGC/16 se modificó el
Artículo 5 de la Resolución N° 461- AGC/10, en lo que respecta a los requisitos
exigidos a los fines de otorgar permisos para la realización de eventos masivos de
diversiones públicas y espectáculos públicos, y se establecieron nuevos requisitos a
cumplimentar por parte de los locales contemplados por el Artículo 1 del DNU N° 1/05;
Que a los efectos permitir un adecuado y cabal cumplimiento por parte de los sectores
alcanzados de las exigencias previstas en la Resolución referida, a la luz de los
requisitos complementarios previstos en los proyectos de ley en tratamiento
parlamentario en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la Resolución
N° 532-AGC/16 se prorrogó por treinta (30) días el término del plazo previsto en el
Artículo 4 de la Resolución N° 421-AGC/16;
Que por un desperfecto en el funcionamiento del módulo Generador Electrónico de
Documentos Oficiales (GEDO) del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos (SADE), el documento numerado como Resolución n° 532-AGC/16 no fue
suscripto válidamente;
Que, careciendo de firma válida dicho acto, corresponde dictar la presente a efectos
de confirmar la decisión que fuera plasmada en el documento numerado como
Resolución N° 532-AGC/16;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su
competencia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 de la
Ley N° 2.624,
Artículo 1.- Confírmase en todos sus términos y alcances la decisión vertida en el
documento numerado como Resolución N° 532-AGC-16 por el Generador Electrónico
de Documentos Oficiales (GEDO) del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos (SADE), prorrogándose por treinta (30) días el término del plazo previsto
en el Artículo 4 de la Resolución N° 421-AGC/16.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos a fin de que realice
las notificaciones pertinentes, a la Dirección General de Fiscalización y Control, a la
Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, a la Dirección General de
Seguridad Privada, a la Unidad de Coordinación General, a la Gerencia Operativa de
Control Inspectivo, a la Dirección General de Seguridad Privada y a la Dirección
General de Eventos Masivos del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido,
archívese. Álvarez Dorrego