RESOLUCIÓN 532 2016 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

OTORGAMIENTO DE PERMISOS -  AUTORIZACIONES - REQUISITOS EXIGIDOS - REALIZACIÓN DE EVENTOS MASIVOS DE DIVERSIONES PÚBLICAS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS - ESTABLECE  NUEVOS REQUISITOS - PRORROGA PLAZOS  RESOLUCIÓN 421-AGC-16

Publicación:

27/09/2016

Sanción:

15/09/2016

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


VISTO:
La Ley N° 2624, la Resolución N° 421-AGC/16, los Expedientes Electrónicos N°
18130059-MGEYA- AGC/16 y N° 18233073-MGEYA-AGC/2016 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley N° 2624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC),
entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, a efectos de
controlar, fiscalizar y regular, en el marco del ejercicio del poder de policía en lo que
respecta a la seguridad, salubridad e higiene alimentaria de los establecimientos
públicos y privados, a las habilitaciones de todas aquellas actividades comprendidas
en el código respectivo, como así también el otorgamiento de permisos para ciertas
actividades y a las obras civiles, públicas y privadas, comprendidas por el Código de la
Edificación;
Que en el marco de las referidas competencias, mediante la Resolución N° 421-
AGC/16 se modificó el Artículo 5 de la Resolución N° 461-AGC/10, en lo que respecta
a los requisitos exigidos a los fines de otorgar permisos para la realización de eventos
masivos de diversiones públicas y espectáculos públicos, y se establecieron nuevos
requisitos a cumplimentar por parte de los locales contemplados por el Artículo 1 del
DNU N° 1/05;
Que la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires se encuentra tratando, entre otras
cuestiones, al análisis parlamentario de diversos proyectos de Ley relacionados con la
materia, mediante los cuales se establecen requisitos complementarios y
concordantes con los previstos en la Resolución N° 421-AGC/16;
Que en tal sentido, a los efectos permitir un adecuado y cabal cumplimiento por parte
de los sectores alcanzados de las exigencias previstas en la Resolución referida, a la
luz de los requisitos complementarios previstos en los proyectos de ley en inminente
tratamiento legislativo, resulta conveniente prorrogar por treinta (30) más el plazo
previsto en el Artículo 4 de la Resolución N° 421-AGC/16;
Que conforme a lo establecido en el inciso k) del artículo 6° de la Ley N° 2624, la
Agencia Gubernamental de Control ejercerá las competencias y desempeñará las
funciones que le fueran otorgadas al Jefe de Gobierno y en particular la de aplicar
medidas preventivas y de protección de los ciudadanos, ante la detección de
situaciones de riesgo que puedan afectar la seguridad, salubridad e higiene en las
materias de su competencia.
Por ello, en uso de las facultades previstas en el artículo 7, inciso c), de la Ley N°
2624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE

Artículo 1.- Prorrógase por treinta (30) días el término del plazo previsto en el Artículo
4 de la Resolución N° 421-AGC/16.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos a fin de que realice
las notificaciones pertinentes, a la Dirección General de Fiscalización y Control, a la
Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, a la Dirección General de
Seguridad Privada, a la Unidad de Coordinación General y a la Gerencia Operativa de
Control Inspectivo. Cumplido, archívese. Álvarez Dorrego

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 532-AGC-16, prorroga por treinta, 30 días el término del plazo previsto en el Artículo 4 de la resolución 421-AGC-16.</p>
RATIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 552-AGC-16, confirma en todos sus términos y alcances la decisión vertida en el documento numerado como Resolución  532-AGC-16.</p>