RESOLUCIÓN 679 2016 MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

Síntesis:

MODIFICA - INTEGRACIÓN - COMISIÓN ASESORA PERMANENTE HONORARIA - CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL - FORO PARTICIPATIVO PERMANENTE - PLAN URBANO AMBIENTAL - CONFORMADA  - CARÁCTER DE ASESORES - CAI -CENTRO ARGENTINO DE INGENIEROS - CPIC - CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA CIVIL - CAC - CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION - CPAU - CONSEJO PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO  - UNIVERSIDADES - BELGRANO - ARQUITECTURA Y URBANISMO  - TORCUATO DI TELLA - UTDT -  PALERMO - UP - CUCICBA - COLEGIO UNICO DE CORREDORES INMOBILIARIOS CABA   - SCA - SOCIEDAD CENTRAL DE ARQUITECTOS - FADU-UBA - FACULTAD DE ARQUITECTURA DISEÑO Y URBANISMO -  MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

Publicación:

27/09/2016

Sanción:

21/09/2016

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE


VISTO:

Las Leyes Nros. 71, 2.930 y 5.560, los Decretos Nros. 359/15 y 363/15, las

Resoluciones

Nros.749-SIyP-2005, 1662-SIyP-2005, 476-MDUYTGC-2011, el

Expediente 2016-21377855- -MGEYA -SSPLANE, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 749-SIyP-2005 se creó el Foro Participativo Permanente del

Plan Urbano Ambiental, conforme lo establecido en los artículos 6, 7 y 8 de la Ley N°

71 y 27 y 29 de la Constitución de la Ciudad, el cual funciona en el ámbito del Consejo

Asesor del Plan Urbano Ambiental, dependiente de este Ministerio;

Que las entidades inscriptas con anterioridad a la Resolución N° 749-SIyP-2005,

incluso las que formaban parte de la Comisión Asesora Permanente Honoraria, fueron

consideradas como integrantes del Foro Participativo Permanente y convocadas, de

acuerdo a la nómina de las ONG registradas en 1999 y sucesivas, a actualizar su

acreditación dentro del plazo establecido por la citada normativa;

Que por Resolución N° 1662-SIyP-2005 se procedió a la conformación inicial de la

Comisión Asesora, con el fin de atender la aplicación de los principios de equidad,

distribución y operatividad tanto en su composición como en abarcar la diversidad de

intereses urbano ambientales, incluyendo las cuestiones temáticas y las territoriales;

Que posteriormente a través de la Resolución N° 476-MDUGC-2011 se modificó la

integración de la Comisión Asesora Permanente Honoraria del Consejo del Plan

Urbano Ambiental, en virtud de haberse aprobado la Ley N° 2.930 "Plan Urbano

Ambiental";

Que con la finalidad de contar con una mayor cantidad de instrumentos de carácter

normativo y urbanístico, se solicitará la colaboración de la Comisión Asesora

Permanente Honoraria del Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental;

Que en tal sentido resulta conveniente reforzar el perfil de institucionalidad profesional

y académica de posgrado, en atención al nivel de pertinencia técnica que se le

solicitará;

Que atento a las acciones que se desarrollarán, es preciso renovar las entidades que

conformarán la Comisión Asesora, integrándola con referentes afines a esta nueva

etapa de responsabilidades;

Que en tal sentido y en el marco y espíritu de lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley N°

71 corresponde conformar una Comisión Asesora, integrada por entidades

académicas y profesionales de reconocida trayectoria en el desarrollo sustentable que

actuarán como asesores en el seno de la misma.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 5.460 y sus

modificatorias, los Decretos Nros. 359/2015 y 363/2015 y sus modificatorios,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Modifícase la integración de la Comisión Asesora Permanente Honoraria

del Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental, la cual quedará conformada por las

entidades profesionales, académicas y de la comunidad preinscriptas, que se detallan

a continuación y que actuarán en carácter de asesores:

CAI - CENTRO ARGENTINO DE INGENIEROS

CPIC - CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA CIVIL

CAC - CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION

CPAU - CONSEJO PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO

UB - UNIVERSIDAD DE BELGRANO - FACULTAD DE ARQUITECTURA Y

URBANISMO

UTDT - UNIVERSIDAD TORCUATO DI TELLA

CUCICBA - COLEGIO UNICO DE CORREDORES INMOBILIARIOS CABA

UP - UNIVERSIDAD DE PALERMO - FACULTAD DE ARQUITECTURA

SCA - SOCIEDAD CENTRAL DE ARQUITECTOS

FADU-UBA - FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y URBANISMO

Artículo 2°.- Invitase a las entidades mencionadas en el artículo 1° de la presente

resolución a designar los representantes respectivos.

Artículo 3°.- El Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental podrá invitar a otras

entidades que se encuentren comprendidas en lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley

N° 71 y cuya participación estime de interés.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para

su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría de Planeamiento y remítase al

Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental para la notificación de las entidades

mencionadas en el artículo 1°. Cumplido, archívese. Moccia

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 679 - MDYTTGC - 16, modifica la integración de la Comisión Asesora Permanente Honoraria del COnsejo del Plan Urbano Ambiental, que fuera constituida previamente por Resolución 1662-SIYP-05.</p>