RESOLUCIÓN 470 2016 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
PRORROGA PLAZO - RESOLUCIÓN 405-AGIP-16 - TÉRMINO DE REGISTRACIÓN - HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2016 - DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO - EFECTOS - 1 DE NOVIEMBRE - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Publicación:
03/10/2016
Sanción:
30/09/2016
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO:
405/AGIP/16 Y EL EXPEDIENTE N° 2016-22431298-MGEYA-AGIP Y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 22 del Código Fiscal vigente (t.o. Decreto N° 289/16) estableció que la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos gestiona, administra y controla la
totalidad del proceso informático que requiere el domicilio fiscal electrónico, conforme
los alcances y modalidades determinadas por el Código Fiscal y sus
reglamentaciones;
Que la Resolución N° 405/AGIP/2016 implementó el domicilio fiscal electrónico;
Que resulta necesario prorrogar el plazo por medio del cual se considerará efectuada
en término la registración prevista en el artículo 4° de la Resolución N°
405/AGIP/2016;
Que la Dirección General Legal y Técnica de esta Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos ha tomado la debida intervención.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 31 de octubre de 2016, el plazo establecido en el
artículo 15 de la Resolución N° 405/AGIP/2016, por medio del cual se considerará
efectuada en término la registración prevista en el artículo 4° de la Resolución N°
405/AGIP/2016.
Artículo 2°.- Prorrógase a partir del 1 de noviembre de 2016 el plazo establecido en el
artículo 17 de la Resolución N° 405/AGIP/2016 a partir del cual producirá efectos el
domicilio fiscal electrónico.
Artículo 3°.-. Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a todas las áreas dependientes
de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese.
Ballotta