RESOLUCIÓN 257 2016 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Síntesis:

APRUEBA - REGLAMENTO DE JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIAS DE AGENTES - AFECCIONES COMUNES Y AFECCIONES DE TRATAMIENTO PROLONGADO - ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS - PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE Y NO PERMANENTE - EMPLEADOS - LICENCIAS COMUNES - TRATAMIENTO PROLONGADO - ENFERMEDAD DE FAMILIARES - PROCEDIMIENTO

Publicación:

12/10/2016

Sanción:

06/10/2016

Organismo:

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS


VISTO:

el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, las Leyes N° 210, las Resoluciones del

Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires N° 84/2003 y su modificatoria 104/2010, el Acta de Directorio N° 640 del 27 de

septiembre de 2016, Expediente N° 4404/EURSPCABA/2016, y

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó al Ente Único Regulador de los

Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería

jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;

Que, mediante la Ley N° 210 se reglamentó su constitución estableciendo el art. 11

inc. b) como función del Directorio, entre otras cosas, la de reglamentar su

funcionamiento;

Que, la Resolución N° 84/ERSP/2003 aprueba el Estatuto del Personal del Ente Único

Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde

se encuentran taxativamente establecidos los derechos y obligaciones del personal

permanente y no permanente del Organismo;

Que, el Régimen de Licencias dispuesto por el Estatuto del Personal se limita a

delimitar la cantidad de días de licencia que corresponde a los agentes por afecciones

comunes y de largo tratamiento, sin definir específicamente la forma de calificación de

una u otra licencia;

Que, en el art. 41 del Estatuto se dispone que el agente "...tiene hasta 45 días corridos

por año calendario, en forma continua o discontinua, con percepción íntegra de

haberes por afecciones comunes de corto tratamiento";

Que, por su parte, según el art. 42 el agente tiene 2 años de licencia con percepción

íntegra de haberes, por enfermedad que requiera de un tratamiento prolongado.;

Que, por último, el art. 43 dispone que el personal dispone de 25 días corridos anuales

por enfermedad o accidente de integrantes del grupo familiar;

Que, resulta necesario establecer un procedimiento objetivo y definido para garantizar

los derechos y obligaciones del personal del ERSP establecidos en el Estatuto de

Personal del Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, atento a las actuales necesidades del Organismo sobre la materia, la Gerencia

de Administración en conjunto con la Unidad Legal y Técnica han elaborado una

propuesta para reglamentar el procedimiento de justificación de inasistencias de los

agentes del ERSP por afecciones comunes y afecciones de tratamiento prolongado;

Que la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello,

EL DIRECTORIO

DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de Justificación de Inasistencias de los agentes

del Ente Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

por Afecciones Comunes y Afecciones de Tratamiento Prolongado, que como Anexo

forma parte de la presente resolución, el que será de aplicación a partir del 1° de

noviembre de 2016.

Artículo 2°.- Notifíquese la presente a través de la Gerencia de Administración a todo

el personal del Organismo.

Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Gerencia de Administración, a la Asesoría Legal y a la Unidad Legal

y Técnica. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack - Lauría


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4984

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 257 - ERSP - 16 aprueba el Reglamento de Justificación de Inasistencias de los agentes, previstas en el Estatuto del Personal, aprobado por Resolución 84-ERSP-03.</p>