RESOLUCIÓN 437 2016 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
CREACIÓN DEL PROGRAMA RECUPERACIÓN DE ESPACIOS COMUNITARIOS - PUESTA EN VALOR LOS ESPACIOS PÚBLICOS COMUNALES - DESCENTRALIZACIÓN - COMUNAS - MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO POR APLICACIÓN DE LA LEY 1777 - DELEGACIÓN DE FACULTADES - SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN
Publicación:
12/10/2016
Sanción:
06/10/2016
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO:
La Ley N° 5460, el Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios, el Expediente
Electrónico N° 21795157/SECDES/16, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires creándose la Jefatura de Gabinete de
Ministros, disponiendo en su artículo 16 inc 12 que cuenta entre sus competencias con
la de diseñar e implementar políticas de descentralización y modelos de gestión que
optimicen la calidad de los servicios a los ciudadanos, en coordinación con las aéreas
competentes;
Que asimismo en su el inc 16 del mencionado artículo se estipula que entiende en el
diseño de las políticas tendientes a mantener el espacio público por aplicación de la
Ley 1777;
Que el Decreto N° 363/15, y sus modificatorios, aprobó la estructura orgánico funcional
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como asi también los objetivos
y responsabilidades primarias de las Unidades de Organización integrantes del Poder
Ejecutivo;
Que en ese marco se creó la Secretaría de Descentralización dependiente de esta
Jefatura de Gabinete de Ministros, cuyas responsabilidades primarias son planificar y
contratar obras públicas, proyectos y planes de impacto comunal en coordinación con
las áreas competentes y de forma concurrente con las comunas y asistir a las
comunas en la ejecución de trabajos de mantenimiento urbano y de los espacios
verdes, entre otras;
Que se ha verificado en diversas comunas de esta ciudad y gracias a la participación
de la comunidad, la necesidad de recuperar diversos espacios públicos comunales,
con el fin de lograr su puesta en valor y transmitir a la ciudadanía la importancia de su
cuidado;
Que en virtud de ello, resulta necesaria la implementación de acciones concretas
tendientes a la recuperación y mantenimiento de dichos espacios para el disfrute de la
comunidad;
Que a efectos de llevar a cabo las acciones mencionadas se estima oportuno crear un
Programa denominado "Recuperación de Espacios Comunitarios" destinado a
contribuir en lo concerniente a la recuperación del espacio público, su mantenimiento y
mejora, con la participación de organizaciones de la sociedad civil, en el entendimiento
de su preponderante rol en el proceso de desarrollo social;
Que asimismo y a los fines de su desarrollo e implementación resulta conveniente
facultar al titular de la Secretaría de Descentralización a dictar las normas
complementarias y aclaratorias necesarias y a suscribir los instrumentos pertinentes;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención de su
competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°- Créase el "Programa Recuperación de Espacios Comunitarios", en el
ámbito de la Secretaría de Descentralización dependiente de esta Jefatura de
Gabinete de Ministros, con el objeto de recuperar y poner en valor los espacios
públicos comunales.
Artículo 2°- Delégase en el titular de la Secretaría de Descentralización la facultad de
dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias a los fines de
desarrollar el programa creado por el artículo 1° de la presente, autorizándolo a
suscribir los documentos y actas de colaboración con organizaciones de la sociedad
civil.
Artículo 3°- Dejase establecido que la creación del Programa indicado en el artículo 1,
cuenta con el respaldo presupuestario necesario.
Artículo 4°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, pase
a la Secretaría de Descentralización. Cumplido, archívese. Miguel