RESOLUCIÓN 58 2021 SECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y GESTION COMUNAL

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 173-SECAYGC/18 - SE APRUEBAN FORMULARIOS PARA LAS INTERVENCIONES EN MATERIA DE RECUPERO Y PUESTA EN VALOR DE LOS ESPACIOS COMUNITARIOS INVOLUCRADOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA RECUPERACIÓN DE ESPACIOS COMUNITARIOS - ESPACIOS PÚBLICOS COMUNALES -  COMUNAS - MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO 

Publicación:

07/04/2021

Sanción:

06/04/2021

Organismo:

SECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y GESTION COMUNAL

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos N° 329/17, N° 463/19 y N° 26/21, las

Resoluciones N° 437- MJGGC/16, N° 313-SECDES/16 y N° 173-SECAYGC/18, y el

Expediente Electrónico N° EX-2021- 10257560-GCABA-DGEVYA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 437-MJGGC/16 se creó el "Programa Recuperación de

Espacios Comunitarios" en el ámbito de la entonces Secretaría de Descentralización

de la Jefatura de Gabinete de Ministros, con el objeto de recuperar y poner en valor

diversos espacios públicos comunales, a los efectos de transmitir a la ciudadanía la

importancia de su cuidado;

Que asimismo, dicha norma facultó al titular de la ex Secretaría de Descentralización a

dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias a los fines de

desarrollar el citado Programa, autorizándolo a subscribir actas de colaboración con

organizaciones de la sociedad civil;

Que en este sentido, mediante Resolución N° 313-SECDES/16, se aprobaron los

modelos de acta de colaboración y de declaración jurada a fin de implementar el citado

"Programa Recuperación de Espacios Comunitarios";

Que dentro de las principales motivaciones de este Programa, se establece la

necesidad de recuperar diversos espacios públicos comunales, con el fin de lograr su

puesta en valor y transmitir a la ciudadanía la importancia de su cuidado, a partir de la

implementación de acciones concretas tendientes a la recuperación y el

mantenimiento de dichos espacios para el disfrute de la comunidad;

Que en este marco, las organizaciones de la sociedad civil constituyen un eficaz

instrumento de desarrollo cuyos objetivos de promoción social y económica coinciden

con el fin de bien común que preside la acción del Estado;

Que a su vez, en razón de su naturaleza de organización social, estas ocupan un

espacio geográfico común y de cercanía en el que despliegan su actividad, por lo que

funcionan en estrecha relación con este, permitiendo brindar soluciones mas ajustadas

a las particularidades de cada espacio público comunal;

Que a través de la Resolución N° 173-SECAYGC/2018, se dejó sin efecto la

Resolución N° 313-SECDES/16 y se aprobaron nuevos modelos de acta de

colaboración y de declaración jurada tendientes a implementar el "Programa

Recuperación de Espacios Comunitarios" en una primera instancia a través de la

puesta en valor de los mismos;

Que con el objeto de mejorar y continuar con la implementación del Programa en

cuestión, resulta conveniente aprobar nuevos modelos de actas de colaboración y

declaración jurada a fin de contemplar las diversas intervenciones en materia de

recupero, puesta en valor, mantenimiento, conservación y limpieza de los espacios

involucrados correspondientes al procedimiento de ejecución de aquellos proyectos a

realizar por dichas Organizaciones de la Sociedad Civil;

Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

a la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo a la Secretaría de Atención

Ciudadana y Gestión Comunal como dependiente de la Jefatura de Gabinete de

Ministros;

Que mediante Decreto N° 26-AJG/21, se modificó, a partir del 1 de enero de 2021, la

estructura orgánico funcional de la Jefatura de Gabinete de Ministros, estableciendo

entre las responsabilidades de la Secretaria de Atención Ciudadana y Gestión

Comunal, las de "entender en el diseño de políticas tendientes a mantener el espacio

público comunal, a partir de la aplicación de la Ley N° 1.777" y "entender en el

mantenimiento integral de los espacios verdes y el arbolado público en el ejido de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que mediante Informe N° IF-2021-10541773-GCABA-SECACGC, se ha expedido la

Gerencia Operativa Administrativa y Legal de esta Secretaría, la cual no ha

encontrado óbices de índole legal o procedimental para proceder a la suscripción de la

presente;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN COMUNAL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 173-SECAYGC/2018.

Artículo 2°.- Apruébanse los modelos de ACTA ACUERDO y DECLARACIÓN

JURADA que como Anexos I (IF-2021- 10546824-GCABA-SECACGC) y II (IF-2021-

10547249-GCABA-SECACGC) forman parte integrante de la presente Resolución,

tendientes a regular las intervenciones en materia de recupero y puesta en valor de los

espacios comunitarios involucrados en el marco del "Programa Recuperación de

Espacios Comunitarios", creado por Resolución N° 437-MJGGC/16.

Artículo 3°.- Apruébanse los modelos de ACTA ACUERDO y DECLARACIÓN

JURADA que como Anexos III (IF-2021-10547695-GCABA-SECACGC) y IV (IF-2021-

10547797-GCABA-SECACGC) forman parte integrante de la presente Resolución,

tendientes a regular las intervenciones en materia de mantenimiento, conservación y

limpieza de los espacios involucrados en el marco del "Programa Recuperación de

Espacios Comunitarios", creado por Resolución N° 437-MJGGC/16.

Artículo 4°.- Encomiéndase en la Dirección General de Espacios Verdes y Arbolado de

la Subsecretaria de Gestión Comunal, o la que en el futuro la reemplace, la

supervisión técnica, certificación y aprobación de las tareas correspondientes a los

acuerdos celebrados en el marco de lo resuelto en el artículo Tercero de la presente.

Artículo 5°.- El beneficio que percibirán las Organizaciones de la Sociedad Civil, cuyos

proyectos resulten aprobados consiste en un aporte no reembolsable.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Coordinación de Contrataciones y Administración

de la Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa de la Jefatura de

Gabinete de Ministros y a la Dirección General Contaduría de la Subsecretaría de

Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Carrillo


ANEXOS

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 403-SECACGC/21 deroga la Resolución N° 58-SECACGC/21.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 128-SECACGC/21 <strong>(DEROGADA)</strong> rectifíca el Artículo 2° de la Resolución 58-SECACGC/21.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 2 de la Resolución 58-SECACGC/21 aprueba los modelos de ACTA ACUERDO y DECLARACIÓN JURADA, en el marco del Programa Recuperación de Espacios Comunitarios, creado por Resolución  437-MJGGC/16.</p><p>Art. 3 aprueba modelos de ACTA ACUERDO y DECLARACIÓN JURADA. </p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 58-SECACGC/21 deja sin efecto la Resolución 173-SECAYGC/18.</p>