RESOLUCIÓN 524 2016 SUBSECRETARÍA TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
INCORPORA DISEÑO DE DESPERTADOR PARA BICICLETAS - SISTEMA MODULAR ENCASTRABLE - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - MATERIALES - MEDIDAS - SUJECIÓN - COLOCACIÓN - DESPERTADORES - DE LA INFRAESTRUCTURA - SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE BICICLETA
Publicación:
12/10/2016
Sanción:
04/10/2016
Organismo:
SUBSECRETARÍA TRÁNSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
Los Expedientes N° EX-2015-27079417-MGEYA-DGTYTRA y EX-2016-18539986-
MGEYA-DGTYTRA y las Leyes Nros. 2.148 y 2.856, y
CONSIDERANDO:
Que el Código de Tránsito y Transporte procura la utilización adecuada y segura de la
vía pública, en un marco de respeto mutuo, propendiendo a la preservación del medio
ambiente y a la eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas;
Que el Capítulo IV "De la infraestructura" del Sistema de Transporte Público de
Bicicleta determina que se debe garantizar una infraestructura mínima, adecuada y
segura para el buen funcionamiento de ese medio de transporte;
Que el progreso y el dinamismo del tránsito propiciaron el uso de nuevos sistemas y
productos relativos a reductores de velocidad, despertadores, barras vibradoras, entre
otros;
Que se ha comprobado que el diseño de módulos de P.V.C. flexible, encastrables
entre sí, con reflectivos en ambas caras del reductor y de color blanco, que no superen
los CINCUENTA CENTÍMETROS (50 cm) de largo y con altura de DOS CON
CINCUENTA CENTÍMETROS (2,50 cm), base de DOCE CENTÍMETROS (12 cm) de
ancho y ángulo de elevación de TREINTA GRADOS (30°), resulta compatible con los
requerimientos normativos y estándares de seguridad;
Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo por el cual se incorpore
el diseño de despertador en las vías para bicicletas según las especificaciones que se
indican.
Por ello y en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Se incorpora como diseño de "despertador" para bicicletas, al sistema
modular encastrable, cuyas características se detallan a continuación:
MATERIALES: Módulo de P.V.C. flexible, encastrables entre sí. REFLECTIVOS:
Estarán en ambas caras del reductor y serán de color blanco.
MEDIDAS: No superarán los 50 cm de largo y se presentarán las siguientes
dimensiones, altura 2,5 cm, base de 12 cm de ancho y ángulo de elevación de 30°.
SUJECIÓN: Se utilizarán dos clavos de fijación especiales o brocas de fijación con su
respectivo bulón y arandela. En la superficie inferior se empleará un adhesivo de
contacto en toda la superficie.
COLOCACIÓN: Podrán colocarse en una misma vía hasta cinco (5) tiras de
"despertadores", en cuyo caso estarán separados no menos de cincuenta (50) cm.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Secretaria de Transporte, a la Policía Federal Argentina, a la
Subsecretaría de Movilidad Sustentable, a las Direcciones Generales de Tránsito y
Transporte, Movilidad Saludable, Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y
Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de Planeamiento y Ordenamiento del
Tránsito y de Señalamiento Vial. Cumplido, archívese. Terrile