RESOLUCIÓN 187 2016 SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR

Síntesis:

CONVOCATORIA A EMPRESAS DEL DISTRITO TECNOLÓGICO - PARTICIPACIÓN - CONCURSO INCUBA TECNOLÓGICO - BASES Y CONDICIONES - FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS - SELECCIÓN DE EMPRESAS -  SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL EMPRENDEDORES - UNIDAD EJECUTORA -  EMPRESAS CON BASE TECNOLÓGICA CON OFICINA EN EL DISTRITO TECNOLÓGICO

Publicación:

13/10/2016

Sanción:

07/10/2016

Organismo:

SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR


VISTO:

La Ley N° 5.460, los Decretos Nros. 2/GCBA/10, 363/ GCBA /15, 141/ GCBA /16 y sus

modificatorios, la Resolución N° 425/GCABA/MDEGC/2012 y el Expediente

Electrónico N° 2016-19869460-DGEMPR, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología;

Que, el Decreto 141/GCBA/16 modificó la denominación de la Subsecretaría de

Economía Creativa, dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología, la cual pasó a denominarse Subsecretaría Economía Creativa y Comercio

Exterior, determinando entre sus responsabilidades primarias la de "Entender en los

planes, programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, propiciando su internacionalización";

Que a través del Decreto N° 2/GCBA/10 se creó en el ámbito del entonces Ministerio

de Desarrollo Económico el Concurso IncuBA, con el objetivo de generar, incentivar y

fortalecer la creación y el desarrollo de proyectos relacionados con el diseño y la

creatividad;

Que el artículo 4° de la referida normativa estableció que dicho Ministerio tiene la

facultad de designar a la Autoridad de Aplicación en atención a su estructura orgánico

- funcional, y de aprobar los pliegos de Bases y Condiciones que establezcan las

condiciones, etapas y procedimiento del Concurso;

Que por la Resolución N°425/MDEGC/12, se designó a la entonces Subsecretaría de

Desarrollo Económico, hoy Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior,

dependiente del actual Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, como

Autoridad de Aplicación del Concurso IncuBA;

Que la Dirección General de Emprendedores, dependiente de la Subsecretaría de

Economía Creativa y Comercio Exterior, tiene entre sus responsabilidades primarias la

de "Promover la creación y consolidación de nuevas empresas en la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, a través de su incubación física en el ámbito de la Ciudad;

Que, dado el éxito que ha tenido lugar en las diferentes ediciones del concurso

"INCUBA", es que se propicia llevar a cabo una nueva edición de dicho concurso,

convocando emprendedores del sector tecnológico;

Que, con la finalidad de llevar a cabo los objetivos propuestos por esta Subsecretaría

resulta necesario convocar a empresas del ecosistema emprendedor, con

antecedentes y capacidades técnicas con el objetivo de continuar fortaleciendo un

programa de capacitación que brinde a los emprendedores herramientas esenciales

para el desarrollo de habilidades emprendedoras: metodologías ágiles para la

resolución de problemas y habilidades interpersonales;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención de conformidad con lo establecido en la ley 1.218 (texto consolidado por

Ley 5454).

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARIA ECONOMIA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR

RESUELVE

Artículo 1°.- Convócase a empresas del Distrito Tecnológico de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, a participar del concurso "IncuBA Tecnológico", en el marco del

Decreto N° 2/GCABA/10 y la Resolución N° 425/MDE/12.

Artículo 2°- Apruébanse las bases y condiciones del presente concurso que se

identifican como, Anexo I "Bases y Condiciones" (IF-2016-22950459-SSECYCE);

Anexo II "Formulario de Presentación de Propuesta" (IF- 2016- 22882004-SSECYCE);

Anexo III "Declaración Jurada" (IF-2016-22882114-SSECYCE); Anexo IV "Acta

Acuerdo" (IF-2016-22882149-SSECYCE).

Artículo 3°.- Establécese que todas las presentaciones de las empresas interesadas

en ser sedes del programa IncuBA Tecnológico, deberán realizarse a través del

aplicativo para presentación de proyectosonline a través de

http://www.buenosaires.gob.ar/innovacion/emprendedores/incuba-tecnologico,

ingresando a la sección correspondiente al programa, de acuerdo a lo estipulado en la

presente Resolución, desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad

de Buenos Aires, hasta las 23:59 horas del día miércoles 16 de Noviembre de 2016.

Artículo 4°.- Establécese que las presentaciones que deban realizarse, de acuerdo a la

metodología del concurso, podrán realizarse en la Mesa de Entradas de la Dirección

General de Emprendedores, sita en la calle Algarrobo N° 1041 de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, en el horario de 11 a 15 hs.

Artículo 5°.- Establécese que se seleccionarán hasta 20 empresas, cantidad que podrá

ser ampliada por esta Autoridad de Aplicación en función de las propuestas recibidas y

las necesidades del Programa; las cuales deberán poner a disposición de los

emprendedores infraestructura física y tecnológica para llevar a cabo las actividades

previstas en el Programa "IncuBA Tecnológico".

Artículo 6°.- Determínase que esta Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio

Exterior, en su carácter de Autoridad de Aplicación, tendrá a su cargo:

a) Seleccionar los inmuebles que funcionarán como sedes para el Programa "Incuba

Tecnológico".

b) Resolver cuestiones no previstas en las Bases y Condiciones.

c) Suscribir la "Carta Compromiso" con los propietarios de los inmuebles elegidos.

d) Resolver y/o rescindir y/o modificar las condiciones pactadas con quienes resulten

beneficiarios, en caso de incumplimiento de los mismos, a propuesta de la Unidad

Ejecutora.

Artículo 7°.- Desígnase a la Dirección General Emprendedores como Unidad Ejecutora

del presente Programa, la cual tendrá a su cargo:

a) Verificar el cumplimiento de los objetivos del Concurso y del Programa.

b) Elevar a consideración de la Autoridad de Aplicación un informe con aquellos

inmuebles que cumplan con los requisitos detallados en las Bases y Condiciones que

sean aptos para ser utilizados como sedes.

c) Rechazar la presentación de aquellas empresas que desarrollen una actividad que

no cumpla con los objetivos y condiciones establecidos en las Bases y Condiciones.

d) Ejercer el control sobre el cumplimiento de las obligaciones que las empresas

asuman en las actas acuerdo.

e) Informar a la Autoridad de Aplicación sobre el seguimiento del concurso y del

programa, conforme las Bases y Condiciones que como Anexo I forman parte de esta

Resolución.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Emprendedores

dependiente de esta Subsecretaría y a la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese.

Torres Carbonel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4985

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 5 de la Resolución 189-SSECYCE-16 establece que los emprendimientos que sean aprobados serán incubados en las empresas del Distrito Tecnológico que resulten seleccionadas en la convocatoria de sedes realizada a través de la Resolución 187-SSECYCE-16.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 225-SSECYCE-16, reabre el plazo de recepción de las solicitudes para las empresas del<br />Distrito Tecnológico, interesadas en ser sedes del Concurso IncuBA Tecnológico, convocado por Resolución N° 187-SSECYCE-16.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art 1 de la Resolución 235-SSECYCE-16 prorroga el plazo de recepción de solicitudes en el marco del concurso IncuBA Tecnológico, convocado por Resolución 187-SSECYCE-2016.</p>