RESOLUCIÓN 189 2016 SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR

Síntesis:

CONVOCATORIA - PARTICIPACIÓN - CONCURSO INCUBA TECNOLÓGICO - BASES Y CONDICIONES - FORMULARIOS DE INSCRIPCIÓN - EMPRENDEDORES - REGLAMENTO MARCO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE INCUBACIÓN DE EMPRENDIMIENTOS DE NEGOCIOS BASADOS INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA - DIRECCIÓN GENERAL EMPRENDEDORES - UNIDAD EJECUTORA - SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR - TAD - TRAMITACIÓN A DISTANCIA

Publicación:

18/10/2016

Sanción:

07/10/2016

Organismo:

SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR


VISTO:

La Ley N° 5.460, los Decretos Nros. 2/GCBA/10, 363/ GCBA /15, 141/ GCBA /16 y sus

modificatorios, la Resolución N° 425/GCABA/MDEGC/2012, Resolución 187-

SSECYCE-2016 y el Expediente Electrónico N° EX-2016-20351262- -MGEYA-

DGEMPR, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología;

Que, el Decreto 141/GCBA/16 modificó la denominación de la Subsecretaría de

Economía Creativa del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, la cual

pasó a denominarse Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior,

determinando entre sus responsabilidades primarias la de "Entender en los planes,

programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, propiciando su internacionalización";

Que a través del Decreto N° 2/ GCBA /10 se creó en el ámbito del entonces Ministerio

de Desarrollo Económico el Concurso IncuBA, con el objetivo de generar, incentivar y

fortalecer la creación y el desarrollo de proyectos relacionados con el diseño y la

creatividad;

Que el artículo 4° de la referida normativa estableció que dicho Ministerio tiene la

facultad de designar a la Autoridad de Aplicación en atención a su estructura orgánico

- funcional, y de aprobar los pliegos de Bases y Condiciones que establezcan las

condiciones, etapas y procedimiento del Concurso;

Que por la Resolución N°425/MDEGC/12, se designó a la entonces Subsecretaría de

Desarrollo Económico, hoy Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior,

dependiente del actual Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, como

Autoridad de Aplicación del Concurso IncuBA;

Que la Dirección General de Emprendedores, dependiente de la Subsecretaría de

Economía Creativa y Comercio Exterior, tiene entre sus responsabilidades primarias la

de "Promover la creación y consolidación de nuevas empresas en la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, a través de su incubación física en el ámbito de la Ciudad;

Que, dado el éxito que ha tenido lugar en las diferentes ediciones del concurso

"INCUBA", es que se propicia llevar a cabo una nueva edición de dicho concurso,

convocando emprendedores del sector tecnológico;

Que, con la finalidad de llevar a cabo los objetivos propuestos por esta Subsecretaría

resulta necesario convocar a empresas del ecosistema emprendedor, con

antecedentes y capacidades técnicas con el objetivo de continuar fortaleciendo un

programa de capacitación que brinde a los emprendedores herramientas esenciales

para el desarrollo de habilidades emprendedoras: metodologías ágiles para la

resolución de problemas y habilidades interpersonales;

Que, con el objetivo de vincular a emprendedores de base tecnológica con empresas

del mismo sector y de promover el fortalecimiento del Distrito Tecnológico;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención de conformidad con lo establecido en la ley 1.218 (texto consolidado por

Ley 5454).

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARIA ECONOMIA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR

RESUELVE

Artículo 1°.- Artículo 1°.- Convócase a emprendedores a participar del concurso

"IncuBA Tecnológico", en el marco del Decreto N° 2/GCABA/10 y la Resolución N°

425/MDE/12.-

Artículo 2°- .- Apruébanse las bases y condiciones del presente concurso que se

identifican como, Anexo I "BASES Y CONDICIONES" IF-2016-22987763-SSECYCE;

Anexo II "FORMULARIO DEL EMPRENDIMIENTO" IF-2016-22880942-SSECYCE;

Anexo III- "DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO O ACTIVIDAD COMERCIAL EN

C.A.B.A. DEL EMPRENDEDOR" IF-2016--SSECYCE; Anexo IV "DECLARACIÓN

JURADA" IF-2016-22881266-SSECYCE; Anexo V "REGLAMENTO MARCO PARA EL

DESARROLLO DEL PROCESO DE INCUBACIÓN DE EMPRENDIMIENTOS DE

NEGOCIOS BASADOS INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA, EN EL MARCO DEL

PROGRAMA "INCUBA TECNOLÓGICO" IF-2016-22881690-SSECYCE; Anexos VI

"ACTA ACUERDO

EMPRENDEDOR-SSECYCE-EMPRESA SEDE" IF-2016-

22881924-SSECYCE;

Artículo 3°.-.Establécese que todas las presentaciones de los emprendimientos

basados en tecnología deberán realizarse a través del aplicativo para presentación de

proyectos online a través de

http://www.buenosaires.gob.ar/innovacion/emprendedores/incuba-tecnologico

ingresando a la sección correspondiente al programa, de acuerdo a lo estipulado en la

presente Resolución, a partir del día jueves 6 de Octubre de 2016 hasta el día lunes 7

de Noviembre de 2016.

"Artículo 4° Establécese que las presentaciones que deban realizarse, de acuerdo a la

metodología del concurso, podrán realizarse en la Mesa de Entradas de la Dirección

General de Emprendedores, sita en la calle Algarrobo N° 1041 de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, en el horario de 11 a 15 hs o a través de la web de Tramitación a

Distancia: http://www.buenosaires.gob.ar/tramites/tad."

Artículo 5°.- Los emprendimientos que sean aprobados serán incubados en las

empresas del Distrito Tecnológico que resulten seleccionadas en la convocatoria de

sedes realizada a través de la Resolución N° 187-SSECYCE-2016.

Artículo 6°.-Determínese que serán seleccionados hasta sesenta (60)

emprendimientos para ser incubados en el marco del presente concurso que, de

acuerdo a la naturaleza del emprendimiento, la Dirección General Emprendedores

recomendará a la Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior, si el

espacio físico asignado a los emprendimiento será de uso exclusivo o compartido.

Artículo 7°.- Determínase que esta Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio

Exterior, en su carácter de Autoridad de Aplicación, tendrá a su cargo:

a) Dictará los actos administrativos pertinentes, de acuerdo a las etapas establecidas

en las Bases y Condiciones del presente concurso, en virtud de la recomendación

realizada por la Unidad Ejecutora.

b) Suscribir el Acta Acuerdo tripartita que como Anexo VI IF-2016-22881924-

SSECYCE forma parte integrante de la presente norma.

c) Resolver cuestiones no previstas en las Bases y Condiciones. Resolver y/o rescindir

y/o modificar las condiciones pactadas con quienes resulten beneficiarios, en caso de

incumplimiento de los mismos, a propuesta de la Unidad Ejecutora.

d) Resolver y/o rescindir y/o modificar las condiciones pactadas con quienes resulten

beneficiarios, en caso de incumplimiento de los mismos, a propuesta de la Unidad

Ejecutora.

Artículo 8°- Desígnase a la Dirección General Emprendedores como Unidad Ejecutora

del presente Programa, la cual tendrá a su cargo:

a) Verificar el cumplimiento de los objetivos del Concurso y del Programa.

b) Realizar un examen sobre la viabilidad de los emprendimientos y/o empresas

presentados, y elevar las recomendaciones pertinentes en cada una de las etapas de

evaluación, y de vinculación entre emprendedores y empresas, a la Autoridad de

Aplicación.

c) Recomendar a la Autoridad de Aplicación, la desestimación de aquellos

emprendimiento y/o empresas que desarrollen una actividad que no cumpla con los

objetivos y condiciones establecidos en las Bases y Condiciones.

d) Ejercer el control sobre el cumplimiento de las obligaciones que los Incubados

asuman en las actas acuerdo.

e) Informar a la Autoridad de Aplicación sobre el seguimiento del concurso y del

programa, conforme las Bases y Condiciones que como Anexo I forman parte de esta

Resolución.

j) Monitorear la actividad de los emprendimientos que resulten seleccionados.

k)

Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y pase para su conocimiento y demás efectos, a la Direcciones General de

Emprendedores dependiente de esta Subsecretaría y a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología.

Cumplido, archívese. Torres Carbonell


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4988

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 5 de la Resolución 189-SSECYCE-16 establece que los emprendimientos que sean aprobados serán incubados en las empresas del Distrito Tecnológico que resulten seleccionadas en la convocatoria de sedes realizada a través de la Resolución 187-SSECYCE-16.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 211-SSECYCE-16, prorroga la recepción de las solicitudes para participar del Concurso<br />IncuBA Tecnológico, convocado por Resolución 189-SSECYCE-16.</p><p>Art. 2, modifica el Cronograma establecido en las Bases y Condiciones que forman parte integrante de la Resolución 189/SSECYCE/2016.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolucion 226-SSECYCE-2016, prorroga la recepción de las solicitudes de Emprendedores para participar del Concurso IncuBA convocado por Resolucion 189-SSECYCE-2016.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 25-DGEMPR-18 autoriza la realización del evento de Cierre de las categorías del concurso Incuba Tecnología, convocado por Resolución 189-SSECYCE-16.</p>