RESOLUCIÓN 189 2016 SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR
Síntesis:
CONVOCATORIA - PARTICIPACIÓN - CONCURSO INCUBA TECNOLÓGICO - BASES Y CONDICIONES - FORMULARIOS DE INSCRIPCIÓN - EMPRENDEDORES - REGLAMENTO MARCO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE INCUBACIÓN DE EMPRENDIMIENTOS DE NEGOCIOS BASADOS INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA - DIRECCIÓN GENERAL EMPRENDEDORES - UNIDAD EJECUTORA - SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR - TAD - TRAMITACIÓN A DISTANCIA
Publicación:
18/10/2016
Sanción:
07/10/2016
Organismo:
SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR
VISTO:
La Ley N° 5.460, los Decretos Nros. 2/GCBA/10, 363/ GCBA /15, 141/ GCBA /16 y sus
modificatorios, la Resolución N° 425/GCABA/MDEGC/2012, Resolución 187-
SSECYCE-2016 y el Expediente Electrónico N° EX-2016-20351262- -MGEYA-
DGEMPR, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Modernización, Innovación y
Tecnología;
Que, el Decreto 141/GCBA/16 modificó la denominación de la Subsecretaría de
Economía Creativa del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, la cual
pasó a denominarse Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior,
determinando entre sus responsabilidades primarias la de "Entender en los planes,
programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, propiciando su internacionalización";
Que a través del Decreto N° 2/ GCBA /10 se creó en el ámbito del entonces Ministerio
de Desarrollo Económico el Concurso IncuBA, con el objetivo de generar, incentivar y
fortalecer la creación y el desarrollo de proyectos relacionados con el diseño y la
creatividad;
Que el artículo 4° de la referida normativa estableció que dicho Ministerio tiene la
facultad de designar a la Autoridad de Aplicación en atención a su estructura orgánico
- funcional, y de aprobar los pliegos de Bases y Condiciones que establezcan las
condiciones, etapas y procedimiento del Concurso;
Que por la Resolución N°425/MDEGC/12, se designó a la entonces Subsecretaría de
Desarrollo Económico, hoy Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior,
dependiente del actual Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, como
Autoridad de Aplicación del Concurso IncuBA;
Que la Dirección General de Emprendedores, dependiente de la Subsecretaría de
Economía Creativa y Comercio Exterior, tiene entre sus responsabilidades primarias la
de "Promover la creación y consolidación de nuevas empresas en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, a través de su incubación física en el ámbito de la Ciudad;
Que, dado el éxito que ha tenido lugar en las diferentes ediciones del concurso
"INCUBA", es que se propicia llevar a cabo una nueva edición de dicho concurso,
convocando emprendedores del sector tecnológico;
Que, con la finalidad de llevar a cabo los objetivos propuestos por esta Subsecretaría
resulta necesario convocar a empresas del ecosistema emprendedor, con
antecedentes y capacidades técnicas con el objetivo de continuar fortaleciendo un
programa de capacitación que brinde a los emprendedores herramientas esenciales
para el desarrollo de habilidades emprendedoras: metodologías ágiles para la
resolución de problemas y habilidades interpersonales;
Que, con el objetivo de vincular a emprendedores de base tecnológica con empresas
del mismo sector y de promover el fortalecimiento del Distrito Tecnológico;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención de conformidad con lo establecido en la ley 1.218 (texto consolidado por
Ley 5454).
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Artículo 1°.- Convócase a emprendedores a participar del concurso
"IncuBA Tecnológico", en el marco del Decreto N° 2/GCABA/10 y la Resolución N°
425/MDE/12.-
Artículo 2°- .- Apruébanse las bases y condiciones del presente concurso que se
identifican como, Anexo I "BASES Y CONDICIONES" IF-2016-22987763-SSECYCE;
Anexo II "FORMULARIO DEL EMPRENDIMIENTO" IF-2016-22880942-SSECYCE;
Anexo III- "DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO O ACTIVIDAD COMERCIAL EN
C.A.B.A. DEL EMPRENDEDOR" IF-2016--SSECYCE; Anexo IV "DECLARACIÓN
JURADA" IF-2016-22881266-SSECYCE; Anexo V "REGLAMENTO MARCO PARA EL
DESARROLLO DEL PROCESO DE INCUBACIÓN DE EMPRENDIMIENTOS DE
NEGOCIOS BASADOS INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA, EN EL MARCO DEL
PROGRAMA "INCUBA TECNOLÓGICO" IF-2016-22881690-SSECYCE; Anexos VI
"ACTA ACUERDO
EMPRENDEDOR-SSECYCE-EMPRESA SEDE" IF-2016-
22881924-SSECYCE;
Artículo 3°.-.Establécese que todas las presentaciones de los emprendimientos
basados en tecnología deberán realizarse a través del aplicativo para presentación de
proyectos online a través de
http://www.buenosaires.gob.ar/innovacion/emprendedores/incuba-tecnologico
ingresando a la sección correspondiente al programa, de acuerdo a lo estipulado en la
presente Resolución, a partir del día jueves 6 de Octubre de 2016 hasta el día lunes 7
de Noviembre de 2016.
"Artículo 4° Establécese que las presentaciones que deban realizarse, de acuerdo a la
metodología del concurso, podrán realizarse en la Mesa de Entradas de la Dirección
General de Emprendedores, sita en la calle Algarrobo N° 1041 de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, en el horario de 11 a 15 hs o a través de la web de Tramitación a
Distancia: http://www.buenosaires.gob.ar/tramites/tad."
Artículo 5°.- Los emprendimientos que sean aprobados serán incubados en las
empresas del Distrito Tecnológico que resulten seleccionadas en la convocatoria de
sedes realizada a través de la Resolución N° 187-SSECYCE-2016.
Artículo 6°.-Determínese que serán seleccionados hasta sesenta (60)
emprendimientos para ser incubados en el marco del presente concurso que, de
acuerdo a la naturaleza del emprendimiento, la Dirección General Emprendedores
recomendará a la Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior, si el
espacio físico asignado a los emprendimiento será de uso exclusivo o compartido.
Artículo 7°.- Determínase que esta Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio
Exterior, en su carácter de Autoridad de Aplicación, tendrá a su cargo:
a) Dictará los actos administrativos pertinentes, de acuerdo a las etapas establecidas
en las Bases y Condiciones del presente concurso, en virtud de la recomendación
realizada por la Unidad Ejecutora.
b) Suscribir el Acta Acuerdo tripartita que como Anexo VI IF-2016-22881924-
SSECYCE forma parte integrante de la presente norma.
c) Resolver cuestiones no previstas en las Bases y Condiciones. Resolver y/o rescindir
y/o modificar las condiciones pactadas con quienes resulten beneficiarios, en caso de
incumplimiento de los mismos, a propuesta de la Unidad Ejecutora.
d) Resolver y/o rescindir y/o modificar las condiciones pactadas con quienes resulten
beneficiarios, en caso de incumplimiento de los mismos, a propuesta de la Unidad
Ejecutora.
Artículo 8°- Desígnase a la Dirección General Emprendedores como Unidad Ejecutora
del presente Programa, la cual tendrá a su cargo:
a) Verificar el cumplimiento de los objetivos del Concurso y del Programa.
b) Realizar un examen sobre la viabilidad de los emprendimientos y/o empresas
presentados, y elevar las recomendaciones pertinentes en cada una de las etapas de
evaluación, y de vinculación entre emprendedores y empresas, a la Autoridad de
Aplicación.
c) Recomendar a la Autoridad de Aplicación, la desestimación de aquellos
emprendimiento y/o empresas que desarrollen una actividad que no cumpla con los
objetivos y condiciones establecidos en las Bases y Condiciones.
d) Ejercer el control sobre el cumplimiento de las obligaciones que los Incubados
asuman en las actas acuerdo.
e) Informar a la Autoridad de Aplicación sobre el seguimiento del concurso y del
programa, conforme las Bases y Condiciones que como Anexo I forman parte de esta
Resolución.
j) Monitorear la actividad de los emprendimientos que resulten seleccionados.
k)
Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y pase para su conocimiento y demás efectos, a la Direcciones General de
Emprendedores dependiente de esta Subsecretaría y a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología.
Cumplido, archívese. Torres Carbonell
ANEXOS