DECRETO 76 1996

Síntesis:

AUTORIZA AL SR. SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS A SUSCRIBIR CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Publicación:

10/09/1996

Sanción:

16/08/1996

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 214-95 y la Nota N° 1.818-SHyF-96, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto 214-95, se instruye a los Señores Secretarios del Departamento Ejecutivo y Organismos dependientes, a abstenerse de celebrar convenios ad referéndum del Señor Intendente Municipal, salvo autorización expresa en contrario;

Que por la referida, actuación, el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas solicita el pedido de autorización al Señor Jefe de Gobierno, para la celebración de diversos Contratos de Locación de Servicios;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 31, Inc. p), de la Ley Orgánica Municipal 19.987 y lo dispuesto por la Cláusula Transitoria -R(TE)- 1/96 dictada por la Honorable Convención de Representantes para el Estatuto Organizativo de la Ciudad de Buenos Aires el día 19 de Julio de 1996;

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Art. 1° - Autorízase al Señor Secretario de Hacienda y Finanzas a suscribir los Contratos de Locación de Servicios, para desempeñarse en áreas de la Secretaria de Hacienda con las personas y en el modo y forma detalladas en los Anexos I y II, que forman en un todo parte del presente.

Art. 2° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría General a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondientes a los montos mensuales de los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Art. 1° presente Decreto.

Art. 3° - A los efectos del cobro, mensualmente deberán adicionarse las certificaciones de servicios correspondientes, las constancias de CUIT y comprobantes de pago del último aporte previsional vencido.

Art. 4° - El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto en vigor.

Art. 5° - El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Contaduría General, de Tesorería y de Administración de Recursos Humanos y comuníquese a la Dirección General de Planificación Presupuestaria. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO I

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

APELLIDO Y NOMBRESDOC. IDENT.DESTINO DE LOS SERVICIOSMONTOFECHA FINALIZAC.
FELDMAN, Jorge LuisDNI 4.513.185Dirección General Administración RR. HH$ 2.500,0031/12/96
LÓPEZ de FERRINO, María C.DNI 10.126.969Dir. Gral. de Capac. Microemp. y Reconv. Lab.$ 2.500,0031/12/96
VINCI de ODINO, Rosa NeliaLC 5.383.278Dirección Gral. de Planificación Presupuestaria$ 2.500,0031/12/96
DUBROVSKY, Jorge FernandoLE 4.443.566Dirección General de Crédito Público$ 4.000,0031/12/96
FARINA, María LauraDNI 11.565.124Dirección General de Crédito Público$ 3.300,0031/12/96
BUGUEIRO, José JulioDNI 4.287.759Dirección Gral. de Rentas y Emp. Inmobiliario$ 2.000,0031/12/96
ALBACETE, Carlos EduardoDNI 5.311.877Dirección Gral. de Rentas y Emp. Inmobiliario$ 2.000,0031/12/96
BALLESTEROS, Eduardo VicenteLE 4.172.043Dirección Gral. de Rentas y Emp. Inmobiliario$ 2.000,0031/12/96
ROSSO LASTRA, César GonzaloLE 4.439.170Dirección Gral. de Rentas y Emp. Inmobiliario$ 2.000,0031/12/96
FERNÁNDEZ, Carlos RicardoDNI 17.852.518Dirección Gral. de Rentas y Emp. Inmobiliario$ 2.000,0031/12/96
FOLICA, Alfredo AntonioLE 4.839.873Dirección Gral. de Rentas y Emp. Inmobiliario$ 2.000,0031/12/96
CASABE, HoracioDNI 11.735.243Dirección Gral. de Rentas y Emp. Inmobiliario$ 2.000,0031/12/96
NASELLO, Héctor RicardoDNI 5.507.751Dirección Gral. de Rentas y Emp. Inmobiliario$ 2.000,0031/12/96
FERREIRA, ManuelLE 4.450.460Dirección General Tesorería$ 3.500,0031/12/96
ALTOMARE, Mateo RosarioLE 4.818.947Dirección General Tesorería$ 1.500,0031/12/96
GUTIÉRREZ GUIRAULT, AlfredoDNI 4.531.546Secretaría de Hacienda y Finanzas$ 5.500,0031/12/96
LAPLAZA, Ana María AlinaDNI 10.746.306Dirección Administración de Bienes$ 3.000,0031/12/96
CANTARELLA, JuanDNI 21.429.347Subsecretaría de Hacienda y Finanzas$ 1.500,0031/12/96
CENZON, Edgardo DavidDNI 22.356.694Subsecretaría de Hacienda y Finanzas$ 1.500,0031/12/96
VILLADEAMIGO, José DomingoLE 4.317.185Dirección General de Planificación Presup.$ 3.000,0031/12/96

ANEXO II

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado en este acto por el Señor ................................, Dr. ................................., en virtud de la autorización conferida mediante Decreto N° , de fecha , con domicilio especial en Av. de Mayo 525, Capital Federal, en adelante EL GOBIERNO, por una parte y, por la otra el señor .................................D.N.I. N° .................................. con domicilio especial en, ................................... en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, el que estará sujeto a las siguientes cláusulas:-----------

PPRIMERA: EL GOBIERNO contrata a EL LOCADOR, sin relación de dependencia, para prestar servicios en ............................................, dependiente de ................................... no dando lugar al nacimiento de relación laboral alguna entre las partes, como tampoco a la realización de aportes previsionales o patronales, o al goce de la Obra Social respectiva, ni a ninguno de los beneficios que genera el empleo en relación de dependencia.------------

SEGUNDA: Las partes convienen como plazo de vigencia del presente, el comprendido entre el ................... y el .....................----------------------------------------------------------------------

TERCERA: EL GOBIERNO abonará a EL LOCADOR en concepto de precio, la suma de PESOS .................................. ($............-), pagadera en .................(..) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS ......................................($.............), las que se harán efectivas dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes vencido.------------------------------------------------

CUARTA: En cualquier momento, EL LOCADOR podrá renunciar al presente Contrato, con la única condición de comunicarlo fehacientemente a EL GOBIERNO, con antelación no menor a treinta (30) días corridos. En tal supuesto, EL LOCADOR sólo tendrá derecho a percibir la parte proporcional a la cuota correspondiente al mes de su desvinculación.-------------------------------------------------------

QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por EL GOBIERNO, sin expresión de causa, previa notificación de EL LOCADOR, y sin que ello genere a favor del mismo otro derecho que el de percibir la parte proporcional de la cuota correspondiente al mes de su desvinculación. ------------------

SEXTA: La inasistencia de EL LOCADOR durante la vigencia del presente contrato dará lugar a considerar extinguido el mismo, siendo atribución de EL GOBIERNO justificar las ausencias y autorizar la continuidad de EL LOCADOR. ---------

SÉPTIMA: Serán válidas las notificaciones que se cursen entre las partes, en los domicilios especiales constituidos. ---

OCTAVA: Para el caso de controversia judicial, las partes se someten a los Tribunales Ordinarios en lo Civil de la Capital Federal, con expresa exclusión de cualquier otro fuero o jurisdicción. ------------------------------------------------------------

Bajo las precedentes condiciones, previa lectura y notificación, suscriben el presente Contrato en la Ciudad de Buenos Aires, a los ....................... (.....) días del mes de .......... de mil novecientos noventa y seis, en cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, tres (3) para EL GOBIERNO y uno (1) para EL LOCADOR.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA