RESOLUCIÓN 13 1996 SECRETARIA DE GOBIERNO

Síntesis:

DEROGA LA RESOLUCIÓN N° 338/SG/95 Y DELEGA EN EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE POLICÍA MUNICIPAL LA FACULTAD DE APLICAR LAS MEDIDAS POR LAS CUALES SE PONEN CLAUSURAS PREVENTIVAS

Publicación:

02/10/1996

Sanción:

25/09/1996

Organismo:

SECRETARIA DE GOBIERNO


Visto el dictado del Decreto N° 215-GCBA-96, por el cual se establece el procedimiento a seguir en los casos que corresponda disponer la clausura de locales, inmuebles, instalaciones, industrias, elementos, actividades en lugares públicos y afines, y

CONSIDERANDO:

Que el Organismo natural de aplicación de clausuras es la Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección General de Policía Municipal;

Que el Secretario de Gobierno según el artículo 15 del Decreto 2.095/94 está facultado para dictar las normas complementarias necesarias y que hagan al normal funcionamiento de las áreas involucradas en el mismo;

Por ello, y de acuerdo a lo establecido en el Decreto número 3.872/77 (A.D. 123.4 - B.M. N° 15.602);

EL SECRETARIO DE GOBIERNO
RESUELVE:

Art. 1° - Derógase la Resolución N° 338-SG-95, y toda otra norma que se oponga a la presente.

Art. 2° - Delégase en el señor Director General de Policía Municipal, la facultad de aplicar las medidas por las cuales se imponen clausuras preventivas a locales, inmuebles, industrias, instalaciones, elementos, actividades en lugares públicos y/o privados, de uso público y afines.

Art. 3° - La Dirección General de Policía Municipal remitirá a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esta Secretaría los proyectos de Resolución o de Decreto correspondientes a las clausuras impuestas de temperamento preventivo o definitivo, los que serán elevados para su ratificación, por la Secretaría de Gobierno o por el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, respectivamente.

Art. 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás fines pase a las Direcciones Generales de Registros y Certificaciones, de Policía Municipal, Administrativa de Infracciones, Técnica Administrativa y Legal, a la Subsecretaría Legal y Técnica y a la Justicia Municipal de Faltas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 2° Art. 2°
MODIFICADA POR
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