DECRETO 684 1999
Síntesis:
CUENCA HÍDRICA MATANZA-RIACHUELO. FACULTA AL SEÑOR SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS A SUSCRIBIR CON EL COMITÉ EJECUTOR DEL PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y MANEJO EL CONVENIO DE PRÉSTAMO SUBSIDIARIO DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO
Publicación:
22/04/1999
Sanción:
09/04/1999
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 46.450-98, y
CONSIDERANDO:
Que el citado expediente trata sobre la Ley de Endeudamiento para la firma del convenio de Préstamo Subsidiario del Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo;
Que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha aprobado la Ley N° 119, promulgada por el Poder Ejecutivo mediante Decreto N° 14 de fecha 4 de enero del año en curso, por la cual se autoriza al Poder Ejecutivo a celebrar con el Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo un convenio de Préstamo Subsidiario del Contrato de Préstamo N° 1.059/OC-AR;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1° Facúltase al señor Secretario de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir, con el Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo, el correspondiente convenio de Préstamo Subsidiario del Contrato de Préstamo N° 1.059/OC-AR el que como Anexo I se acompaña y que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2° El gasto de la presente gestión será imputado en las respectivas partidas de la jurisdicción 30, Secretaría de Producción y Servicios, Programa 19 Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo.
Art. 3° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito y de Hacienda y Finanzas.
Art. 4° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería, de Crédito Público, de Asistencia Financiera y de Planificación Presupuestaria, remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 698/GCBA/96 (B.O. N° 97) y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito, quien deberá remitir copia autenticada del presente convenio a la Dirección General Escribanía General en cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 8.258-87 (AD 221.26).