RESOLUCIÓN 4278 2016 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA TRAYECTOS DE RECONVERSIÓN DOCENTE - NIVEL SECUNDARIO EN ECONOMÍA Y EN FÍSICO QUÍMICA -  MODALIDAD SEMI-PRESENCIAL - NOVIEMBRE 2016 - DICIEMBRE 2017 - EXTIENDE ALCANCES RESOLUCIÓN 2360-MEGC-2013 - CONVOCA A DOCENTES - DIRECCIONES DE EDUCACIÓN - MEDIA - TÉCNICA - ARTÍSTICA - FORMACIÓN DOCENTE - ESPACIOS CURRICULARES DE ECONOMÍA O CONTABILIDAD -  QUÍMICA - TRAYECTO DE RECONVERSIÓN DOCENTE DE NIVEL SECUNDARIO EN ECONOMÍA Y EN FÍSICO QUÍMICA - DOCENTES

Publicación:

09/11/2016

Sanción:

28/10/2016

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO

La Ley de Educación Nacional N° 26.206, las Resoluciones del Consejo Federal de

Educación N° 84/09 y 93/09, la Ordenanza N° 40.593, sus modificaciones y su

reglamentación, la Resolución N° 321-MEGC/15, las Resoluciones N° 2360-MEGC/13

y el Expediente N° 2016-23968330-DGPLEDU, y

CONSIDERANDO

Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 consagra la obligatoriedad de la

educación secundaria y garantiza la revisión de la estructura curricular;

Que las Resoluciones del Consejo Federal de Educación N° 84/09 y 93/09 aprueban

los documentos "Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria

Obligatoria" y "Orientaciones para la Organización Pedagógica e Institucional de la

Educación Obligatoria" respectivamente;

Que a partir de la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 84/09 se establece

que los espacios curriculares Economía y Físico Química se ubican en el tercer año de

la escuela secundaria;

Que los Trayectos de Reconversión para docentes de nivel Secundario en los

espacios curriculares de Economía y Físico Química se fundamentan en la necesidad

de formar a profesores con saberes específicos para el dictado de las mencionadas

asignaturas de tercer año de la Formación General en la Nueva Escuela Secundaria

(NES) aprobada por Resolución N° 321-MEGC/15;

Que por otra parte, se requiere brindar un mecanismo formal que permita a los

docentes en servicio acreditar los conocimientos requeridos para el dictado de dichos

espacios curriculares;

Que según el artículo 77 de la Ordenanza N° 40.593, el perfeccionamiento y la

capacitación docente tendrán el carácter de servicio permanente y su planificación,

seguimiento y evaluación se cumplirán atendiendo las políticas y prioridades que

establezca el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que la Dirección General de Escuela de Maestros ha elaborado el Plan de

Actualización Profesional y Curricular, dentro del cual se inscriben los Trayectos de

Reconversión Docente de Nivel Secundario en Economía y Físico Química,

organizados en base a los cuatro ejes del programa de Economía y Físico Química

definidos por el Diseño Curricular de la Nueva Escuela Secundaria (NES) aprobado

por la Resolución N° 321-MEGC/15;

Que la Resolución N° 2360-MEGC/13 establece las pautas para la reasignación del

personal docente que se desempeña en los establecimientos de educación secundaria

de la Dirección de Educación Media de la Dirección General de Educación de Gestión

Estatal, de las Direcciones de Formación Docente y de Educación Artística de la

Dirección General de Educación Superior;

Que es imperioso en resguardo de los principios de igualdad de derechos frente a las

normas, que la Resolución N° 2360-MEGC/13, se aplique a los bachilleratos

orientados de NES que se dictan en la Escuela Técnica N° 8 "Paula A. de Sarmiento"

y en la Escuela Técnica N° 13 "Ing. José Luis Delpini" que dependen de la Dirección

de Educación Técnica perteneciente a la Dirección General de Gestión Estatal, y que

están comprendidos en los alcances de los procesos de implementación de los nuevos

diseños curriculares aprobados por la Resolución N° 321-MEGC/15.

Que en el contexto descripto resulta necesario dictar el pertinente acto administrativo a

los efectos de establecer el plan de reconversión docente.

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébanse los Trayectos de Reconversión Docente de Nivel Secundario

en Economía y en Físico Química con la modalidad semi-presencial, a dictarse entre

los meses de noviembre de 2016 y diciembre de 2017 y por una única cohorte, según

los fundamentos, objetivos, contenidos, modalidad de cursada, evaluación y

cronograma que figuran en los Anexos I (IF-2016-24291310-DGPLEDU) y II (IF-2016-

24291421- DGPLEDU) respectivamente y que forman parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 2.- Extiéndase los alcances de la Resolución N° 2360-MEGC/2013 a los

docentes que a la fecha forman parte de las plantas funcionales de los bachilleratos

que funcionan en la Escuela Técnica N° 8 "Paula A. de Sarmiento" y Escuela Técnica

N° 13 "Ing. José Luis Delpini" dependientes de la Dirección de Educación Técnica de

la Dirección General de Gestión Estatal, comprendidos en los procesos de

implementación de los nuevos diseños curriculares aprobados por la Resolución N°

321-MEGC/15.

Artículo 3.- Convóquese, mediante comunicación fehaciente, a los docentes

designados con carácter de titular o interino en los establecimientos de las Direcciones

de Educación Media, de Educación Técnica (Bachilleratos NES de la Escuela Técnica

Nro. 8 Paula A. de Sarmiento; Escuela Técnica Nro. 13 Ing. José Luis Delpini), de

Educación Artística y de Formación Docente, que a la fecha dicten los espacios

curriculares de Economía o Contabilidad (o similares según criterios establecidos por

GOC) y Química a realizar el Trayecto de Reconversión Docente de Nivel Secundario

en Economía y en Físico Química respectivamente, conforme nómina que se detalla

en el Anexo III (IF- 2016-23968829-DGPLEDU).

Artículo 4 Establézcase que para enseñar en los espacios curriculares Economía y

Físico Química en las horas y/o cargos en las que están designados actualmente, los

docentes alcanzados por el artículo 3° deben cumplir con el Trayecto de Reconversión

Docente de Nivel Secundario en Economía o Físico Química, prestando conformidad

por escrito. En caso contrario quedará acogido a lo dispuesto por la Resolución N

°2360/MEGC/13.

Artículo 5.- Establézcase que los docentes que, conforme el artículo 4° de la presente,

opten por realizar el citado Trayecto de Reconversión deben iniciarlo y aprobar las

instancias previstas hasta el momento de inicio del ciclo lectivo 2017, en cuyo caso

continuarán con sus horas y/o cargos en forma transitoria hasta tanto cumplimenten el

resto del Trayecto.

Artículo 6.- Encomiéndase a las Direcciones Generales de Educación de Gestión

Estatal y de Educación Superior, para que a través de las Direcciones de Educación

Media, Técnica, Artística y Formación Docente, instruyan a los rectores y secretarios

de los distintos establecimientos educativos de lo establecido en el artículo 5° de la

presente Resolución en lo que respecta a las planillas de impacto de la

implementación 2017 y las declaraciones juradas personales de dichos docentes para

el año 2017.

Artículo 7.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese por copia a las Subsecretarías de Planeamiento e Innovación

Educativa, de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Gestión Económico

Financiera y Administración de Recursos, de Carrera Docente, a las Direcciones

Generales de Coordinación Legal e Institucional, Personal Docente y No Docente, de

Educación de Gestión Estatal, de Educación Superior, de Planeamiento Educativo, de

Escuela de Maestros y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones

de Educación Media, de Educación Técnica, de Educación Artística y Formación

Docente. Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5004

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 2 de la Resolución N° 4278-MEGC-16, extiende os alcances de la Resolución N° 2360-MEGC/2013,  a los<br />docentes que a la fecha forman parte de las plantas funcionales de los bachilleratos que funcionan en la Escuela Técnica N° 8 Paula A. de Sarmiento y Escuela Técnica<br />N° 13 Ing. José Luis Delpini.</p>