RESOLUCIÓN 657 2016 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

PRORROGA PLAZO - RESOLUCIÓN N 421- AGC-16 - TREINTA 30 DÍAS - PLAZO - ARTÍCULO 4 - AMPLÍA REQUISITOS - RESOLUCIÓN 461-AGC-10 - NORMAS COMPLEMENTARIAS -RÉGIMEN ESPECIAL CONDICIONES DE SEGURIDAD EN ACTIVIDADES NOCTURNAS -CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS DIVERSIONES Y ACTOS PÚBLICOS -OTORGAMIENTO DEPERMISOS - PODER DE POLICÍA - RECAUDOS ESPECÍFICOS - SEGURIDAD - PLAN DE ACCIÓN - HIDRATACIÓN GRATUITA -CONTROL TECNOLÓGICO DE ACCESO Y EGRESO DE ASISTENTES -AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - PERMISO ESPECIAL PARA REALIZAR EVENTOS - EVENTOS MASIVOS DE DIVERSIONES PÚBLICAS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS - REGISTRO DE ENTRADA Y SALIDA DEL PÚBLICO - CAPACIDAD MÁXIMA OTORGADA - PANTALLAS - DIVERSIÓN PÚBLICA - ACCESO GRATUITO AL AGUA - GRATIS - BAÑOS - SANITARIOS - DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA 1-05 - OBLIGACIONES - LUGARES BAILABLES - LOCALES DE BAILE - BARES - RESTAURANTES - CLUBES - VIGENCIA ESPECIAL

Publicación:

15/11/2016

Sanción:

09/11/2016

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


VISTO:

La Ley N° 2.624, las Resoluciones N° 421/AGC/16, N° 532/AGC/16 y N° 552/AGC/16,

el Expediente Electrónico N° 25034790--MGEYA-AGC-16 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 421-AGC/16 se modificó el Artículo 5 de la Resolución

N° 461-AGC/10, en lo que respecta a los requisitos exigidos a los fines de otorgar

permisos para la realización de eventos masivos de diversiones públicas y

espectáculos públicos, y se establecieron nuevos requisitos a cumplimentar por parte

de los locales contemplados por el Artículo 1 del DNU N° 1-GCBA/05;

Que en virtud del proyecto de Ley que se encontraba en tratamiento parlamentario en

la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la Resolución N° 532-AGC/16,

confirmada por la Resolución N° 552-AGC/16 se prorrogó por treinta (30) días el plazo

previsto en el Artículo 4 de la Resolución N° 421-AGC/16;

Que en atención a que el referido proyecto fue sancionado por la Legislatura de la

Ciudad de Buenos Aires mediante la Ley N° 5.641, en la cual se establecen requisitos

complementarios y concordantes con los previstos en la Resolución N° 421-AGC/16 y

en consecuencia su eminente reglamentación por esta Agencia Gubernamental de

Control (AGC), resulta necesario prorrogar por treinta (30) días el plazo previsto en el

Artículo 4 de dicha Resolución;

Que conforme a lo establecido en el inciso k) del artículo 6° de la Ley N° 2624, la

Agencia Gubernamental de Control ejercerá las competencias y desempeñará las

funciones que le fueran otorgadas al Jefe de Gobierno y en particular la de aplicar

medidas preventivas y de protección de los ciudadanos, ante la detección de

situaciones de riesgo que puedan afectar la seguridad, salubridad e higiene en las

materias de su competencia.

Por ello, en uso de las facultades previstas en el artículo 6, inciso c), de la Ley N°

2624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE

Artículo 1.- Prorrógase por treinta (30) días el plazo previsto en el Artículo 4 de la

Resolución N° 421-AGC/16, a partir del dictado de la presente.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos a fin de que realice

las notificaciones pertinentes, a la Dirección General de Fiscalización y Control, a la

Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, a la Dirección General de

Seguridad Privada, a la Unidad de Coordinación General y a la Gerencia Operativa de

Control Inspectivo. Cumplido, archívese. Álvarez Dorrego

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolucion 421/AGC/16 Prorroga por treinta (30) días el plazo previsto en el Artículo 4 de la Resolución N° 421-AGC/16</p>