RESOLUCIÓN 33 2003 SECRETARIA JEFE DE GABINETE
Síntesis:
APRUEBA EL MODELO DE ACTA DE ADHESIÓN A SUSCRIBIR POR LA CONTRATISTA, EN EL MARCO DE LA METODOLOGÍA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS, ESTABLECIDA POR RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 9/SHYF-SJG-SOYSP/03, PARA LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA FINANCIADOS POR EL PRÉSTAMO BID N° 1.107/OC-AR A TRAVÉS DEL "PROGRAMA DE APOYO INSTITUCIONAL REFORMA FISCAL Y PLAN DE INVERSIONES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES".
Publicación:
24/03/2003
Sanción:
12/03/2003
Organismo:
SECRETARIA JEFE DE GABINETE
Visto el Decreto N° 70/GCBA/03, la Resolución Conjunta N° 9/SHYF-SJG-SOYSP/03 y el Expediente N° 9.958/2003,y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 70/GCBA/03 se establece que los precios de los contratos de obra pública financiados con el Préstamo BID N° 1.107/OC-AR a través del Programa de Apoyo Institucional Reforma Fiscal y Plan de Inversiones de la Ciudad de Buenos Aires, podrán ser redeterminados, aplicando el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1.295/02 y sus normas modificatorias, en las condiciones, términos y alcances fijados en el citado decreto de este Poder Ejecutivo;
Que a tenor del Art. 2° del mencionado Decreto se dictó la Resolución Conjunta N° 9/SHYF-SJG-SOYSP/03 por la que se estableció la Metodología de Redeterminación de Precios aplicable a los precios de los contratos financiados con los fondos del préstamo citado;
Que en virtud del Art. 9° de la Resolución Conjunta N° 9/SHYF-SJG-SOYSP/03 se dispuso que a fin de aplicar la metodología allí establecida, la contratista debe suscribir, juntamente con el contrato, un acta de adhesión en la que conste el compromiso de iniciar la ejecución de las obras dentro del plazo estipulado en la contratación;
Que en consecuencia corresponde aprobar el modelo de Acta de Adhesión que se propicia como Anexo de la presente Resolución;
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 70/GCBA/2003,
Artículo 1° - Apruébase el modelo de Acta de Adhesión instituida en el Art. 9° de la Resolución Conjunta N° 9/SHYF-SJG-SOYSP/2003, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones General Legal Técnica y Administrativa - Jefe de Gabinete y Técnica Administrativa y Legal de las Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos y para su conocimiento y demás efectos pase a la Unidad Ejecutora Préstamo BID. Cumplido, archívese. Fernández - Fatala - Pesce
ANEXO
ANEXO
ACTA DE ADHESIÓN
Art. 9°: Resolución Conjunta N° 9, Secretarías Jefe de Gabinete - Hacienda y Finanzas - Obras y Servicios Públicos - 2003.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los............................... días del mes de............................ de 2003, se reúnen en representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el Sr.................. ........................DNI N°................................., con domicilio en (Calle, N°, piso, oficina, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante EL COMITENTE, por una parte, y el Sr.............. ........................, DNI N°.................................en representación de la firma......................................con domicilio en (Calle, N°, piso, oficina, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), por la otra parte, en su carácter de contratista de la obra ................................ .............., según contrato aprobado por Resolución N° XXXX en adelante LA CONTRATISTA.
Antecedentes: Que el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 1.295/02 de fecha 19 de julio de 2002, a fin de establecer el mecanismo para proceder a la redeterminación de los precios de los contratos de obras públicas.
Que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) aceptó esta metodología para la redeterminación de los precios de los contratos de las obras financiadas con fondos de sus préstamos.
Que para la aplicación del Decreto N° PEN/1.295/02 a las Obras Públicas financiadas por el BID, el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dictó para este ámbito y para las obras financiadas por el BID a través del préstamo 1.107/OC-AR, el Decreto N ° 70/GCBA/03 a tenor de cuyo Art. 2° se estableció por Resolución Conjunta N° 9 de las Secretarías Jefe de Gabinete, Hacienda y Finanzas y Obras y Servicios Públicos, la Metodología de Redeterminación de Precios aplicable a los precios de los contratos financiados con los fondos del préstamo citado.
Que la presente acta se suscribe a efectos de dar curso a la aplicación de la redeterminación de precios del contrato citado ut supra, de así corresponder, de acuerdo a lo prescripto por la normativa que se menciona.
Por ello se conviene:
Artículo 1°: LA CONTRATISTA adhiere al régimen establecido por el Decreto N° 1.295/PEN/02 y sus modificatorias en las condiciones, términos y alcances fijados por el Decreto N° 70/GCBA/03 y por la Resolución Conjunta N° 9 de las Secretarías Jefe de Gabinete, Hacienda y Finanzas y Obras y Servicios Públicos dictada a tenor de lo prescripto por su Art. 2°; y se compromete a comenzar las obras en un plazo no mayor de...................................(.......) días corridos.
Artículo 2°: A los efectos establecidos por el Art. 6° de la Resolución Conjunta N° 9 citada, se conviene encuadrar el contrato como obra de (Categoría de Obra correspondiente según Art. 6° Resolución Conjunta N° 9); aceptándose expresamente la aplicación de los coeficientes fijados en la estructura de ponderación que se adjunta como Anexo 1 de la presente.
Artículo 3°: LA CONTRATISTA presentará ante EL COMITENTE, el nuevo plan de trabajos, en el plazo de...........................(......) días corridos, a partir de la firma de la presente, para su aprobación por EL COMITENTE.
En caso de no comenzar los trabajos en el plazo indicado en el Art. 1°, LA CONTRATISTA será pasible de las penalidades que correspondan según pliego/contrato, bajo pena de nulidad de lo actuado.
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de la presente.