RESOLUCIÓN 2107 2016 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
ESTABLECE CONDICIONES - RÉGIMEN DE RETIRO VOLUNTARIO CREADO - DECRETO N 547-16 -REQUISITOS - DIRECCIÓN GENERAL MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO COMUNAL - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - DIRECCIÓN GENERAL SERVICIOS Y DEPENDENCIA DEL MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO - ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES - JUSTICIA Y SEGURIDAD - COMPLEJO TEATRAL - PROMOCIÓN CULTURAL - MÚSICA - CULTURA - PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE - EDUCACIÓN - FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - CEMENTERIOS - ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO - DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - CONTADURÍA - HACIENDA - PARQUE DE LA CIUDAD - MODERNIZACIÓN INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA -INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - HACIENDA
Publicación:
25/11/2016
Sanción:
17/11/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
VISTO:
El Decreto N° 547/2016, la Resolución N° 3620/MHGC/2016, y el Expediente N° 2016-
25295114-DGPLYCO, y
CONSIDERANDO:
Que, por el artículo 1° del Decreto N° 547/2016 se creó un régimen de retiro voluntario
que contempla la percepción de un incentivo no remunerativo, para aquellos
trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que reúnan las
condiciones establecidas en dicho acto administrativo;
Que, a través del artículo 1° de la Resolución N° 3620/MHGC/2016 se estableció que
la vigencia del referido régimen será establecida por repartición mediante resolución
emitida por la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, previo análisis de
dotación de dicha área efectuado por la Dirección General de Planificación y Control
Operativo;
Que, de acuerdo al análisis realizado por la Dirección General de Planificación y
Control Operativo mediante el IF-2016-25438898-DGPLYCO no se presentan
objeciones, desde el punto de vista de la dotación, para la implementación del régimen
de retiro voluntario en las reparticiones allí mencionadas.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución N°
3620/MHGH/2016,
Artículo 1°.- El régimen de retiro voluntario creado por el Decreto N° 547/2016 tendrá
vigencia en las reparticiones mencionadas en el IF-2016-25478305-SSGRH que como
Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución, desde la publicación del
presente acto administrativo en el Boletín Oficial y hasta el 28/02/2017.
Artículo 2°.- Los requisitos previstos en el artículo 3° del Decreto N° 547/2016 deberán
cumplirse durante el plazo mencionado en el artículo 1° de la presente resolución. Los
agentes que durante ese plazo alcanzaren los requisitos para obtener un beneficio
jubilatorio podrán adherir al régimen de incentivo hasta la notificación de la intimación
que se practique en los términos del artículo 66 de la Ley N° 471 (Texto consolidado
según Ley N° 5.454). No podrán adherir los agentes que hubieran cumplido los
requisitos para la intimación antes de la publicación de la presente en el Boletín Oficial.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento y demás efectos
comuníquese a la Dirección General Mantenimiento del Espacio Público Comunal de
la Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General Servicios y Dependencia
del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a la Dirección General Administración
de Infracciones del Ministerio de Justicia y Seguridad, al Complejo Teatral Ciudad de
Buenos Aires, a la Dirección General Promoción Cultural y a la Dirección General de
Música dependientes del Ministerio de Cultura, a la Dirección General Personal
Docente y No Docente del Ministerio de Educación, a la Dirección General
Fiscalización y Control de la Agencia Gubernamental de Control, a la Dirección
General Cementerios y a la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público,
dependientes del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, a la Dirección General
Contaduría del Ministerio de Hacienda, al Parque de la Ciudad del Ministerio de
Modernización Innovación y Tecnología, y a la Dirección General Interpretación
Urbanística del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, pase a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda. Cumplido
archívese. Domeniconi
ANEXOS