RESOLUCIÓN 65 2003 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

DECLARA FRACASADA LA LICITACIÓN PRIVADA N° 21/02 PARA LA PROVISIÓN DE ARTÍCULOS DE LIBRERÍA

Publicación:

26/03/2003

Sanción:

04/03/2003

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


Visto el Expediente N° 284/2002 por el que tramitó la Licitación Privada N° 21/2002 para el suministro de artículos de librería destinados a las dependencias bajo la administración de ese Consejo de la Magistratura, autorizada por Resolución de Presidencia N° 36/2002 de fs. 12/13, y

CONSIDERANDO:

Que conforme surge de las actuaciones compulsadas a fs. 15 a 27, se invitó a once empresas, de las cuales solamente una presentó oferta, como consta en el acta labrada al efecto y que luce a fs. 28 a 30. Sobre éstas recayó Dictamen N° 32 de la Comisión de Preadjudicaciones de fs. 84 y 85, señalando las razones que determinan la inadmisibilidad de la oferta en cuestión;

Que de la documentación presentada en la oferta no resulta el carácter de apoderado que invoca quien firma la misma;

Que el informe técnico jurídico de fs. 91, destaca vicios en la garantía de la oferta presentada por la empresa, por la irregularidad en el aval presentado por la oferente. En efecto, la presente propuesta no cumple los requisitos del aval de los pagarés establecidos por el Art. 33 del Decreto N° 5.965/63, por lo que descalifica a aquella;

Que al no haberse presentado ofertas admisibles y atento el informe producido por la Intervención en la Dirección General de Ejecución Presupuestaria (Nota N° 127), corresponde declarar fracasada la Licitación Privada N° 21/02;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 31 y la Resolución CM N° 29/99,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° - Declárese fracasada por inadmisibilidad de la oferta presentada, la Licitación Privada N° 21/02 para la provisión de artículos de librería para dependencias bajo administración del Consejo.

Artículo 2° - Regístrese y comuníquese a la Dirección General de Ejecución Presupuestaria. Castorino - May Zubiría - De Stefano - Iráizoz - Fleitas Ortiz de Rozas - Marsili

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