RESOLUCIÓN 503 2016 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD

Síntesis:

ORDENA APLICACIÓN TRANSITORIA - TRAMITACIÓN DE PEDIDOS DE FONDOS - PAGOS JUDICIALES - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD 

Publicación:

30/11/2016

Sanción:

23/11/2016

Organismo:

F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD


VISTO:

Las leyes N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.454) y N° 3.304 (texto consolidado

por Ley N° 5.454), los Decretos N° 589/GCABA/2009, N° 804/GCABA/2009, N°

196/GCABA/2011, N° 678/GCABA/2011, N° 191/GCABA/2012 y N° 500/GCABA/2012,

la Resolución N° 224/PG/2009 y el EE N° 24967173/DGTALPG/2016, y

CONSIDERANDO

Que la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.454) fija las obligaciones,

deberes, atribuciones y competencia de la Procuración General de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y en su artículo 27° establece que: "...El/la Procurador/a

dicta el Reglamento Interno y las demás resoluciones que estime necesarias para el

mejor funcionamiento del organismo a su cargo y elabora criterios generales y

particulares de actuación... ";

Que el Decreto N° 804/GCABA/2009, modificado parcialmente por sus similares N°

678/GCABA/2011, N ° 191/GCABA/2012 y N° 500/GCABA/2012, establece su

estructura orgánico funcional;

Que, la Ley N° 3.304 (texto consolidado por Ley N° 5.454) creó el Plan de

Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa;

Que dicha norma en el Capítulo III, Título II del Anexo refiere al "...Gobierno

Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación";

Que en el punto 6.3 "Digitalización de procesos administrativos" de tal Capítulo, se

expresa que el objetivo de la Ley es "desarrollar sistemas informáticos y proponer y/o

adecuar la normativa correspondiente para la digitalización de los procesos

administrativos a los fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la

información y la reducción de los plazos en las tramitaciones";

Que en ese sentido, por Decreto N° 589/GCABA/2009 se aprobó la implementación

del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como sistema de

caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, asimismo, por Decreto N° 196/GCABA/2011 se ordenó la implementación del

Expediente Electrónico en los términos de la citada Ley;

Que en el marco del mencionado proceso resulta necesario incorporar herramientas

que doten de mayor eficacia los circuitos operativos de esta Procuración General;

Que en virtud de ello, resulta propicio implementar, la tramitación de pedidos de

fondos para pagos judiciales mediante Expediente Electrónico (EE), hasta tanto se

establezca el sistema definitivo,

Que, por ello, resulta necesaria la aplicación a título de prueba del trámite electrónico,

en solo una Dirección General de esta Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, proponiéndose, a tal efecto, a la Dirección General de Empleo Público;

Que por Resolución N° 224/PG/2009 se ha precisado el orden de responsabilidad

sobre los pedidos de fondos ordenados, designando a los funcionarios responsables

de las autorizaciones según el monto del requerimiento;

Que el procedimiento en estudio guarda intrínseca relación con la regulación referente

a los requerimientos de fondos, resultando pertinente que en función de la celeridad

que se aspira obtener con su implementación, sea la Dirección General a cargo del

proceso judicial de que se trate sobre las materias de su competencia con

independencia del monto a pagar, quien autorice los requerimientos de fondos para

pagos judiciales;

Que en razón de lo expuesto, y en aras de mejorar la eficiencia y eficacia de la gestión

de la Procuración General, resulta necesario aplicar de manera transitoria y, hasta la

implementación del procedimiento definitivo, la tramitación de los pagos judiciales a

través del Expediente Electrónico;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL PROCURADOR GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Ordénase la aplicación transitoria de la tramitación de pedidos de fondos

para pagos judiciales mediante Expediente Electrónico (EE), hasta tanto no se

establezca el procedimiento definitivo, conforme las pautas indicadas mediante Anexo

I, (IF-2016-25854805-PG) que es parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Procuraciones Generales Adjuntas, a la Unidad de Auditoría

Interna y a las Direcciones Generales, todas ellas de esta Procuración General.

Cumplido, archívese. Astarloa


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5017

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art.1 Resolución 173-PG-19, aprueba Procedimiento para la Liquidación, Previsión, Provisión y Rendición Final de Condenas Judiciales en el marco de la Resolucion 503-PG-2016.</p>