RESOLUCIÓN 20 2003 SUBSECRETARIA DE PRODUCCION Y EMPLEO

Síntesis:

LLAMA A CONCURSO GALARDÓN ROSITA BAILÓN, MME. FROU FROU EN EL RUBRO INDUSTRIAL CALZADO. APRUEBA EL REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES

Publicación:

27/03/2003

Sanción:

14/03/2003

Organismo:

SUBSECRETARIA DE PRODUCCION Y EMPLEO


Visto el Decreto N° 1.337/GCBA/02 y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se creó en el ámbito de esta Subsecretaría de Producción y Empleo dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico, el Galardón Rosita Bailón, Mme. Frou Frou;

Que el Galardón citado fue creado en el marco del Programa de Diseño y Gestión de Calidad con el objetivo de premiar las alianzas entre industriales afines al sistema de la moda, con diseñadores profesionales con experiencia en dicho rubro;

Que las alianzas estratégicas estimularán el desarrollo de productos diferenciados que incorporen valor a través del diseño, logrando la identidad de la moda urbana de nuestra Ciudad, para captar el interés de los mercados internacionales aptos de valorar la capacidad innovadora;

Que asimismo, se estimulará el desarrollo de productos originales, de calidad y con claro sentido de factibilidad económica, siendo uno de estos rubros industriales el referido al Calzado;

Que por el Art. 6° del citado Decreto se delegó en el señor Subsecretario de Producción y Empleo o en el funcionario que éste designe, la reglamentación del llamado del Concurso, así como la aprobación de las bases y la selección del Jurado para cada llamado del Concurso que se creó por el Art. 1° del citado Decreto;

Que a tales efectos corresponde dictar el presente acto administrativo en uso de las facultades delegadas por el Decreto N° 1.337/GCBA/02;

Por ello y en uso de las facultades legales que le fueron conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE PRODUCCIÓN Y EMPLEO

RESUELVE:

Artículo 1° - Llámase a Concurso Galardón Rosita Bailón, Mme. Frou Frou en el rubro industrial Calzado.

Artículo 2° - Apruébase el Reglamento de Bases y Condiciones para el Concurso mencionado en el artículo precedente, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3° -Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase copia certificada de la presente Resolución al Centro Metropolitano de Diseño. Cumplido, archívese. Alonso


ANEXOS

Reglamento Bases y Condiciones del Concurso "Galardón Rosita Bailón, Mme. Frou Frou" Rubro Industrial "Calzado"



Del llamado a concurso:
Artículo 1° - La Subsecretaría de Producción y Empleo llama a Concurso, en el rubro Industrial Calzado, a alianzas conformadas por industriales del sistema de la moda y diseñadores profesionales con experiencia, para el desarrollo de propuestas innovadoras de productos orientados a la producción industrial.
De la temática:
Artículo 2° - Por ser este un rubro industrial, los productos desarrollados deberán remitir a la idea de identidad nacional y de sus elementos esenciales. El usuario puede ser de cualquier sexo y edad.
De los participantes:
Artículo 3° - Las alianzas participantes deberán estar conformadas por industriales y diseñadores del sistema de la moda, no debiendo existir relación laboral alguna entre ambos. Por lo menos una de las partes de la alianza deberá poseer domicilio real en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los participantes no deberán tener vinculación contractual ni relación de dependencia con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Del registro de la inscripción:
Artículo 4° - El registro de la inscripción de las alianzas participantes tendrá lugar en el Centro Metropolitano de Diseño (CMD). La misma constará de:
a) Un formulario en el que deberán consignar los datos completos de los miembros de la alianza. Éste deberá ser entregado en la sede del CMD, dentro del plazo de inscripción estipulado en el Art. 8°, en original y copia. La copia firmada por un representante del CMD, será devuelta a la alianza correspondiente, sirviendo la misma como constancia de inscripción.
b) Un sobre tamaño oficio cerrado, conteniendo la siguiente información:
1. Acta de constitución de la empresa.
2. Antecedentes de la empresa.
3. Constancia de la inscripción de la empresa ante la AFIP
4. Constancia de la inscripción de la empresa en el impuesto de Ingresos Brutos, o de corresponder, en el Convenio Multilateral si se encuentra domiciliada en la Provincia de Buenos Aires.
5. Currículum Vitae del/la Diseñador/a, adjuntando a él una fotocopia de las dos primeras hojas del DNI.
6. Constancia de domicilio real /social en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de por lo menos, una de las partes de la alianza. En el caso del diseñador será suficiente la presentación de fotocopia del DNI, en el caso de la empresa fotocopia de la documentación que acredite la sede social de la misma
7. Declaración jurada suscripta por los integrantes de la Alianza respecto de la no existencia de relación laboral entre las partes.
8. Si la empresa no estuviese representada en el presente Concurso por uno de sus Gerentes, sino por un representante, deberá presentarse nota de autorización para actuar éste en nombre de la empresa y fotocopia de DNI del representante.
Sólo serán rechazadas las alianzas que no cumplimenten los requerimientos en los puntos 1, 2, 3, 4 y 5 del presente artículo. La aceptación de las mismas será comunicada según los tiempos estipulados en el Art. 8°, por vía e-mail y mediante su exposición en la cartelera del CMD.
Las bases, condiciones y formularios para participar de esta convocatoria, se encontrarán disponibles en el Centro Metropolitano de Diseño sito en Villarino 2498, Barracas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Teléfonos: 4126-2950. E-mail: moda@cmd.org.ar, de lunes a viernes, en el horario de 10 a 18.
Del proceso de desarrollo del Producto:
Artículo 5° - Formalizada la inscripción, las Alianzas deberán iniciar la etapa de desarrollo de producto, la que se cumplimentará durante las fechas explicitadas en el Art. 8°. Este período culmina con la presentación de una serie de, por lo menos, 5 prototipos. Uno de los miembros de la alianza podrá optar por asistir a un Curso de Capacitación gratuito, dictado en la sede del Centro Metropolitano de Diseño. Se desarrollará durante los meses correspondientes al período del proceso de desarrollo de producto. El cronograma de inicio de dicha etapa se dará a conocer comunicando el calendario de capacitación vía e-mail y mediante la cartelera del CMD.
De la Asesoría:
Artículo 6° - La asesoría estará conformada por la Responsable del Sistema de la Moda del Centro Metropolitano de Diseño, y un máximo de dos personas por ella designadas. Son deberes de la asesoría del CMD:
1 - Brindar asistencia técnica, respondiendo periódicamente a todas las preguntas que las alianzas formulen.
2 - Contestar consultas pertinentes a la cronología del concurso destacadas en el Art. 8°.
3 - Contestar consultas referidas a puntos concretos de las Bases.
4 - Redactar el informe correspondiente al cumplimiento de la presentación de los prototipos de cada una de las alianzas, de acuerdo a la presente reglamentación, como también dejar constancia de las pertinentes observaciones ante el incumplimiento del mismo.
5 - Hacer entrega al Jurado de las presentaciones de los prototipos de las alianzas junto con el informe al que alude el párrafo anterior.
6 - Asistir a las reuniones del Jurado a título informativo y sin facultades para emitir opinión sobre la calidad de los trabajos.
7 - Suscribir juntamente con el jurado el acta del fallo y comunicar el resultado en la cartelera del CMD.
8 - Efectivizar todas las comunicaciones referidas al Concurso, mediante e- mail o en la Cartelera del CMD.
De la entrega de los prototipos:
Artículo 7° - Cada alianza deberá presentar:
a) Por lo menos dos paneles de 70 cm x 100 cm, montados sobre base rígida. En uno deberá constar la descripción general del proyecto y sustento teórico que avale la propuesta de diseño de acuerdo a la pauta conceptual de la convocatoria, incluyendo memoria descriptiva, materiales, avíos, acabados, información técnica específica y otros detalles constructivos que hagan a la confección de los productos de la serie industrial. En el otro se deberá hacer una descripción del proceso de diseño a través de gráficos, bocetos, fotos de pre-prototipos, etc.
b) Por lo menos, cinco prototipos de una única serie o familia de productos, dispuestos en cajas cerradas de no más de 100 cm x 120 cm.
c) En cada caja, así como en los paneles explicativos, deberá constar, en letras de imprenta, el nombre de fantasía elegido por los miembros de la alianza para dicho producto y los nombres de cada uno de los integrantes de ésta (nombre de la empresa y del diseñador). La identificación deberá colocarse en el ángulo inferior derecho de la tapa y otra en el lateral menor de la caja.
d) Un cálculo estimativo de precio al público por cada uno de los prototipos.
e) Una declaración por escrito, debidamente firmada, que las ideas que refieren a los trabajos presentados son de su autoría. Dicha declaración deberá ser presentada en sobre cerrado.
Las alianzas deberán presentar los trabajos en la sede del CMD, Villarino 2498, Barracas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la fecha establecida en el Art. 8° correspondiente al cierre de la entrega de los prototipos y paneles.
De los plazos:
Artículo 8° - De acuerdo a las etapas del Concurso, se establecen los siguientes plazos:
a) Registro de la Inscripción: del 17 al 20 de marzo de 2003 en el horario de 10 a 16 en la sede del CMD.
b) Aceptación de la Inscripción: el día 21 de marzo de 2003. La misma será comunicada vía e-mail y expuesta en la Cartelera del CMD.
c) Proceso de desarrollo de productos y consultas a la Asesoría: del 21 de marzo al 28 de abril de 2003 .Durante los primeros 15 días de esta etapa se dará a conocer el Cronograma del Curso de Capacitación Optativo.
d) Recepción de los prototipos: del 28 de abril al 9 de mayo de 2003 en el horario de 10 a 18, en la sede del CMD
e) Emisión del Fallo del Jurado: 30 de mayo de 2003. No serán aceptados aquellos trabajos presentados fuera de los términos estipulados en el presente artículo.
Del Jurado:
Artículo 9° - a) El jurado estará constituido por:
1. El Coordinador del Centro Metropolitano de Diseño o quien designe para su reemplazo, quien oficiará de presidente.
2. Un representante académico de la Carrera de Diseño de Indumentaria y Textil de la UBA.
3. Un representante del Centro de Formación Técnica en Calzado del INTI.
4. Un representante de la Cámara de la Industria del Calzado.
5. Un crítico o periodista especializado en moda, de reconocida trayectoria, designado por el CMD.
6. Un profesional o consultor, de reconocida trayectoria, seleccionado por el CMD.
7. Los miembros del jurado serán nominativos e inamovibles desde su constitución hasta la emisión del fallo.
8. El jurado funcionará con un quórum constituido por la mayoría de sus miembros, bajo el régimen de voto directo.
9. En caso de existir empate entre dos o más trabajos premiables, el ganador se definirá por doble voto del Presidente del Jurado.
De los Deberes y atribuciones del Jurado:
Artículo 10 - Serán deberes y atribuciones del Jurado:
a) Conocer las condiciones referidas en estas bases.
b) Recibir de la asesoría los trabajos y su informe.
c) Declarar fuera del Concurso aquellos trabajos en los que no se hayan respetado las condiciones obligatorias de las Bases, teniendo en cuenta las observaciones que consten en el informe de la Asesoría estipulado en el Art. 6°.
d) Realizar un informe, formulando un juicio crítico del trabajo premiado y de aquellos que a su consideración así lo merecieren.
e) Adjudicar el premio.
f) Adjudicar menciones honoríficas si se considera conveniente.
g) Labrar un acta en la que conste el resultado del Concurso.
De la Convocatoria, sede y plazos para la Actuación del Jurado:
Artículo 11 - Dentro de las 48 hs. a partir de la designación de los miembros del Jurado, éste será convocado por la asesoría para sesionar en la sede del CMD. El jurado deberá emitir su fallo en los plazos previstos el el Art. 8°.
Inapelabilidad del fallo:
Artículo 12 - El fallo del jurado será inapelable.
Del premio:
Artículo 13 - Se establece un único premio de pesos cinco mil ($ 5.000) para la alianza que resulte ganadora. Las Menciones Honoríficas que el Jurado, a su solo arbitrio, estime oportuno otorgar no demandarán erogación alguna.
De la Exposición de los prototipos:
Artículo 14 - Luego de haberse emitido el fallo del Jurado, todos los prototipos admitidos serán expuestos públicamente en la sede del CMD durante un período no menor a 10 días hábiles. Eventualmente, los trabajos se expondrán en otras instituciones y/o eventos que la organización defina, tanto del país como del extranjero.
De la Devolución de los prototipos:
Artículo 15 - Los trabajos serán devueltos contra entrega de recibo correspondiente, no haciéndose responsable el Gobierno de la Ciudad por aquellos que no se retiren dentro de los 10 días hábiles de comunicada la devolución de los mismos.
De la Reserva de Derechos:
Artículo 16 - El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no se hace responsable por un eventual daño, robo o hurto de los trabajos, pudiendo las Alianzas contratar seguros por su cuenta y costo. La alianza conformada entre industrial y diseñador autoriza al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a dar difusión a los trabajos a través de cualquier medio de comunicación, así como también acepta ser videograbada por la Asesoría, por lo menos una vez durante el período de desarrollo de productos, a fin de documentar dichos procesos. Cualquier eventualidad no prevista en estas bases será de competencia y decisión exclusiva del Gobierno de la Ciudad. Asimismo, no se responsabiliza por los acuerdos privados que las partes constitutivas de las Alianzas pudieren realizar tendientes a acordar la distribución del premio y/o el modo de distribución de la ganancia que la venta de dichos artículos pudiera producir en el caso de entrar éstos en producción.
De las Obligaciones de las alianzas participantes:
Artículo 17 - Cada alianza participante se hará responsable por los reclamos de cualquier naturaleza que terceros pudieran hacer por derechos de autor, inclusión de imágenes, etc.
De la Aceptación de las bases y condiciones:
Artículo 18 - La presentación de los productos implica la aceptación del presente reglamento de bases y condiciones. Alonso



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