DECRETO 289 1996

Síntesis:

PROMULGA A ORDENANZA N° 50.067

Publicación:

21/10/1996

Sanción:

04/10/1996

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Atento que, de conformidad con lo establecido en el artículo 31, inciso h), de la Ley Orgánica N° 19.987 (B.M. Nº 14.454), ha quedado promulgada automáticamente la Ordenanza Nº 50.067, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión del 30 de Noviembre de 1995. Dése al Registro, gírese copia a la Dirección General Legislativa del Honorable Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Subsecretaría de Transporte y Tránsito, a la Justicia Municipal de Faltas y la Dirección General Administrativa de Infracciones.

El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Producción y Servicios, de Gobierno y de Hacienda y Finanzas.

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