DECRETO 523 1996

Síntesis:

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 284/1996 - OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO - REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA - CONTRATO DE FIDEICOMISO - BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

20/11/1996

Sanción:

12/11/1996

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 284-GCBA-96, y

CONSIDERANDO:

Que por dicho Decreto se autorizó al señor Secretario de Hacienda y Finanzas a suscribir un contrato de Fideicomiso con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, por hasta un monto total de Dólares Estadounidenses de Doscientos Cuarenta Millones (U$S 240.000.000.-);

Que atento la antedicha autorización con fecha 3 de octubre de 1996 se suscribió dicho convenio;

Que en dicho convenio, en su cláusula sexta, se estableció que "Los intereses a percibir, por cada una de las operaciones individuales serán del 14,5% de tasa efectiva anual. Esta tasa podrá ser aumentada o disminuida de común acuerdo entre las partes, teniendo en consideración las variables del mercado financiero";

Que por lo expuesto y a los efectos de una mejora en los costos financieros, que redunda en un beneficio económico para este Gobierno, se procedió a suscribir una modificación del convenio oportunamente celebrado, fijándose en un porcentaje del 13,25% (trece con veinticinco centésimos por ciento) de tasa efectiva anual para los intereses a percibir, por cada una de las operaciones individuales que se realicen;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Art. 1° - Apruébase la modificación efectuada al convenio de Fideicomiso que fuera suscripto por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas y el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, la cual forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° - La presente modificación comenzará a regir a partir de la fecha del presente decreto.

Art. 3° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Contaduría General, Tesorería General y Planificación Presupuestaria.

CONVENIO DE FIDEICOMISO
ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Y EL BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Entre el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, con domicilio en Av. de Mayo 525, Capital Federal, representado en este acto por el Sr. Secretario de Hacienda y Finanzas Dr. Adalberto Rodríguez Giavarini, por una parte; y por la otra el BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, con domicilio en Florida 302, Capital Federal, representado en este acto por su Presidente Dr. Horacio Aldo Chighizola, en concordancia con lo dispuesto por el Decreto N° 284 G.C.B.A. de fecha 2 de octubre de 1996 y de conformidad con lo establecido en el Convenio de Fideicomiso celebrado el 3 de octubre de 1996 entre las partes, convienen en modificar la Claúsula SEXTA del CONVENIO DE FIDEICOMISO ut-supra mencionado, de acuerdo al texto que se indica a continuación:

SEXTA: Asistencia crediticia a los beneficiarlos: En su carácter de Agente Financiero del Fiduciante, el Banco prestará asistencia crediticia a los Beneficiarios que así lo soliciten. Dicha asistencia podrá prestarse con fondos propios, en la medida que sus posibilidades financieras y técnicas así lo permitan, o a través del financiamiento por parte de terceras entidades financieras, locales o del exterior que el Banco pueda expresamente gestionar.------------------

Los intereses a percibir, por cada una de las operaciones individuales, instrumentadas de acuerdo a lo establecido en la Claúsula SEGUNDA del presente y emitidos a partir del 6 de noviembre de 1996, serán del 13,25% (trece con veinticinco centésimos por ciento) de tasa efectiva anual. Esta tasa podrá ser aumentada o disminuida de común acuerdo entre las partes, teniendo en consideración las variables del mercado financiero. -----------------

De conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en Buenos Aires a los 4 días del mes de noviembre de 1996. -----------------------------------

Tipo de relación

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