RESOLUCIÓN 1212 2016 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
DESIGNA INTEGRANTES - COMISIÓN LABORAL DE INTERPRETACIÓN - JUAN CARLOS ZAMBARBIERI - FABIO DANIEL MACHUCA - REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES - KATHIA RIO NIÑO Y GABRIEL FRANCISCO POKORNY - REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - ELABORACIÓN REGLAMENTO CONCURSO PÚBLICO Y ABIERTO - CUBRIR CARGOS VACANTES - SECTOR SERVICIOS AUXILIARES - DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN ARTÍSTICA - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Publicación:
19/12/2016
Sanción:
02/12/2016
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 471 (texto consolidado en
la Ley N° 5.454), N° 2.855 (texto consolidado en la Ley N° 5.454) y N° 4.893, el
Decreto N° 1.342/08, el Expediente
Electrónico N°
25613206/MGEYA/DGRHEATC/2016 y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo
43°, que la Ciudad garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad
y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional y se reconocen y
organizan las carreras por especialidad, a las que se ingresa y se promociona por
concurso público abierto;
Que, así también, el artículo 32° de la Constitución de la Ciudad, contempla la
participación de los creadores y trabajadores y sus entidades, en el diseño y la
evaluación de políticas culturales;
Que, por su parte, la Ley N° 471 dispone en su artículo 2°, que las relaciones de
empleo público comprendidas en dicha ley se desenvuelven con la sujeción al principio
por el cual el ingreso al empleo es por concurso público y abierto (artículo 2°, inc. a y
artículo 6°);
Que, la citada Ley dispone como principio de la carrera administrativa que el progreso
en la misma se hará a través de mecanismos transparentes de selección y concursos
(artículo 31°);
Que, mediante la Ley N° 2.855, modificada por la Ley N° 4.893, se crea el Ente
Autárquico Teatro Colón, en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía
funcional y autarquía financiera, con la organización y competencias determinadas en
esa ley, reglamentándose sus términos mediante el Decreto N° 1.342/08;
Que, el artículo 26° de la mencionada Ley N° 2.855, dispone que la administración de
los recursos humanos del Ente Autárquico Teatro Colón se rige por la Ley N° 471, sus
normas reglamentarias, complementarias y modificatorias;
Que, dicha Ley N° 2.855 establece entre las funciones que corresponde a la Dirección
General establecer y administrar la dotación de personal (inc. i artículo 14°) y planificar
y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de los objetivos del
Teatro y las actividades de los recursos humanos, físicos, económicos, financieros y
patrimoniales (inc. l art. 14°);
Que, rigen en la materia las disposiciones del Decreto N°720/02, por el cual se aprobó
el Reglamento de Trabajo para el personal del Teatro Colón, que se desempeña en los
cuerpos escenotécnicos, de servicios auxiliares y los integrantes de los cuerpos
artísticos;
Que, el artículo 16° del citado decreto, prevé que se integrará una Comisión Laboral
de Interpretación que estará integrada por dos (2) representantes de los trabajadores y
dos (2) representantes por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires quienes
deberán concurrir con poderes y representatividad suficiente como así también con la
idoneidad requerida y estará llamada a intervenir para elaborar un reglamento en
materia de ingresos, concursos, cobertura transitoria de vacantes, giras y cualquier
otra cuestión que de común acuerdo se decidiera reglamentar;
Que, de tal manera, con el fin de asegurar la idoneidad en los procedimientos de
selección y promoción para el progreso de la carrera administrativa de los agentes a
través de mecanismos idóneos de selección y concursos (inciso b del artículo 2° e
inciso del b artículo 31° de la Ley N° 471), resulta conveniente la integración de dicha
comisión, para que elabore el reglamento específico que regirá el concurso público y
abierto para cubrir los cargos vacantes en el sector Servicios Auxiliares dependiente
de la Dirección General de Producción Artística del Ente Autárquico Teatro Colón, la
nómina de cargos a concursar, las bases para la evaluación de los concursantes y la
nomina de jurados;
Que, el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires
(SUTECBA) ha designado a dos (2) integrantes del sector Servicios Auxiliares
dependiente de la Dirección General de Producción Artística del Ente Autárquico
Teatro Colón para integrar dicha comisión, que cumplen con los requisitos previstos en
el artículo 16° del Decreto 720/02;
Que, así también, corresponde la designación de dos (2) funcionarios en
representación de esta Administración.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley 2.855,
Artículo 1°.- Desígnase como integrantes de la Comisión Laboral de Interpretación
prevista en el artículo 16° del Decreto N° 720/02, a los agentes Zambarbieri, Juan
Carlos, DNI N° 11.041.383, y Machuca, Fabio Daniel, DNI N° 17.321.573, en
representación de los trabajadores y a la Sra. Osorio Niño, Kathia, DNI N° 19.003.509,
y al Sr. Pokorny, Gabriel Francisco, DNI N° 20.213.893, en representación del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, quienes elaborarán el Reglamento de
concurso público y abierto para cubrir los cargos vacantes existentes en el sector
Servicios Auxiliares dependiente de la Dirección General de Producción Artística del
Ente Autárquico Teatro Colón.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires (SUTECBA) y a la Dirección Ejecutiva, la Gerencia General y a las Direcciones
Generales de Producción Artística, Artística, Técnica Administrativa y Legal y de
Recursos Humanos del Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese. Alcaraz