RESOLUCIÓN 466 2016 SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA

Síntesis:

APRUEBA - PLAN CURRICULAR INSTITUCIONAL - NUEVA ESCUELA SECUNDARIA BACHILLERATO EN ARTE - MÚSICA - ESPECIALIZACIÓN EN PRODUCCIÓN ARTÍSTICA Y GESTIÓN CULTURAL - CERTIFICACIÓN DE CARÁCTER JURISDICCIONAL - ESCUELA TÉCNICA ORT A- 531 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - GESTIÓN PRIVADA

Publicación:

22/12/2016

Sanción:

29/11/2016

Organismo:

SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA


VISTO:

La Ley Nacional N° 26.206, la Resoluciones N° 79-CFE/09 y N° 84-CFE/09, las Leyes

de la Ciudad N° 33, N° 898, N° 4.013, y N° 5.460, los Decretos N° 363/15 y N° 328/16,

las Resoluciones N° 321-MEGC/15, N° 1189- MEGC/15, N° 2427-MEGC/15, N° 263-

MEGC/16 y N° 3849-MEGC/16, el Expediente Electrónico N° 27.067.116/MGEYA-

DGEGP/15, y

CONSIDERANDO:

Que tramita por estos actuados la solicitud de aprobación del Plan Curricular

Institucional de la Nueva Escuela Secundaria "Bachillerato en Arte - Música", a

implementarse en la Escuela Técnica ORT (A-531);

Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 prevé en su artículo 16 que "el Ministerio

de Educación de la Nación y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán

el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales,

pedagógicas y de promoción de derechos que se ajusten a los requerimientos locales

comunitarios urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados

de calidad en todo el país y en todas las situaciones sociales";

Que por Resolución N° 79/09 el Consejo Federal de Educación aprobó el Plan

Nacional de Educación Obligatoria;

Que por Resolución N° 84/09 el Consejo Federal de Educación aprobó el Documento

"Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria" que

prescribe en su artículo 3 que es necesario avanzar en la revisión y/o producción de

nuevas regulaciones federales que generen las condiciones para la renovación de las

propuestas formativas, reorganización institucional y estrategias pedagógicas para la

escolarización y sostenimiento de la trayectoria escolar de los alumnos;

Que la Ley N° 33 dispone que todo nuevo plan de estudios o cualquier modificación a

ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de estudio vigentes en los

establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión

dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, para lograr validez, deberán estar sujetos a la aprobación del Ministerio de

Educación, mediante el dictado de resolución fundada para cada caso concreto;

Que la Ley N° 898 establece de Obligatoriedad de la Escuela Media por lo que los

servicios educativos de la jurisdicción deben ir adecuándose progresivamente, en

cantidad y calidad, para concretar la extensión de la obligatoriedad legalmente

impuesta;

Que la Ley de Ministerios N° 5.460 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece

que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministerios, de

conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que las Resoluciones N° 321-MEGC/15 y N° 1189-MEGC/2015 aprueban el Diseño

Curricular y la Estructura Curricular para los Ciclos Básico y Orientado para la

Formación General y Específica de la Nueva Escuela Secundaria en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la normativa precitada establece además la aplicación del Ciclo Orientado en

forma gradual a partir del Ciclo Lectivo 2016 para aquellas escuelas secundarias que

han modificado su oferta curricular en el año 2014 y a partir del Ciclo Lectivo 2017,

para el resto de las instituciones educativas;

Que la Resolución N° 2427-MEGC/15 establece las condiciones para la adecuación de

la estructura curricular de la Nueva Escuela Secundaria en los establecimientos

educativos en los que la misma vaya a implementarse;

Que ha tomado la correspondiente intervención la Dirección General de Educación de

Gestión Privada;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por las Resoluciones N° 263-MEGC/16

y N° 3849-MEGC/16,

LA SUBSECRETARIA

DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el Plan Curricular Institucional de la Nueva Escuela Secundaria

"Bachillerato en Arte - Música" que como Anexo (IF-2016-23708550-DGEGP), forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°- Se deja constancia que el Título de Bachiller en Arte - Música tiene validez

nacional conforme lo establecido por la Resolución N° 321/MEGC/15 y su rectificatoria

N° 1189/MEGC/15, siendo la Especialización en Producción Artística y Gestión

Cultural una certificación de carácter jurisdiccional

Artículo 3.- Autorízase su implementación en el Instituto incorporado a la enseñanza

oficial Escuela Técnica ORT (A- 531) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4.- Encomiéndase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada el

seguimiento y la evaluación de la aplicación del Plan Curricular Institucional aprobado

en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 5.- Déjase constancia de que lo aprobado en el Artículo 1 no lleva implícito el

derecho a percibir aporte gubernamental.

Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y,

efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a la Subsecretaría de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a las Direcciones Generales de

Planeamiento Educativo y de Educación de Gestión Privada y a las Gerencias

Operativas de Currículum y de Títulos y Legalizaciones. Gírese a la Subsecretaría de

Planeamiento e Innovación Educativa. Cumplido, archívese. Azar


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 2 Resolución 466-MEGC-16 deja constancia que el Título de Bachiller en Arte - Música tiene validez<br />nacional en el marco de la Resolución N° 321-MEGC-15.</p>