DECRETO 654 2016

Síntesis:

SE APRUEBA ESTATUTO DE LA SOCIEDAD - ESTADO FACTURACIÓN Y COBRANZA DE LOS EFECTORES PÚBLICOS SE (FACOEP SE) - OBJETO DE SOCIEDAD - INSCRIPCIÓN EN LA INSPECCIÓN DE JUSTICIA - FORTALECIMIENTO Y MEJORA DEL SISTEMA PÚBLICO DE SALUD - PRESTACIONES MÉDICO-SOCIALES - RED INTEGRAL DE CUIDADOS PROGRESIVOS - SUBSECTOR PÚBLICO -  ADMINISTRAR LA FACTURACIÓN Y COBRANZA DE LAS PRESTACIONES BRINDADAS A PERSONAS CON COBERTURA PÚBLICA  SOCIAL O PRIVADA - POR LOS EFECTORES DE LA RED INTEGRAL DE CUIDADOS PROGRESIVOS DEL SUBSECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CONTRATOS DE RECUPERO VIGENTES - DIRECCIÓN GENERAL OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO -  PRESTACIONES 

Publicación:

26/12/2016

Sanción:

23/12/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 5.622, el Expediente Electrónico N° 26.802.480-MGEYA-

DGLTSSASS/2016, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 5.622 se creó la Sociedad del Estado "FACTURACION Y

COBRANZA DE LOS EFECTORES PUBLICOS S.E" (FACOEP SE), en el ámbito del

Ministerio de Salud, con el objeto de colaborar en el fortalecimiento y mejora del

Sistema Público de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en virtud del artículo 2° se encomiendan diversas funciones a dicha Sociedad a

fin de cumplir con su objeto y finalidad pública;

Que el artículo 4° de la ya mencionada Ley N° 5.622 regula el régimen jurídico al que

hallará sujeta la Sociedad, el que se compone por las disposiciones de la citada Ley

de creación y su decreto reglamentario, el estatuto social, la Ley Nacional N° 20.705,

la Ley N° 70 de Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector

Público de la Ciudad y por la Ley de Compras y Contrataciones N° 2.095 y

modificatorias;

Que conforme lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo

aprobatorio del Estatuto Social de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 5.622;

Que la Procuración General ha tomado la intervención que resulta de su competencia,

de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 1.218.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébase el Estatuto de la Sociedad del Estado "FACTURACION Y

COBRANZA DE LOS EFECTORES PUBLICOS S.E" (FACOEP SE), que como Anexo

I (IF-27633611/DGLTSSASS/16) forma parte integrante del presente.

Artículo 2°.- El Estatuto se instrumentará mediante Escritura Pública otorgada por el

Escribano General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del

Ministerio de Hacienda arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar

cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud, por el

señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a los Ministerios de Hacienda y de Salud, y para su conocimiento y

demás efectos remítase a la Dirección General Escribanía General dependiente de la

Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Bou

Pérez - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5033

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículos 1 y 2 de la Resolución N° 2688/MSGC/22, designan a Adriana Noemí Uriarte y a Mónica Nélida Pazos como Directora Suplentes 1° ad honorem, y Directora Suplente 3° ad honorem, conforme Decreto N° 654/16.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 654-2016, aprueba el estatuto de la sociedad creada por Ley 5622.</p>