RESOLUCIÓN 599 2016 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

CREACIÓN DE TRATA - AGIP DEVOLUCIONES DISPOSICIÓN 23-DGR-16 - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO - TRATA RESERVADA - CARÁCTER RESERVADO - NOMENCLADOR DE TRATAS - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ELECTRÓNICA - SADE - TRAMITACIÓN DEVOLUCIONES DE SALDOS A FAVOR IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS ORIGINADOS POR LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL DE ACREDITACIONES BANCARIAS - SIRCREB - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Publicación:

26/12/2016

Sanción:

21/12/2016

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

LOS TÉRMINOS DEL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 1510/97 Y SUS

MODIFICATORIAS (TEXTO CONSOLIDADO POR LEY N° 5454 - BOCBA N° 4799),

LA LEY N° 3304 (BOCBA N° 3335), EL DECRETO N° 196/2011 (BOCBA N° 3652), LA

RESOLUCIÓN N° 130/SECLYT/2014 (BOCBA N° 4371), LA DISPOSICIÓN N°

23/DGR/2016, Y

CONSIDERANDO:

Que el actual artículo 59 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto

consolidado por medio de la Ley N° 5454) contempla la existencia de actuaciones,

diligencias, informes o dictámenes de carácter reservado o secreto;

Que el citado carácter reservado se declara mediante decisión fundada del respectivo

Subsecretario del Ministerio o del titular del ente descentralizado de que se trata,

previo asesoramiento del servicio jurídico correspondiente;

Que por otra parte, a partir de la promulgación de la Ley N° 3304 se ha iniciado un

proceso de modernización administrativa en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, promoviéndose el denominado "Gobierno Electrónico" y la aplicación de

nuevas tecnologías de la información y comunicación;

Que mediante el Decreto N° 196/2011 se procedió a la implementación del

"Expediente Electrónico", en los términos del apartado 4 del punto 6.3. "Digitalización

de Procesos Administrativos", contenido en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley

N° 3.304, referido al "Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y

Comunicación";

Que complementariamente, la Resolución N° 130/SECLYT/2014 prevé en su Anexo el

Procedimiento para la Generación de Documentos y Tratas con carácter reservado;

Que por medio de la Disposición N° 23/DGR/2016, se fija el circuito interno respecto

de las devoluciones de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos

originados por la aplicación del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones

Bancarias (SIRCREB);

Que los contribuyentes y/o responsables, a los efectos de solicitar la devolución de

saldos a favor en el citado Impuesto derivados de la aplicación del SIRCREB, deben

acompañar cierta documentación, incluyendo los resúmenes de la cuenta bancaria en

la cual se han efectuado las retenciones;

Que el artículo 39 de la Ley de Entidades Financieras N° 21.526 establece que las

entidades comprendidas en dicha norma no podrán revelar las operaciones pasivas

que realicen, fijando con carácter taxativo las excepciones a dicho principio;

Que asimismo, se dispone que el personal de las mencionadas entidades deberá

guardar absoluta reserva de las informaciones que lleguen a su conocimiento;

Que en virtud de la protección que el secreto financiero otorga a las personas en sus

asuntos económico financieros, resulta necesario establecer el carácter reservado

para la tramitación de las devoluciones de saldos a favor en el Impuesto sobre los

Ingresos Brutos originados por la aplicación del Sistema de Recaudación y Control de

Acreditaciones Bancarias (SIRCREB).

Por ello y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1.- Creáse la trata "AGIP Devoluciones Disposición N° 23/DGR/2016" para los

Expedientes Electrónicos mediante los cuales tramitan las devoluciones de saldos a

favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos originados por la aplicación del Sistema

de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), de conformidad

con el procedimiento fijado por la Disposición N° 23/DGR/2016.

Artículo 2.- Establécese con carácter de reservado el uso de la trata "AGIP

Devoluciones Disposición N° 23/DGR/2016" para la Dirección General de Rentas

dependiente de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

Artículo 3.- Requiérase de los Organismos pertinentes las gestiones necesarias a fin

de implementar la trata solicitada en los artículos precedentes y de habilitar a los

usuarios SADE que deberán intervenir en la citada trata con la correspondiente

autorización de visualización de dichos expedientes electrónicos por Sector o por

Repartición.

Artículo 4.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y comuníquese a todas las áreas dependientes de esta Administración Gubernamental

de Ingresos Públicos. Pase a la Dirección General de Rentas para su conocimiento y

demás efectos. Cumplido, archívese. Ballotta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 599-AGIP-16 crea la trata <em>AGIP Devoluciones Disposición N° 23/DGR/2016 </em>para los<br />Expedientes Electrónicos mediante los cuales tramitan las devoluciones de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos originados por la aplicación del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), integrando el nomenclador de tratas aprobado por Resolución 16-SECLYT-16.</p>