RESOLUCIÓN 16 2016 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
APRUEBA EL NOMENCLADOR DE TRATAS CORRESPONDIENTE AL MÓDULO EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS - EE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS -SADE - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - PLAZO DE GUARDA DE EXPEDIENTES EN SOPORTE PAPEL - PLAZO DE GUARDA DE EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS - PLAZOS DE GUARDA - ARCHIVO DE EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - ARCHIVO DE EXPEDIENTE PAPEL
Publicación:
28/01/2016
Sanción:
27/01/2016
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
La Ley Nro. 3.304, el Decreto Nro. 589/09, las Resoluciones Nros. 130-SECLyT/14,
187-SECLyT/15 y, el Expediente Electrónico N° 34.731.975-MGEYA-DGTAD/15, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que la Ley antes mencionada fijó como uno de los objetivos el de "...agilizar la gestión
de la administración pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y
trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos,
emanados tanto de la administración como de los administrados;
Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea
como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la
normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los
fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la
reducción de los plazos en las tramitaciones;
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública se han
impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas
que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos, al
tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control, al
hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que, en el ámbito de la Administración Central, por Decreto N° 589/09 se aprobó la
implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos - SADE-
como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos
de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que dicho Decreto, en su artículo 3°, designó a esta Secretaría Legal y Técnica como
administradora del SADE, y en consecuencia le compete "... c) actualizar el
nomenclador de actuaciones y de tratas; d) actualizar las tablas referenciales... ";
Que, por su parte, la Resolución N° 130-SECLyT/14 aprobó el Reglamento para la
gestión de actuaciones administrativas;
Que la mencionada Resolución establece que: "...todo expediente electrónico debe
caratularse conforme al Nomenclador de Tratas (...) La caratulación de los expedientes
electrónicos es determinada por los organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires o por aquellas personas que propicien trámites utilizando el módulo
de tramitación a distancia";
Que atento a las nuevas funcionalidades existentes en el sistema SADE, corresponde
actualizar la normativa vigente aprobando el nuevo Nomenclador de Tratas
correspondiente a los Expedientes Electrónicos;
Que los plazos y organismos de Guarda de los expedientes en soporte papel se
regirán por lo establecido en el Anexo I de la Resolución N° 187-SECLyT/15;
Que, por lo expuesto, corresponde el dictado de la norma legal correspondiente.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el Nomenclador de Tratas correspondiente al módulo
Expedientes Electrónicos, el que como Anexo I (IF-2016-03572272-DGCL) forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- El plazo de guarda temporal para las tratas que se aprueban a través del
artículo 1° de la presente Resolución será de veinticuatro (24) meses, de conformidad
con lo establecido en la Resolución N° 130-SECLYT/14.
Artículo 3°.- Establécese que los plazos y organismos de guarda correspondientes a
los Expedientes en soporte papel se regirán por lo establecido en el Anexo I de la
Resolución N° 187-SECLyT/15.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos las Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, Entes
Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel, a la Sindicatura General de la
Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la
Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Montiel