RESOLUCIÓN 2 2019 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627

Síntesis:

SE APRUEBA CREACIÓN DE TRATA RESERVADA - TRATA RÉGIMEN DE PROMOCIÓN PARA EL SECTOR HOTELERO - TRATAS - TRAMITACIÓN DE BENEFICIO - RÉGIMEN DE LA LEY 6038 - HOTELES - ENTE DE TURISMO - BENEFICIARIOS - INFORMACIÓN CONFIDENCIAL - TRÁMITE - PROCEDIMIENTO -  OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS FISCALES PARA ALENTAR LA INVERSIÓN HOTELERA

Publicación:

29/01/2019

Sanción:

17/01/2019

Organismo:

F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627


VISTO:

La Ley 6.038, el Decreto N° 589/09, la Resolución N° 130-SECLYT/14, la nota NO-

2018-33819031-DGEADM y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos SADE como sistema integrado de

caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos todas las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Resolución N° 130-SECLYT/14 se aprobó el "Reglamento para la Gestión

de Actuaciones Administrativas" el que en su Anexo II regula el procedimiento para la

generación de documentos y tratas con carácter reservado;

Que el Sistema SADE permite a todo usuario acceder a cualquier documento que se

genere, inclusive tratándose de información producida en otros Organismos y

dependencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, motivo por el cual

corresponde arbitrar los medios necesarios para contar con documentación reservada

a fin de dar cumplimiento a diversas previsiones legales en la materia;

Que se promulgó la Ley N° 6.038 "Régimen de Promoción para el Sector Hotelero" y

ésta establece al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como la

Autoridad de Aplicación;

Que los trámites relativos al referido régimen incluirán datos de los beneficiarios y de

los beneficios impositivos a otorgar por el Organismo de Aplicación;

Que mediante nota NO-2018-33819031-DGEADM la Dirección General Eficiencia

Administrativa informó a este Organismo los pasos a seguir para hacer uso de una

trata confidencial;

Que es necesario iniciar los procesos para la implementación de la mentada Ley;

Por ello, conforme el procedimiento establecido por la normativa vigente,

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Art. 1.- Apruébase la creación de trata reservada "Régimen de promoción para el

sector hotelero" para la tramitación del beneficio establecido en el régimen de la Ley

N° 6.038, con los datos consignados en el Anexo I (IF 03685796-2019- ENTUR) que

forma parte de la presente Resolución;

Art. 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Eficiencia Administrativa. Cumplido, archívese.

Robredo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5547

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 y Anexo I de la Resolución 2-ENTUR-19 aprueba la creación de trata reservada para la tramitación del beneficio establecido en el régimen de la Ley 6038.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 2-ENTUR-19 aprueba la creación de trata reservada Régimen de promoción para el sector hotelero, en el marco del Nomenclador de Tratas aprobado por Resolución 16-SECLYT-16.</p>