RESOLUCIÓN 2 2019 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
Síntesis:
SE APRUEBA CREACIÓN DE TRATA RESERVADA - TRATA RÉGIMEN DE PROMOCIÓN PARA EL SECTOR HOTELERO - TRATAS - TRAMITACIÓN DE BENEFICIO - RÉGIMEN DE LA LEY 6038 - HOTELES - ENTE DE TURISMO - BENEFICIARIOS - INFORMACIÓN CONFIDENCIAL - TRÁMITE - PROCEDIMIENTO - OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS FISCALES PARA ALENTAR LA INVERSIÓN HOTELERA
Publicación:
29/01/2019
Sanción:
17/01/2019
Organismo:
F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
VISTO:
La Ley 6.038, el Decreto N° 589/09, la Resolución N° 130-SECLYT/14, la nota NO-
2018-33819031-DGEADM y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos SADE como sistema integrado de
caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos todas las
actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Resolución N° 130-SECLYT/14 se aprobó el "Reglamento para la Gestión
de Actuaciones Administrativas" el que en su Anexo II regula el procedimiento para la
generación de documentos y tratas con carácter reservado;
Que el Sistema SADE permite a todo usuario acceder a cualquier documento que se
genere, inclusive tratándose de información producida en otros Organismos y
dependencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, motivo por el cual
corresponde arbitrar los medios necesarios para contar con documentación reservada
a fin de dar cumplimiento a diversas previsiones legales en la materia;
Que se promulgó la Ley N° 6.038 "Régimen de Promoción para el Sector Hotelero" y
ésta establece al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como la
Autoridad de Aplicación;
Que los trámites relativos al referido régimen incluirán datos de los beneficiarios y de
los beneficios impositivos a otorgar por el Organismo de Aplicación;
Que mediante nota NO-2018-33819031-DGEADM la Dirección General Eficiencia
Administrativa informó a este Organismo los pasos a seguir para hacer uso de una
trata confidencial;
Que es necesario iniciar los procesos para la implementación de la mentada Ley;
Por ello, conforme el procedimiento establecido por la normativa vigente,
Art. 1.- Apruébase la creación de trata reservada "Régimen de promoción para el
sector hotelero" para la tramitación del beneficio establecido en el régimen de la Ley
N° 6.038, con los datos consignados en el Anexo I (IF 03685796-2019- ENTUR) que
forma parte de la presente Resolución;
Art. 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Eficiencia Administrativa. Cumplido, archívese.
Robredo