RESOLUCIÓN 187 2015 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
MODIFICA EL NOMENCLADOR DE TRATAS - INICIO DE EXPEDIENTES - ARCHIVO DE EXPEDIENTES EN SOPORTE PAPEL - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA COMO ADMINISTRADORA DEL SADE - RESOLUCIÓN 490-SECLYT-14 - PLAZOS DE GUARDA - ARTÍCULO 43 DEL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN 130-SECLYT-14 - REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
Publicación:
20/04/2015
Sanción:
17/04/2015
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
La Leyes Nros. 3.304 y 4.013, los Decretos Nros. 589/09 y 207/12, las Resoluciones
Nros. 130/SECLyT/14, 335/SECLyT/14, 490/SECLyT/14 y 512/SECLyT/14, el
Expediente Electrónico N° 1.789.860/MGEYA-DGTAD/15 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que la Ley antes mencionada fijó como uno de los objetivos el de "...agilizar la gestión
de la administración pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y
trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos,
emanados tanto de la administración como de los administrados;
Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea
como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la
normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los
fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la
reducción de los plazos en las tramitaciones;
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este
Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas
tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites
administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para
su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos, la Secretaría Legal y
Técnica, la cual tiene entre sus objetivos "administrar la publicación del Boletín Oficial
e implementar su difusión por los medios oficiales de comunicación";
Que, en el ámbito de la Administración Central, por Decreto N° 589/09 se aprobó la
implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -
SADE-como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que dicho Decreto, en su artículo 3°, designó a esta Secretaría Legal y Técnica como
administradora del SADE, y en consecuencia le compete "... c) actualizar el
nomenclador de actuaciones y de tratas; d) actualizar las tablas referenciales... ";
Que, por su parte, la Resolución N° 130/SECLyT/14 aprobó el Reglamento para la
gestión de actuaciones administrativas;
Que la mencionada Resolución, en el artículo 28 de su Anexo I, establece que: "...todo
expediente electrónico debe caratularse conforme al Nomenclador de Tratas (...) La
caratulación de los expedientes electrónicos es determinada por los organismos del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o por aquellas personas que
propicien trámites utilizando el módulo de tramitación a distancia";
Que por Resolución N° 335/SECLYT/14 se aprobó el Nomenclador de Tratas;
Que posteriormente mediante Resolución N° 490/SECLYT/14 se actualizó el citado
Nomenclador, modificándolo por el Nomenclador que como Anexo I, a todos sus
efectos forma parte integrante de la misma;
Que a través del Decreto N° 207/12 se aprobó la Estructura Orgánico-funcional de la
Secretaría Legal y Técnica, estableciendo entre las responsabilidades primarias de la
Dirección General de Coordinación legal la de "controlar la publicación en tiempo y
forma de los edictos, comunicados y avisos presentados a tal fin";
Que además, en dicho Decreto se fijó que será tarea de la Gerencia Operativa Boletín
Oficial y Registro "publicar en cumplimiento de las leyes (...) los edictos, comunicados
y avisos presentados a tal fin"
Que en el marco de lo expuesto, la citada instancia propicia la creación de una trata en
el Nomenclador que contemple el trámite de publicación de edictos particulares;
Que a fin de contar con un único cuerpo normativo que comprenda las diversas tratas,
y sus respectivos plazos de guarda, resulta necesario modificar el Anexo I de la
Resolución N°490/SECLYT/14, aprobando el nuevo nomenclador de tratas, y en
consecuencia derogar la Resolución N° 512/SECLyT/14;
Que, por lo expuesto, corresponde el dictado de la norma legal correspondiente.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Modifícase el Nomenclador de Tratas aprobado por Resolución N° 490-
SECLYT-14, por el que como Anexo I, identificado como IF-2015-6131363-DGCL
forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Derógase la Resolución N° 512/SECLyT/14.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro dependiente de la
Dirección General de Coordinación Legal de la Secretaría Legal y Técnica, y para su
conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Mesa de Entradas,
Salidas y Archivo de la citada Secretaría. Cumplido, archívese. Clusellas
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4620