RESOLUCIÓN 490 2014 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

MODIFICA EL NOMENCLADOR DE TRATAS APROBADO POR RESOLUCIÓN 335-SECLYT-14 - INICIO DE EXPEDIENTES - ARCHIVO DE EXPEDIENTES EN SOPORTE PAPEL - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA COMO ADMINISTRADORA DEL SADE - PLAZOS DE GUARDA - ARTÍCULO 43 DEL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN 130-SECLYT-14 - REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

Publicación:

03/10/2014

Sanción:

30/09/2014

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 3.304, los Decretos Nros. 2008/03 y 589/09, las Resoluciones Nros.

13/SECLyT/12, 130/SECLyT/14, 191/SECLyT/14, 335/SECLYT/14 y el Expediente N°

2014-10.506.181.-MGEYA- DGTAD y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que la Ley antes mencionada fijó como uno de los objetivos el de "...agilizar la gestión

de la administración pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y

trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos,

emanados tanto de la administración como de los administrados;

Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea

como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la

normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los

fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la

reducción de los plazos en las tramitaciones;

Que el Decreto N° 2008/03 sancionó el Reglamento para el Inicio, Ordenamiento,

Registro y Circulación de Expedientes y de Actuaciones Administrativas;

Que en relación al archivo de expedientes dicha norma estableció que los mismos

"...se guardan en el Archivo General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,

dando cumplimiento a los requisitos y plazos de guarda vigentes";

Que por su parte, "las actuaciones administrativas se archivan en las reparticiones en

que se originan y por los plazos de archivo que cada Secretaría o Subsecretaría les

asignen, de conformidad a la naturaleza de cada actuación, debiendo tener en

consideración los plazos de prescripción que las leyes impongan expresamente";

Que en el marco de la incorporación de las Tecnologías de la Información y

Comunicación a los trámites administrativos, por Decreto N° 589/09 se aprobó la

implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE

como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de

movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que dicho Decreto designó a la Secretaría Legal y Técnica como administradora del

SADE y en consecuencia le compete "... c) actualizar el nomenclador de actuaciones y

de tratas; d) actualizar las tablas referenciales... ";

Que en relación al tratamiento de expedientes y actuaciones administrativas, diversa

normativa reguló los plazos de guarda, según las tratas vigentes y los procedimientos

de archivo vigentes, dictándose posteriormente la Resolución N° 13/SECLyT/12

mediante la cual se aprobaron los plazos de guarda vigentes en correspondencia con

los temas que tratan los expedientes;

Que asimismo la mencionada Resolución establecía previsiones para el procedimiento

posterior a la conclusión del trámite administrativo de las actuaciones y su

correspondiente pase a la guarda temporal, archivo y depuración de las mismas,

Que atento a la nueva normativa aprobada por Resolución N° 130/SECLyT/14

"Reglamento para la Gestión de Actuaciones Administrativas" y por Resolución N°

191/SECLyT/14 "Procedimiento de Depuración de Expedientes" y en el marco de la

política de modernización de la Administración Pública, se han ido incorporando

nuevas herramientas tecnológicas a la generación de documentos y en la tramitación

de los expedientes, derogándose en consecuencia los artículos 2°, 3° y 4° de la

Resolución N° 13-SECLyT-12;

Que en este contexto, la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y

Archivo solicitó la modificación de diversos plazos de guarda vinculados a tratas de la

Dirección General Registro de Obras y Catastro dependiente del Ministerio de

Desarrollo Urbano en base al requerimiento efectuado por dicha instancia ;

Que a fin de contar con un único cuerpo normativo que contemple las diversas tratas

sus respectivos plazos de guarda se dictó la Resolución N° 335-SECLYT-14 mediante

la cual se derogó la Resolución N° 13-SECLyT-12 y se aprobó el nuevo Nomeclador

de Tratas;

Que en otra etapa del análisis para la adecuación de la normativa vigente a los

procesos actuales de modernización de la Administración Pública, la Dirección

General Registro de Obras y Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano

ha propuesto la modificación en los plazos de guarda de algunas tratas relacionadas

con sus competencias;

Que en ese orden de ideas, en concordancia con lo expuesto precedentemente,

resulta necesario modificar el Anexo I de la Resolución N° 335-SECLYT-14;

Por ello en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE

Artículo 1° - Modifícase el Nomenclador de Tratas aprobado por Resolución N° 335-

SECLYT-14, por el que como Anexo I, identificado como IF N° 2014-13184012-DGCL

forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos las Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, Entes

Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel, a la Sindicatura General de la

Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la

Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese.

Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4494

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 16/SECLYT/23, deroga la  Resolución N° 490-SECLYT/14.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 512-SECLYT-14, sumprime diversas Tratas del Nomenclador de Tratas. </p><p>Art. 2, incorpora al Nomenclador de Tratas, a partir del 20 de octubre de 2014, las tratas allí enumeradas, quedando modificado parcialmente los términos de la Resolución 490-SECLYT-14.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 187-SECLYT-15, modifica el Nomenclador de Tratas aprobado por Resolución 490-<br />SECLYT-14.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 490-SECLYT-14, modifica el Nomenclador de Tratas aprobado por Resolución 335-SECLYT-14, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I de la presente.</p>