RESOLUCIÓN 490 2014 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
MODIFICA EL NOMENCLADOR DE TRATAS APROBADO POR RESOLUCIÓN 335-SECLYT-14 - INICIO DE EXPEDIENTES - ARCHIVO DE EXPEDIENTES EN SOPORTE PAPEL - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA COMO ADMINISTRADORA DEL SADE - PLAZOS DE GUARDA - ARTÍCULO 43 DEL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN 130-SECLYT-14 - REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
Publicación:
03/10/2014
Sanción:
30/09/2014
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 3.304, los Decretos Nros. 2008/03 y 589/09, las Resoluciones Nros.
13/SECLyT/12, 130/SECLyT/14, 191/SECLyT/14, 335/SECLYT/14 y el Expediente N°
2014-10.506.181.-MGEYA- DGTAD y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que la Ley antes mencionada fijó como uno de los objetivos el de "...agilizar la gestión
de la administración pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y
trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos,
emanados tanto de la administración como de los administrados;
Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea
como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la
normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los
fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la
reducción de los plazos en las tramitaciones;
Que el Decreto N° 2008/03 sancionó el Reglamento para el Inicio, Ordenamiento,
Registro y Circulación de Expedientes y de Actuaciones Administrativas;
Que en relación al archivo de expedientes dicha norma estableció que los mismos
"...se guardan en el Archivo General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,
dando cumplimiento a los requisitos y plazos de guarda vigentes";
Que por su parte, "las actuaciones administrativas se archivan en las reparticiones en
que se originan y por los plazos de archivo que cada Secretaría o Subsecretaría les
asignen, de conformidad a la naturaleza de cada actuación, debiendo tener en
consideración los plazos de prescripción que las leyes impongan expresamente";
Que en el marco de la incorporación de las Tecnologías de la Información y
Comunicación a los trámites administrativos, por Decreto N° 589/09 se aprobó la
implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE
como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que dicho Decreto designó a la Secretaría Legal y Técnica como administradora del
SADE y en consecuencia le compete "... c) actualizar el nomenclador de actuaciones y
de tratas; d) actualizar las tablas referenciales... ";
Que en relación al tratamiento de expedientes y actuaciones administrativas, diversa
normativa reguló los plazos de guarda, según las tratas vigentes y los procedimientos
de archivo vigentes, dictándose posteriormente la Resolución N° 13/SECLyT/12
mediante la cual se aprobaron los plazos de guarda vigentes en correspondencia con
los temas que tratan los expedientes;
Que asimismo la mencionada Resolución establecía previsiones para el procedimiento
posterior a la conclusión del trámite administrativo de las actuaciones y su
correspondiente pase a la guarda temporal, archivo y depuración de las mismas,
Que atento a la nueva normativa aprobada por Resolución N° 130/SECLyT/14
"Reglamento para la Gestión de Actuaciones Administrativas" y por Resolución N°
191/SECLyT/14 "Procedimiento de Depuración de Expedientes" y en el marco de la
política de modernización de la Administración Pública, se han ido incorporando
nuevas herramientas tecnológicas a la generación de documentos y en la tramitación
de los expedientes, derogándose en consecuencia los artículos 2°, 3° y 4° de la
Resolución N° 13-SECLyT-12;
Que en este contexto, la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y
Archivo solicitó la modificación de diversos plazos de guarda vinculados a tratas de la
Dirección General Registro de Obras y Catastro dependiente del Ministerio de
Desarrollo Urbano en base al requerimiento efectuado por dicha instancia ;
Que a fin de contar con un único cuerpo normativo que contemple las diversas tratas
sus respectivos plazos de guarda se dictó la Resolución N° 335-SECLYT-14 mediante
la cual se derogó la Resolución N° 13-SECLyT-12 y se aprobó el nuevo Nomeclador
de Tratas;
Que en otra etapa del análisis para la adecuación de la normativa vigente a los
procesos actuales de modernización de la Administración Pública, la Dirección
General Registro de Obras y Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano
ha propuesto la modificación en los plazos de guarda de algunas tratas relacionadas
con sus competencias;
Que en ese orden de ideas, en concordancia con lo expuesto precedentemente,
resulta necesario modificar el Anexo I de la Resolución N° 335-SECLYT-14;
Por ello en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Modifícase el Nomenclador de Tratas aprobado por Resolución N° 335-
SECLYT-14, por el que como Anexo I, identificado como IF N° 2014-13184012-DGCL
forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos las Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, Entes
Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel, a la Sindicatura General de la
Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la
Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese.
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